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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2012 (14/03/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de marzo de 2012 462464 Que, el artículo 4 de la Resolución Ministerial Nº 494-2002-ED, que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación, dispone que el Consejo está integrado por un conjunto plural y multidisciplinario de personalidades designadas por el Poder Ejecutivo, a propuesta del propio Consejo y de Organizaciones de la Sociedad Civil; Que, el artículo 10 de la norma antes anotada dispone que en caso de vacancia de un cargo de Consejero, el Presidente del Consejo solicitará, por intermedio del Despacho de Educación, la designación de un nuevo Consejero Titular. El mandato del nuevo titular se extiende hasta el término del mandato correspondiente al Consejero reemplazado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0165-2008- ED se designó a los miembros del Consejo Nacional de Educación por un período de 6 años; Que, mediante Carta Nº 002-2012-ME/DM-CNE, de fecha 15 de febrero de 2012 y Carta Nº 008-2012-ME/ DM-CNE de fecha 09 de marzo de 2012, el Presidente del Consejo Nacional de Educación pone en conocimiento las renuncias formuladas por los señores Segundo Edmundo Murrugarra Florián y Raúl Vargas Vega respectivamente, como miembros del Consejo Nacional de Educación, proponiendo cubrir las plazas vacantes; Que, con la fi nalidad de garantizar el funcionamiento del Consejo Nacional de Educación, resulta necesario designar a los nuevos miembros integrantes del mismo; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510; y en el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar las renuncias formuladas por los señores Segundo Edmundo Murrugarra Florián y Raúl Vargas Vega, como miembros del Consejo Nacional de Educación, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a los señores Ricardo David Cuenca Pareja y José Abel Rivero Herrera como miembros del Consejo Nacional de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 763161-1 ENERGIA Y MINAS Disponen la transferencia a la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión de bienes y activos del proyecto “Ampliación de redes eléctricas del Sector Ramiro Prialé y Juan Velasco - Distrito de Huamachuco, Provincia de Sánchez Carrión - La Libertad” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 104-2012-MEM/DM Lima, 2 de marzo de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 996, se incorpora los recursos de los programas de carácter social provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada, en la fuente de Financiamiento, Donaciones y Transferencias, y los transfi ere a un “Fondo Social” constituido por una persona jurídica sin fi nes de lucro; Que, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 996, el 05 de junio del 2009 se suscribió el Convenio de Transferencia de Recursos y Otros entre la Persona Jurídica sin Fines de Lucro Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promoción de la inversión privada; y el Estado Peruano, debidamente representado por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada — PROINVERSION; Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada destinados a la ejecución de programas de carácter social, consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en benefi cio de la población ubicada en la zona de infl uencia del proyecto promovido; Que, el artículo 8º, numeral 1, literales a) y b) del Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, establece como primera prioridad del destino de los recursos del Fondo el desarrollo de capacidades humanas y provisión de servicios básicos que contribuyan a reducir los niveles de desnutrición en la población infantil, elevar los estándares de calidad de la educación y la salud, aumentar la provisión de servicios de saneamiento, entre otros, mediante a) la implementación de obras de infraestructura básica en educación, salud, energía eléctrica, agua y saneamiento; y, b) equipamiento, mantenimiento, reparación y rehabilitación de centros de salud y educativos; Que, el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 996, concordante con el artículo 22º del Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establece que concluida la ejecución del respectivo proyecto de carácter social, se procederá a su transferencia en favor de las entidades benefi ciarias públicas y privadas sin fi nes de lucro. Indica asimismo que, en tales casos, dichas entidades serán determinadas mediante Resolución Ministerial del sector al que la persona jurídica mencionada haya identifi cado que le corresponda dicha transferencia; Que, la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, mediante Carta Nº 1185 -2011/ACFSACH de fecha 15 de agosto de 2011, ha comunicado que el proyecto “Ampliación de redes eléctricas del Sector Ramiro Prialé y Juan Velasco-Distrito de Huamachuco, Provincia de Sánchez Carrión-La Libertad” se encuentra culminado y liquidado y que dicho proyecto será transferido en favor de la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, solicitando sea emitida la Resolución Ministerial que resuelva la aprobación de dicha transferencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 996; Que, mediante Ofi cio Nº 003-2012-MPSC/A del 06 de enero de 2012, la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión ha expresado al Ministerio de Energía y Minas su conformidad respecto de la transferencia del proyecto: “Ampliación de redes eléctricas del Sector Ramiro Prialé y Juan Velasco-Distrito de Huamachuco, Provincia de Sánchez Carrión-La Libertad”; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 996, Decreto Legislativo que aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la ejecución de programas sociales; el Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus normas modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Transferencia de Bienes y Activos La Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, transferirá directamente a la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, los bienes y activos obtenidos de la ejecución del proyecto: “Ampliación de redes eléctricas del Sector Ramiro Prialé y Juan Velasco-Distrito de Huamachuco, Provincia de Sánchez Carrión-La Libertad”. Artículo Segundo.- Del Registro Contable El valor de la transferencia será el que sea establecido conforme a los registros contables de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, el cual incluirá todos los costos y gastos atribuibles al Proyecto.