Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2012 (03/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2012

la Municipalidad Distrital de Comas, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para visitar sus instalaciones, asistir a conocer el MORDAZA AMBIENTAL MORDAZA MORDAZA, ubicado en el Departamento del Quindio, Republica de Colombia; la finalidad de esta visita es para conocer y compartir con otros Alcaldes locales la aceptacion que sus empresas han llevado a los municipios y a la comunidad desde que iniciaron los trabajos de Recoleccion, Barrido, Limpieza y Transporte de los Residuos Organicos hasta su sitio de disposicion final denominado MORDAZA AMBIENTAL MORDAZA MORDAZA, luego visitariamos su operadora de servicios MULTIPROPOSITO DE CALARCA, donde el esquema de concesion fue desde hace 10 anos una Asociacion Publica Privada y alli podrian compartir experiencias, sin dejar de conocer parte de la MORDAZA cafetera que es como se le conoce a este y otros Departamentos; Que, asimismo nos manifiestan que la Empresa convocante asumira todos los gastos de desplazamientos aereos y terrestres, alojamientos y manutencion, por lo que no se irrogara gastos a la Municipalidad Distrital de Comas; Que, mediante Informe Nº 015-2012-SGCTPC-GM/ MC, la Sub Gerencia de Cooperacion Tecnica y Proyectos Comunales establece que de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el articulo 9º inciso 11) se registra como atribucion del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que en comision de servicio o representacion de la municipalidad, realice el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario; asimismo se encuentra normado en nuestro Reglamento de Organizacion y Funciones ROF; concluye manifestando que en coordinacion con la Empresa convocante se ha establecido que la visita se realizara del 02 al 06 de MORDAZA del 2012; Que, mediante Informe Nº 306-2012-GAJ-MDC de fecha 20.04.2012, la Gerencia de Asesoria Juridica opina por la procedencia que el Concejo de la Municipalidad de Comas autorice el viaje del Senor MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Kusunoki Fuero y del Gerente Municipal Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que realicen una visita tecnica a las instalaciones de la Empresa OPERAMOS 2000 ESP S.A., en las ciudades de Quindio y MORDAZA, Colombia, siendo la autorizacion del viaje a partir del 02 al 06 de MORDAZA del 2012, asimismo se tiene en cuenta que los gastos por conceptos de pasajes aereos y viaticos, seran financiados en su totalidad por la Empresa, sin que la participacion del senor MORDAZA y del Gerente Municipal, a la Republica de Colombia irrogue gasto alguno a la Municipalidad Distrital de Comas. El Senor MORDAZA y el gerente Municipal, dentro de los 15 (quince) dias calendario siguientes de su retorno debera presentar un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado; asimismo el senor MORDAZA de acuerdo a sus atribuciones debera delegar sus funciones en el primer regidor de su lista, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, mediante su Articulo 9º, Atribuciones del Concejo Municipal, Inciso 11) senala que corresponde al Concejo Municipal Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que en comision de servicio o representacion de la Municipalidad realicen el MORDAZA, los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 9º, inciso 11) de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Ley Nº 27619, D.S. Nº 047-2002-PCM; el Reglamento Interno de Concejo Vigente (RIC), con el MORDAZA mayoritario del Pleno del Concejo y con la dispensa del Dictamen de la Comision correspondiente, del tramite de lectura y aprobacion de actas; ACUERDA: Articulo Primero.- AUTORIZAR, del 02 al 06 de MORDAZA del 2012, el viaje del MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas DR. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO y del Gerente Municipal SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a las Ciudades de QUINDIO y MORDAZA - REPUBLICA DE COLOMBIA, para participar, en representacion de la Municipalidad Distrital de Comas; en una visita tecnica a las instalaciones de la Empresa

OPERAMOS 2000 ESP S.A.; para los fines expuestos en la parte considerativa del presente Acuerdo; Articulo Segundo.- ENCARGAR, del 02 al 06 de MORDAZA de 2012, el despacho de Alcaldia al MORDAZA MORDAZA, DON ROMEL MORDAZA MORDAZA BADILLO, mientras dure la ausencia del senor MORDAZA, con las facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo. Articulo Tercero.- Dentro de los quince dias calendarios siguientes, de efectuado el viaje, el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas, DR. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO y el Gerente Municipal SR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentaran ante el Concejo Municipal un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, el fiel cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo. Dado en el Palacio Municipal a los veintiseis dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 783437-1

MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Regulan horarios y condiciones para la ejecucion de obras en el distrito
ORDENANZA Nº 148-2012/MLV La MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de la fecha el Dictamen Conjunto Nº 003-2012-CPPPAL- CPDU/MLV emitido por las Comisiones Permanentes de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales y de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­; las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, autonomia que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, establece que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, establece en su articulo 79º numeral 3.6 apartado 3.6.2 y en su articulo 80º, que las municipalidades en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales, que consisten en normar, regular, y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica; por su parte en materia de saneamiento, salubridad y salud, ejercen funciones fiscalizadoras y realizan labores de control respecto de la emision de humos, gases, ruidos y demas elementos contaminantes de la atmosfera y del ambiente; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29090, Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y

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