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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 14 de marzo de 2012 462468 General de Gestión de Recursos Humanos, emitió opinión favorable al pedido formulado por el Director General de la precitada Dirección de Salud; Que, asimismo, con Memorando N° 350-2012- OGGRH/MINSA de fecha 1 de marzo de 2012, el Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos remite el Informe Situacional Actual de fecha 28 de febrero de 2012, del cual se colige que a la fecha, el Médico Cirujano Eduardo Esteban Chirinos Arroyo, continúa desempeñando el cargo de Supervisor II, Nivel F- 3, de la Dirección de Laboratorio de Salud Pública de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud; Que, en virtud de lo señalado precedentemente, es pertinente adoptar las acciones de personal que resulten necesarias, a fi n de garantizar el normal funcionamiento de la Dirección de Salud IV Lima Este; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios; en el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; en el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Carrera Administrativa y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el Médico Cirujano EDUARDO ESTEBAN CHIRINOS ARROYO, al cargo de Supervisor II, Nivel F – 3, de la Dirección de Laboratorio de Salud Pública de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud. Artículo 2°.- Designar a la Médico Cirujano GLORIA ALICIA LARA CAMPOS, en el cargo de Supervisora II, Nivel F – 3, de la Dirección de Laboratorio de Salud Pública de la Dirección de Salud IV Lima Este del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 762977-3 Amplían plazo a Comisión Sectorial creada por R.M. N° 707-2011/MINSA para la elaboración del proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29761 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 176-2012/MINSA Lima, 12 de marzo del 2012 Visto, el Expediente N° 12-018607-001, que contiene el Informe N° 004-2012-DVM-MGF/MINSA, de fecha 27 de febrero de 2012, remitido por el Presidente de la Comisión Sectorial encargada de formular el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 1° y 2° de la Resolución Ministerial Nº 707-2011/MINSA, de fecha 23 de setiembre de 2011, se creó y conformó la Comisión Sectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, precisándose que el representante de la Alta Dirección de Salud, presidirá la citada Comisión Sectorial; Que, el artículo 3° de la citada Resolución Ministerial señala que el plazo de vigencia de la Comisión Sectorial, para el cumplimiento del objetivo, será de treinta (30) días calendarios contados a partir de su instalación; Que, con Nota Informativa N° 008-2012-SG/MINSA, de fecha 08 de febrero de 2012, se acreditó al señor Héctor Miguel Garavito Farro, como representante de la Alta Dirección ante la citada Comisión Sectorial, dando cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Ministerial Nº 707-2011/MINSA; Que, del Acta de Reunión 001-2012, se advierte que la Comisión Sectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29761, se instaló el día 15 de febrero de 2012; Que, mediante documento del visto, el Presidente de la Comisión Sectorial encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29761, solicita la ampliación del plazo de vigencia de la citada Comisión Sectorial, sustentando dicho pedido en la complejidad de los temas que serán regulados en dicho proyecto, tales como: mecanismos de pago, cálculo de primas y tarifas, estimaciones actuariales, entre otros, los cuales requieren de asistencia técnica especializada; Que, en atención a lo expuesto y dada la complejidad de los temas a ser regulados en el Reglamento de la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Público de los Regímenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, resulta conveniente conceder el plazo adicional a la citada Comisión, por lo que corresponde emitir el Acto Resolutivo correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la Comisión Sectorial, creada mediante Resolución Ministerial Nº 707-2011/MINSA, el plazo ampliatorio de noventa (90) días calendarios para la elaboración del proyecto de Reglamento de la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Público de los Régimenes subsidiado y semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud. El plazo a que hace referencia el párrafo anterior será contado a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 762977-4 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Ratifican designación de representante Titular del Ministerio ante el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial - SENATI, período 2012-2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 080-2012-TR Lima, 13 de marzo de 2012 VISTO: El Ofi cio N° OR)2.120.2012.CN del 16 de febrero de 2012, del Presidente del Consejo Nacional del SENATI; y, CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por la Ley Nº 26272, el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial – SENATI, constituye el más alto órgano de gobierno de la mencionada institución; Que, los artículos 6° y 7° de la citada Ley señalan que el Consejo Nacional del Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial – SENATI está