TEXTO PAGINA: 5
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de marzo de 2012 462455 de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 1 040,00 Artículo 3º.- Encargar al señor JOSE ANDRES VILLENA PETROSINO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, la Cartera de Comercio Exterior y Turismo a partir del 18 de marzo de 2012 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS SILVA MARTINOT Ministro de Comercio Exterior y Turismo 763666-2 Disponen inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la separación de la Municipalidad Distrital de San Borja de la “Mancomunidad Municipal Lima Este” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 016-2012-PCM/SD Lima, 6 de marzo de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 345-2012-MSB-SG, la Ordenanza Municipal N° 477-MSB de la Municipalidad Distrital de San Borja y el Informe Nº 019-2012–PCM/SD-OGI- VQA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, el artículo 14°, numeral 14.1, del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010-PCM, establece el procedimiento de separación de una municipalidad de una mancomunidad municipal; Que, el artículo 10°, numeral 10.1, del Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales, aprobado por Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, señala que la Municipalidad que se separa presentará la Ordenanza Municipal que expresa tal decisión y que no requiere la aprobación del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal; luego, le corresponde a ésta presentar el Acta con el acuerdo de modifi cación del Estatuto, como resultado de la separación; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 478-2011-PCM/SD, se dispuso la inscripción de constitución de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, integrada por las Municipalidades Distritales de Cieneguilla, El Agustino, La Molina, San Borja y San Luis, en la Provincia y Departamento de Lima; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, la Municipalidad Distrital de San Borja solicita la inscripción de separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, por la Ordenanza Municipal de Vistos, la Municipalidad Distrital de San Borja aprueba la separación de esta entidad de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”; Que, acorde con el Informe Nº 019-2012–PCM/SD- OGI-VQA, los documentos presentados para la inscripción del acto de separación, cumplen con el procedimiento establecido en el artículo 14º del Reglamento de la Ley y en el artículo 10° del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la separación de la Municipalidad Distrital de San Borja de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341; el Decreto Supremo N° 046- 2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de la Inscripción de Separación Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales la separación de la Municipalidad Distrital de San Borja de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”. Artículo 2º.- Registro de Anexo Inscribir la Ordenanza Municipal que aprueba la separación de la Municipalidad Distrital de San Borja de la “Mancomunidad Municipal Lima Este”, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Artículo 3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe. Artículo 4º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO MUÑOZ-NAJAR FRIEDRICH Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros 763663-1 Disponen inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales de la separación de la Municipalidad Distrital de Callalli de la “Mancomunidad Municipal Collaguas del Colca” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 017-2012-PCM/SD Lima, 6 de marzo de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 021-2012-MDC, la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MDC de la Municipalidad Distrital de Callalli y el Informe Nº 018-2012–PCM/SD-OGI-VQA; y,