Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (02/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2012 467586 vigilancia y control de las gestiones que se realizan dentro de la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en la República de Colombia, del 18 al 22 de junio de 2012; Que, la antes citada Comisión de Servicio ha sido incluida en el ítem 9 del rubro 6.-Actividades de Inspectoría, del anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014-2012- DE/ del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con la Ley N° 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y su modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.-Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Bogotá D.C. - República de Colombia, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que realicen la supervisión, vigilancia y control de las gestiones que se realizan dentro de la Agregaduría de Defensa y Aérea a la Embajada del Perú en la República de Colombia, del 18 al 22 de junio de 2012: Mayor General FAP SEGUNDO BUENAVENTURA GAMBOA SANDOVAL NSA: O-9355676 DNI: 43338465 Coronel FAP JAVIER ANTONIO KOMETTER BARRIOS NSA: O-9395479 DNI: 07478413 Coronel FAP JUAN LUIS ISMAEL ANDRES ECHEGARAY LEON NSA: O-9384178 DNI: 43346391 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Bogotá D.C. (República de Colombia) -Lima US $ 1,287.00 x 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 3,861.00 Viáticos: US $ 200.00 x 05 días x 03 personas = US $ 3,000.00 --------------------- Total a pagar = US $ 6,861.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 796579-3 Autorizan permanencia de oficial del Ejército en Brasil, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 254-2012-DE/EP Lima, 1 de junio de 2012 VISTO La Hoja de Recomendación Nº 032/DIEDOC/C-2.d.01 del 23 de enero de 2012 de la Dirección de Educación y Doctrina. CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 070-2008-DE/EP/ A.1.a/1-1 del 01 de marzo de 2008, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente EP José Manolo MAGUIÑA MENDOZA, para que participe en el Curso de Ingeniería Cartográfi ca en el Instituto Militar de Ingeniería (IME) del Ejército de la República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 05 de marzo al 31 de diciembre 2008; sin embargo la duración del mencionado curso está programado hasta el 31 de diciembre del 2012; Que, con la Resolución Suprema Nº 074-2009-DE/ EP del 21 de febrero de 2009, Resolución Suprema Nº 074-2010-DE/EP del 8 de febrero de 2010, y Resolución Suprema Nº 296-2011-DE/EP del 20 de julio de 2011, se amplió la permanencia en el exterior en Misión de Estudios, del mencionado Ofi cial Subalterno, para que continúe los estudios del Curso de Ingeniería Cartográfi ca; Que, el Ejército del Perú ha considerado en virtud a la importancia e interés institucional, autorizar la permanencia en el extranjero del Capitán EP José Manolo MAGUIÑA MENDOZA, para la continuación del Curso de Ingeniería Cartográfi ca en el Instituto Militar de Ingeniería (IME) del Ejército de la República Federativa del Brasil, lo que permitirá contar con personal altamente capacitado en centros de estudios de alto nivel científi co y tecnológico, dentro del marco de compromisos bilaterales de cooperación mutua asumido por nuestro país, con el objeto de fomentar e incrementar las medidas de confi anza con instituciones armadas de otros países; Que, la presente autorización de permanencia en el extranjero debe expedirse con efi cacia anticipada, al amparo de lo normado en el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, a partir del 01 de enero de 2012, puesto que dicho Ofi cial permanece actualmente en la República Federativa del Brasil, lo cual justifi ca el hecho fáctico para la aplicación de la fi gura jurídica de la efi cacia anticipada; Que, el precitado viaje en Misión de Estudios se encuentra en el ítem 6 del Rubro 1 - “FORMACIÓN/ CALIFICACIÓN/ ESPECIALIZACIÓN”, del Anexo 01 (RO), del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa, para el Año Fiscal 2012 aprobado mediante Resolución Suprema Nº 014-2012-DE/ del 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de ampliación de permanencia en el exterior, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 003 - EP, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778- 2008-DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa,