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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (02/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 2 de junio de 2012 467587 cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria por servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; De conformidad con la Ley Nº 29605- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo 001-2011- DE/ del 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército, y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar con efi cacia anticipada, la permanencia en Misión de Estudios en el Extranjero del Cap EP José Manolo MAGUIÑA MENDOZA, con CIP Nº 121349000 y DNI Nº 43295304, a fi n de que continúe sus estudios en el Instituto Militar de Ingeniería (IME) del Ejército de la República Federativa del Brasil del 01 de enero al 31 de diciembre de 2012. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 2,400.00 x 12 meses x 01 persona (Ene a Dic 2012) $ 28,800.00 ------------------ Total a pagar $ 28,800.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria por Servicio en el extranjero, se hará por días reales y efectivos, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE-SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 5º .- El Ofi cial designado, deberá cumplir con prestar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 6º.- La presente autorización no dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSE ANTONIO URQUIZO MAGGIA Ministro de Defensa 796579-4 Autorizan viaje de oficial del Ejército a España, en misión de estudios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 255-2012-DE/ Lima, 1 de junio de 2012 VISTA: La Hoja de Recomendación Nº 08 T4.I18/4/02.00 del 29 de octubre de 2011, presentada por el Comando de Salud del Ejército. CONSIDERANDO: Que, por ser de interés institucional, mediante el documento del visto, el General del Ejército Comandante General del Ejército aprueba la participación del Coronel de Sanidad EP Manuel Jesús GONZALES GUANILO en el “Máster Universitario en Gestión Sanitaria”, en la Universidad Internacional de Catalunya con sede en la ciudad de Barcelona, Reino de España, lo cual va a permitir que el mencionado Oficial Superior se capacite y a su retorno participe en la implementación del aseguramiento universal en salud del Sector Defensa; Que, conforme lo señala la carta de admisión al Programa de Máster de la Universidad Internacional de Catalunya, de fecha 02 de noviembre de 2011, el primer módulo teórico del Máster y la defensa pública del Trabajo Final del Máster se realizarán en el primer trimestre del curso 2012 - 2013; Que, conforme al Plan de Estudios del referido Máster, el trabajo fi nal tiene una duración de dos semanas; Que, el presente viaje se encuentra incluido en el ítem 18, en el Rubro 3: Instrucción Militar Superior (Perfeccionamiento) del Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado con Resolución Suprema Nº 014-2012- DE/SG del 13 de enero de 2012; Que, de conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, el Ofi cial nombrado en comisión de servicios o misión de estudios por un periodo mayor de seis (06) meses por cuenta del Estado en el exterior, está impedido de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva institución armada el tiempo compensatorio previsto, de acuerdo a la duración de la comisión de servicios o misión de estudios; Que, si bien la duración de la misión de estudios comprende parte del año 2011 y el año 2012; el pago de los conceptos que le corresponde percibir al Ofi cial designado se efectuarán con cargo al presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2012; a tal efecto, la Unidad Ejecutora 003 Ejército del Perú, realizará las previsiones necesarias para realizar los pagos correspondientes; Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008 DE/SG del 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del personal militar y civil del sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004; Que, la presente autorización debe expedirse con efi cacia anticipada, al amparo de lo normado en el numeral 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la cual establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga efi cacia anticipada a su emisión, solo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera