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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2012 (08/06/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 49

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 8 de junio de 2012 468007 RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción en el Registro del Sistema de Seguros Sección I: De los Corredores de Reaseguros B: Extranjeros a la empresa REASINTER INTERMEDIARIO DE REASEGUROS, S.A. DE C.V. de los Estados Unidos Mexicanos, con matrícula Nº C.RE-0056, cuya representación será ejercida por el señor Fernando Eduardo Peñaloza Chinchayan con domicilio legal en Calle José de la Pinela Nº 121, Distrito de San Borja. Regístrese, comuníquese y publíquese. MICHEL CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros 797876-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE ICA Otorgan autorizaciones a CFG Investment S.A.C. para desarrollar la actividad de generación termoeléctrica en el departamento de Ica DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS - ICA RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 015-2012-GORE-ICA/DREM lca, 17 de mayo del 2012 VISTO: El Expediente N° 274 de fecha 02 de Marzo de! 2012, presentado por la Empresa CFG INVESTMENT S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11862982 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registra! de Lima y Callao, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para Generación de Energía Eléctrica; CONSIDERANDO: Que, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de Generación Termoeléctrica de 2055 Kw, para consumo propio en las instalaciones de la Central Térmica, ubicada en la Av. Industrial S/N. ExFundo Canchamaná, distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de lca, cuyas coordenadas UTM (PSAD 56) fi guran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38° del Decreto Ley N° 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas, y en el artículo 67° del Decreto Supremo N° 009-93-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de Conservación del Medio Ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas; La solicitud de Autorización de Generación Termoeléctrica de 2055 Kw para Uso Propio, solicitada por la Empresa CFG INVESTMENT S.A.C., fue evaluada y Observada por el Área Técnica emitiendo el Informe N° 022-2012-GORE-ICA/DREM/AT/CAR, y notifi cada al Titular el Auto Directoral N° 013-2012-GORE-ICA/DREM, de fecha 19 de Marzo del 2012 mediante Ofi cio Nº 197- 2012-GORE-ICA/DREM, para el cumplimiento de las recomendaciones; Mediante Expediente de Ingreso N° 257 de fecha 08 de Mayo del 2012, el Titular presenta la subsanación de las observaciones formuladas mediante Informe N° 022- 2012-GORE-ICA/DREM/AT/ CAR; Que, el Área Técnica de la Dirección Regional de Energía y Minas de la Región lca (DREM ICA), luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento; ha emitido el Informe N° 031- 2009-GORE ICA/DREM/AT CAR, de fecha 08 de Mayo del 2012; Con la opinión favorable del Área Técnica de la Dirección Regional de Energía y Minas de la Región lca; y de conformidad con la Ley N° 27444, Ley N° 28611, Decreto Supremo N° 015-2006-EM y demás normas vigentes; asimismo en aplicación del D.S. N° 006-2005- EM y D.S. Nº 003-2007-EM; D.S. Nº 057-2008-EM, y en mérito a la Resolución Ministerial N° 121-2008-MEM/DM, que aprueba la Transferencia de Funciones Sectoriales; SE RESUELVE:; Artículo 1°.- Otorgar Autorización por tiempo indefi nido a la Empresa CFG INVESTMENT S.A.C., que se identifi cará con el código N° 0003E, para desarrollar la actividad de Generación Termoeléctrica para su propio consumo, en las instalaciones de la Central Térmica, ubicada en la Av. industrial s/n. ExFundo Canchamana, distrito de Tambo de Mora, provincia de Chincha, departamento de lca. Artículo 2°.- El Titular está obligado a operar cumpliendo las normas técnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación; así como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y otras Normas Legales Pertinentes. Artículo 3°.- La presente Resolución Directoral Regional, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 67° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (05) días calendario siguientes a su expedición; y, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO GARCIA PEREZ Director Regional Dirección Regional de Energía y Minas 798458-1 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA Y MINAS - ICA RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL N° 016-2012-GORE-ICA/DREM Ica, 25 de mayo del 2012 VISTO: El Expediente N° 275 de fecha 02 de Marzo del 2012, presentado por la Empresa CFG INVESTMENT S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 011862982 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral Sede Lima, sobre solicitud de otorgamiento de autorización para Generación Termoeléctrica, de 2870 KW. Para uso propio. CONSIDERANDO: Que, la empresa CFG INVESTMENT S.A.C. ha solicitado autorización para desarrollar la actividad de Generación Termoeléctrica de 2870 KW, en la Planta Industrial de procesamiento de harina y aceite de pescado, ubicada en la Carretera a Paracas m. 15.5 , distrito de Pisco, provincia de Pisco, departamento de lea, cuyas coordenadas UTM (PSAD 56) fi guran en el Expediente; Que, la petición se ampara en las disposiciones contenidas en el artículo 38” del Decreto Ley N° 25844 - Ley de Concesiones Eléctricas, y en el Artículo 67° del Decreto Supremo N° 009-93-EM - Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la peticionaria ha presentado la Declaración Jurada de cumplimiento de las normas técnicas y de Conservación del Medio Ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nación, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 38° de la Ley de Concesiones Eléctricas; La solicitud de Autorización de Generación Termoeléctrica de 2870 Kw para Uso Propio, solicitada por la Empresa CFG INVESTMENT S.A.C., fue evaluada y Observada por el Área Técnica emitiendo el Informe