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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de junio de 2012 467993 Que, a través del Artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT se faculta, entre otros, a los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada intendencia; Que, de acuerdo con los Artículos 50º y 52º del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM del 28 de octubre de 2002, el Intendente Regional es el funcionario de más alto nivel de una Intendencia Regional y el responsable de la misma y las Ofi cinas Zonales son órganos directamente dependientes de aquellas; En aplicación de los Artículos 50° y 52° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM y en ejercicio de las facultades conferidas por la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto, a los funcionarios que se indican a continuación: ORD REG. DNI APELLIDOS NOMBRES 1 1451 05372304 MORENO GUTIERREZ MIRNA KARINA 2 7302 40413440 ALEGRÍA ALMEYDA RUMY ALBERTO Regístrese, comuníquese y publíquese. ERICK ANTONIO CÁRDENAS GARCÍA Intendente Intendencia Regional Loreto 798060-3 Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Aduana de Puno RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 181-3H0000-2012-396 Puno, 11 de mayo de 2012 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de Auxiliares Coactivos y designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Aduana de Puno, para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; A mérito del encargo de funciones efectuado mediante Memorando 149-2012-SUNAT/300000 por ausencia temporal del titular designado mediante Resolución de Superintendencia N° 043-2012-SUNAT y en uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliares Coactivos de la Intendencia de Aduana de Puno de los señores Ricardo Angel Watanave Castillo y Roger Hugo Gerónimo Miranda. Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Puno a la señora Lourdes Danaí Soto Villagra. Regístrese, comuníquese y publíquese. HECTOR DAVID PAJARES GOMEZ Intendente (e) Intendencia Aduana de Puno 798060-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Iquitos RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA N° 516-2012-SUNAT/3L0000 Iquitos, 4 de Junio del 2012 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación del Auxiliar Coactivo y designar a nuevo Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Iquitos para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-99-EF y modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Iquitos, a SAMUEL ANTONIO SANCHEZ JARAMILLO. Artículo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Iquitos, a LILLIAN VERONICA DIAZ MARCHENA. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VIDAL CARDENAS VELARDE Intendente Intendencia de Aduana de Iquitos 798060-2 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO EN SALUD Designan Superintendente Adjunto del Despacho del Superintendente de la SUNASA y le delegan diversas funciones RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 050-2012-SUNASA/S Lima, 4 de junio de 2012