Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2012 (08/06/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 8 de junio de 2012

NORMAS LEGALES

468009

E) 17 F) V1:N9486 E595 V2:N9483 E595 V3:N9483 E593 V4:N9485 E593 V5:N9485 E594 V6:N9486 E594. Registrese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas 797250-1

Articulo 4°.- Las parejas interesadas en contraer Matrimonio Civil Comunitario, deberan cumplir con presentar los siguientes documentos: a. Partida de Nacimiento original de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Judicial. b. Original y MORDAZA de los documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaracion Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, segun formato. d. Certificado Medico. e. Recibo de Pago por el derecho de celebracion del Matrimonio, debidamente cancelado. f. Dos (02) testigos mayores de edad, por cada contrayente, adjuntando MORDAZA de sus documentos de identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, ademas deberan presentar: a. Partida original de Defuncion o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolucion en anotacion marginal, segun sea el caso. b. Declaracion Jurada legalizada ante Notario Publico, que acredite tener o no la administracion de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio. Articulo 5°.- Ordenese a la Unidad de Registro Civil la publicacion de la relacion de las parejas que contraeran Matrimonio Civil en la referida fecha, durante ocho (08) dias en el periodico mural de la Municipalidad y a la Sub Gerencia de Informatica en la pagina Web de la Municipalidad. Articulo 6°.- Encargar a la Secretaria General del Concejo y la Unidad de Registro Civil el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 798574-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Autorizan la celebracion de Matrimonio Civil Comunitario
ORDENANZA N° 215-MDCH Chorrillos, 19 de MORDAZA del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS; Visto, en Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 19 de MORDAZA del 2012; y. CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Constitucion protegen a la familia, promueven el Matrimonio, reconociendoseles como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al MORDAZA de lo dispuesto en el Art. 4° de la Constitucion Politica del Peru. Que, el Codigo Civil en su Art. 233° establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru. Que, existen en el Distrito de Chorrillos, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su Estado Civil, contrayendo Matrimonio. Que, proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion Natural y Fundamental de la Sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica, es deber que los gobiernos locales tienen, Que, la Oficina de Registro Civil ha recomendado celebrar el Matrimonio Civil Comunitario el 22 de Junio con ocasion de celebrarse el 190° Aniversario de la Inmolacion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balandra resultando pertinente autorizar la celebracion en dicha fecha, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitario organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion. Que, estando a lo MORDAZA expuesto, a lo establecido en el Libro de Familia, Arts. 233°, 234° y 248° del Codigo Civil, a las facultades conferidas al Concejo en la Ley Organica de Municipalidades Ley N° 27972, Art. 9°, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Articulo 1°.- Autorizar la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse el dia 22 de junio del 2012. Asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitarios organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion, los cuales seran en forma gratuita. Articulo 2°.- Establezcase por derecho de celebracion de Matrimonio Civil Comunitario, descrito en el primer parrafo del Articulo precedente, un unico pago ascendente a la suma de S/. 69.66 (SESENTA Y NUEVE 66/100 NUEVOS SOLES). Articulo 3°.- Las parejas contrayentes podran inscribirse para el Matrimonio Civil Comunitario hasta el 12 de Junio del 2011 plazo en el que vencera la MORDAZA de expedientes matrimoniales.

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Crean el Programa Municipal de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual en el distrito
ORDENANZA N° 0142-MDSL San MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA Visto en sesion de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 001-2012-CAS-SR-MDSL, mediante el cual la Comision de Asuntos Sociales por Unanimidad Dictaminan: Aprobar el proyecto de ordenanza de Creacion del Programa Municipal de Prevencion y Atencion de la Violencia Familiar y Sexual en el distrito de San Luis; y, CONSIDERANDO: Que conforme lo establece la Constitucion politica del Peru en su articulo 194º modificado por la Ley No. 28607 ­ Ley de Reforma Constitucional y concordado con el articulo II del titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades No. 27972, las Municipalidades Provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia: Que el numeral 2.4 del articulo 84º de la Ley No. 27972, establece como funcion de las municipalidades en materia de programas sociales, la defensa y promocion de derechos, organizar, administrar y ejecutar programas locales de asistencia, proteccion y apoyo a la poblacion en riesgo de ninos, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la poblacion en situacion de discriminacion;

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