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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2012 467583 Que, en consecuencia, es conveniente autorizar el viaje del Presidente del Consejo Directivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico y del Director Nacional de Seguimiento y Evaluación y encargado de la Dirección Ejecutiva del CEPLAN, a la ciudad Quito, República de Ecuador, a partir del 02 al 06 de junio de 2012; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1088, el Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 29812-Ley de Presupuesto del Sector Público para el año 2012; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del 02 al 06 de junio de 2012, a la ciudad de Quito, República de Ecuador de los señores Mariano Felipe Paz Soldán y Elías Joel Ruíz Chávez para participar en la Reunión de Trabajo programada con la Secretaria Nacional de Planifi cación y Desarrollo-SENPLADES, conforme lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución será cubierto con cargo al Pliego Presupuestal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, conforme al siguiente detalle: MARIANO FELIPE PAZ SOLDAN FRANCO Viáticos US$ 1000.00 Pasajes (incluye TUUA) US$ 849.00 -------------------- Total US$ 1849.00 ELIAS JOEL RUIZ CHAVEZ Viáticos US$ 1000.00 Pasajes (incluye TUUA) US$ 849.00 -------------------- Total US$ 1849.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguiente a su retorno, las personas autorizadas por la presente Resolución deberán presentar un informe respecto de las acciones realizadas durante el viaje. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Articulo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente de Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros 796581-2 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de profesionales del Viceministerio de Comercio Exterior a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 163-2012-MINCETUR/DM Lima, 30 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Reunión Informal del Grupo de Negociación sobre la Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio – OMC se llevará a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 4 al 8 de junio de 2012, con el objeto de evaluar una versión del texto único que será el Acuerdo Multilateral sobre Facilitación del Comercio de la OMC; Que, la Misión Permanente del Perú en Ginebra ha solicitado el apoyo técnico del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR en el referido evento, teniendo en cuenta que el Perú ha sido miembro activo en el tema de la Facilitación del comercio en la OMC y que durante dicha reunión se discutirán temas de interés del país tales como: agentes de aduanas, trato especial y diferenciado, procedimientos en frontera y libertad de tránsito; Que, en tal razón, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice el viaje a la ciudad de Ginebra de los señores Oscar Vásquez Nieva y Gloria Eugenia Ramírez Ramirez, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en la reunión antes mencionada; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de negociaciones comerciales internacionales, en coordinación con los demás sectores del Gobierno en el ámbito de sus respectivas competencias; Que, la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de los acuerdos comerciales de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Oscar Vásquez Nieva y Gloria Eugenia Ramírez Ramirez, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 2 al 10 de junio de 2012, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participen en la Reunión Informal del Grupo de Negociación sobre la Facilitación del Comercio de la Organización Mundial del Comercio – OMC, a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 1 610,30 x 2) : US$ 3 220,60 Viáticos (US$ 260,00 x 7 días x 2) : US$ 3 640,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1º de la presente Resolución, presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 795518-1