Norma Legal Oficial del día 03 de mayo del año 2012 (03/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 3 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

465653

Autorizan viaje de personal militar a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 179-2012-DE/MGP MORDAZA, 2 de MORDAZA de 2012 Visto, el Oficio P.200-0660 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 6 de marzo de 2012; CONSIDERANDO: Que, anualmente la MORDAZA de MORDAZA del Peru viene participando en Ejercicios Fluviales con la Armada Nacional de la Republica de Colombia y la Armada de la Republica Federativa del Brasil (BRACOLPER), para lo cual se dispone el desplazamiento de Canoneras Fluviales por cada MORDAZA, a fin que efectuen una serie de actividades operacionales y protocolares de manera conjunta por el rio Amazonas, habiendose previsto la Reunion de Planeamiento de los Ejercicios Fluviales entre la MORDAZA de MORDAZA del Peru, la Armada Nacional de la Republica de Colombia y la Armada de la Republica Federativa del Brasil; Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 4: Actividades Operacionales, Item 35, Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2012, aprobado por Resolucion Suprema Nº 014-2012-DE, de fecha 13 de enero de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el Articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio de Personal MORDAZA, para que participe en la Reunion de Planeamiento de los Ejercicios Fluviales entre la MORDAZA de MORDAZA del Peru, la Armada Nacional de la Republica de Colombia y la Armada de la Republica Federativa del Brasil (BRACOLPER), a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 14 al 18 de MORDAZA de 2012; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la Institucion; De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0012011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision del Servicio del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA BOLANOS MORDAZA, CIP. 00810277, DNI. 43432082, del Capitan de Fragata MORDAZA LAUCIRICA Lizarzaburu, CIP. 00959066, DNI. 43314889 y del Capitan de Fragata MORDAZA MORDAZA MORDAZA Bellatin, CIP. 00952023, DNI. 43564672, para que participen en la Reunion de Planeamiento de los Ejercicios Fluviales entre la MORDAZA de MORDAZA del Peru, la Armada Nacional de la Republica de Colombia y la Armada de la Republica Federativa del Brasil (BRACOLPER), a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 14 al 18 de MORDAZA de 2012.

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Fluviales: Iquitos - MORDAZA (COLOMBIA) - Iquitos US$ 140.00 x 3 personas US$ 420.00 Viaticos: US$ 200.00 x 5 dias x 3 personas US$ TOTAL A PAGAR: US$

3,000.00 3,420.00

Articulo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 4º.- Los Oficiales Superiores comisionados, deberan cumplir con lo dispuesto en el Articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentacion de viaticos. Articulo 5º.- El Oficial Superior mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha del retorno al pais. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneraciones ni liberacion de impuesto aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA OTAROLA PENARANDA Ministro de Defensa 783956-5

Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 421-DE/SG-2012 MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 234 de fecha 27 de marzo de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, realizara un entrenamiento en las sedes del Centro de Investigaciones de Enfermedades Tropicales NAMRU-6 ubicadas en las ciudades de Iquitos y MORDAZA, asi como una visita a hospitales de la zona; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito

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