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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2012 (21/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de mayo de 2012 466591 Que, mediante Ley Nº 28498, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de los profesionales de la salud no médicos cirujanos a nivel nacional que, a la fecha de entrada en vigencia de la misma, se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad; Que, con Ley Nº 28560, se autorizó al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial que, a la fecha de entrada en vigencia de la presente Ley, se encuentren prestando servicios en la condición de contratados bajo cualquier modalidad, precisándose a través de la Ley Nº 28744, que el cumplimiento de aquella es por nombramiento directo de quienes ocupan las plazas a la fecha de su publicación de la referida Ley; Que, por Ley Nº 29682, se autorizó el nombramiento de los médicos cirujanos a nivel nacional -en forma progresiva, por concurso de méritos y de acuerdo a la disponibilidad presupuestal-, que se encuentran prestando servicios en la condición de contratados por el Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las direcciones regionales de salud de los gobiernos regionales, bajo cualquier modalidad, preferentemente en zonas de pobreza y de extrema pobreza, durante dos años continuos o cuatro años no consecutivos como mínimo; Que, los literales c) y d) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 29812, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, establecen excepciones a las medidas de austeridad en materia del personal dispuestas por dicha norma legal, referidas al nombramiento bajo el ámbito de las Leyes Nºs 28498, 28560 y 29682; Que, con Decreto Supremo Nº 003-2012-SA, se establecen los lineamientos para el proceso de nombramiento de personal correspondiente al año 2012, en el marco de lo establecido en las Leyes Nºs 28498 y 28560; Que, con Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, se aprobó la Directiva Administrativa Nº 007-MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, la cual señala en el literal c) del numeral 5.3.7 del acápite V. DISPOSICIONES ESPECIFICAS, que en el caso de los Institutos Especializados, las Direcciones de Salud y sus órganos desconcentrados, los proyectos de Cuadro para Asignación de Personal se aprueba mediante Resolución Ministerial, previo informe de la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 120-2011/ MINSA, se aprobó la Directiva Administrativa Nº 172- MINSA/OGPP-V.01 “Directiva Administrativa para la adecuación de los Cuadros para Asignación de Personal al Manual de Clasifi cación de Cargos del Ministerio de Salud”; Que, a través del Ofi cio Nº 110-2012-D-Nº004-HEP- OEPE, el Hospital de Emergencias Pediátricas remitió a la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para aprobación su proyecto del Cuadro para Asignación de Personal; Que, con Informe Nº 0068-2012-OGPP-OO/MINSA, la Ofi cina de Organización de la Ofi cina General Planeamiento y Presupuesto emitió opinión técnica favorable a la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de Emergencias Pediátricas; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de Emergencias Pediátricas; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal - CAP de las Entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, en la Directiva Administrativa Nº 007- MINSA/OGPP-V.02 “Directiva para la Formulación de Documentos Técnicos Normativos de Gestión Institucional”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 603-2006/MINSA y sus modifi catorias, así como en el numeral l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal del Hospital de Emergencias Pediátricas, que consta trescientos setenta y nueve (379) cargos clasifi cados, el cual forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal aprobado por el artículo 1º de la presente norma, sean publicados en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 004- 2008-PCM, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 29091, que establece la obligación de publicar los documentos de gestión e información en el Portal del Estado Peruano y en los portales electrónicos institucionales. Artículo 3º.- Dejar sin efecto los dispositivos legales que se opongan a la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 790039-10 Designan Responsables Técnicos de los Programas Presupuestales de Salud que liderarán el Equipo Técnico de diseño de Programas Presupuestales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 394-2012/MINSA Lima, 17 de mayo del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-039311-002, que contiene el Informe Nº 123-2012-OGPP-OPGI/MINSA, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Gestión Institucional de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 82º de Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el responsable de los Programas Presupuestales es el titular de la entidad, que tiene a su cargo la identifi cación, diseño y logro de los resultados esperados; Que, mediante Resolución Directoral Nº 004-2012- EF/50.01, se aprobó la Directiva Nº 002-2012-EF/50.01 “Directiva para los Programas Presupuestales en el marco de la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013”; Que, conforme se desprende del artículo 1º de la precitada Directiva, ésta tiene como objeto establecer las disposiciones para la identifi cación, diseño, revisión, modifi cación y registro de los Programas Presupuestales, los cuales conforman la unidad básica de programación del presupuesto del sector público; Que, el literal d) del artículo 3º de la mencionada Directiva, defi ne al Programa Presupuestal como la categoría que constituye un instrumento del Presupuesto por Resultados y que es una unidad de programación de las acciones de las entidades públicas, las que integradas y articuladas se orientan a proveer productos para lograr un resultado específi co en la población y así contribuir al logro de un resultado fi nal asociado a un objetivo de política pública; Que, el artículo 8º de la mencionada Directiva establece que, para el proceso de diseño de los Programas Presupuestales se requiere que las entidades defi nan adecuadamente actores, roles y responsabilidades, con la fi nalidad de asegurar un adecuado y efi ciente trabajo de diseño de los Programas Presupuestales;