Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2012 (03/05/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 16

465662

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2012

VISTOS: Los Oficios Nºs. 112 y 127-2012-MTPE/4.3 del Jefe de la Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documentaria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011PCM se establecio la obligacion de las entidades publicas comprendidas en los numerales 1 al 7 del articulo I del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, de contar con un Libro de Reclamaciones, como mecanismo de participacion ciudadana para lograr la eficiencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atencion de los tramites y servicios que se les brinda; Que, el articulo 3º del mencionado Decreto Supremo establece, entre otras caracteristicas, que el Libro de Reclamaciones es uno en el que los usuarios podran formular sus reclamos, debiendo consignar ademas informacion relativa a su identidad y aquella otra informacion necesaria a efectos de dar respuesta al reclamo formulado; Que, el articulo 4º del mismo Decreto Supremo establece que la entidad publica esta obligada a dar respuesta al usuario, por medios fisicos o electronicos, en un plazo de 30 (treinta) dias habiles, informandole, de ser el caso, acerca de las medidas adoptadas para evitar hechos similares en el futuro; Que, el articulo 5º de la referida MORDAZA, dispone que mediante resolucion del titular de la entidad se designa al responsable del Libro de Reclamaciones y que las entidades publicas deben informar a sus respectivos Organos de Control Institucional, sobre cumplimiento de dicho Decreto Supremo; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 140-2011-TR se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Paz, Jefe de la Oficina de Atencion al Ciudadano y Gestion Documentaria, como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Que, en atencion a las consideraciones expuestas y por convenir al servicio, corresponde emitir la resolucion que de por concluida la citada designacion y en consecuencia designar al funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; Con las visaciones del Secretario General y del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica, y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 4º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el literal d) de la articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2010TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DAR por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA PAZ, como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- DESIGNAR al JEFE DE LA OFICINA DE ATENCION AL CIUDADANO Y GESTION DOCUMENTARIA, como funcionario responsable del Libro de Reclamaciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo y de asegurar el cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Organo de Control Institucional del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo en cumplimiento de lo dispuesto por Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 783867-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., MORDAZA y Rusia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 211-2012 MTC/02 MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2012 VISTOS: El Informe Nº 152-2012-MTC/12.04, emitido por la Direccion General de Aeronautica Civil, y el Informe Nº 090-2012-MTC/12.04, emitido por la Direccion de Seguridad Aeronautica de la Direccion General de Aeronautica Civil; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su MORDAZA reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores, funcionarios publicos o representantes del Estado; Que, el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, senala que la autorizacion de viajes al exterior de las personas que viajen en representacion del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Publico, se otorgara mediante Resolucion Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interes nacional o en el interes especifico de la institucion conforme a la Ley Nº 27619; Que, el numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspeccion y vigilancia de actividades de aeronautica civil, los cuales se autorizan mediante resolucion del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en virtud a dicha competencia, la Direccion General de Aeronautica Civil es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aereas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronautico de los explotadores aereos asi como el material aeronautico que emplean; Que, la empresas North American Float Plane Service S.A.C. y Lan Peru S.A., han presentado ante la autoridad aeronautica civil, sus solicitudes para ser atendidas durante el mes de MORDAZA de 2012, acompanando los requisitos establecidos en el MORDAZA del Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil, previsto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas North American Float Plane Service S.A.C. y Lan Peru S.A., han cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspeccion, estan integramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viaticos;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.