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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de mayo de 2012 466592 Que, conforme a lo dispuesto en el precitado artículo los actores del proceso de diseño de un Programa Presupuestal son, entre otros, el Responsable Técnico del Programa Presupuestal, el cual es designado por el titular de la entidad y lidera el equipo de diseño de Programas Presupuestales, conforme a lo señalado en el literal d) del mencionado artículo; Que, mediante Informe Nº 123-2012-OGPP-OPGI/ MINSA, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto formula la propuesta para designar a los Responsables Técnicos de los Programas Presupuestales de Salud; Que, en ese sentido y estando a lo informado por la de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría y del Viceministro de Salud; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; en la Directiva Nº 002-2012-EF/50.01, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 004-2012-EF/50.01 y en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designación Designar a los Responsables Técnicos de los Programas Presupuestales de Salud, que liderarán el Equipo Técnico de diseño de Programas Presupuestales, según el siguiente detalle: PROGRAMA PRESUPUESTAL RESPONSABLE TÉCNICO • Salud Materno Neonatal Director(a) General de la Dirección General de Salud de las Personas (Titular) • Articulado Nutricional Jefe del Instituto Nacional de Salud (Titular) • Enfermedades No Transmisibles Director(a) General de la Dirección General de Salud de las Personas (Titular) Director(a) General de Promoción de la Salud (Alterno) • TBC – VIH/SIDA Director(a) General de la Dirección General de Salud de las Personas (Titular) • Metaxénicas y Zoonosis Director(a) General de la Dirección General de Salud de las Personas (Titular) • Prevención y Control del Cáncer Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (Titular) • Disminución de la Mortalidad y Discapacidad por Emergencias y Urgencias - SAMU Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Sistema de Atención Móvil de Urgencia - SAMU(Titular) Artículo 2º- Funciones de los Responsables Técnicos de los Programas Presupuestales de Salud. Las funciones y competencias de los Responsables Técnicos están relacionadas al logro de resultados específi cos, teniendo como funciones las siguientes: • Remitir a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas el Anexo Nº 2 “Contenidos mínimos de un Programa Presupuestal” de la Directiva Nº 002-2012-EF/50.01, el mismo que será visado por la Comisión y el Responsable del Programa Presupuestal. Dicha remisión se efectuará conforme a los plazos establecidos en el “Cronograma de Trabajo” establecida en la citada directiva. • Proporcionar metas (en sus dimensiones físicas y fi nancieras) del Programa Presupuestal a su cargo así como cualquier información que requiera la Comisión y la Dirección General de Presupuesto Público. • Asistir técnicamente y coordinar con las dependencias, la entidad y/o de otras entidades que participen en la programación de los productos, desde la etapa de diseño, una consistente programación física y fi nanciera hasta su registro en el “Módulo de formulación Presupuestal” del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAF). • Participar en las reuniones que convoque la Comisión y la Dirección General de Presupuesto Público para la Programación y Formulación Presupuestaria. • Elaborar la propuesta de proyecto de presupuesto del los Programas Presupuestales de acuerdo a la normatividad vigente. • Efectuar el seguimiento de las metas físicas de actividades y productos, los valores de los indicadores de desempeño de productos y resultados. Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de la Ofi cina de Planeamiento y Gestión Institucional, realice el seguimiento y evaluación de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial, en el Portal Electrónico del Ministerio de Salud http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 790039-11 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Clasifican y reclasifican temporalmente jerarquías de diversas vías RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 240-2012-MTC/02 Lima, 16 de mayo de 2012 VISTOS: Los Ofi cios Nºs. 287-2012-GRA/PRES, 330-2012- GRA/PRES y 331-2012-GRA/PRES del Gobierno Regional de Ayacucho; los Memorándum Nºs. 1125-2012-MTC/20 y 1152-2012-MTC/20 del Director Ejecutivo del Provías Nacional; el Informe Nº 203-2012-MTC/14.07 de la Dirección de Caminos; y, el Memorándum Nº 1451-2012-MTC/14 de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cios Nºs. 287-2012-GRA/PRES, 330-2012-GRA/PRES y 331-2012-GRA/PRES de fechas 20 de abril y 03 de mayo de 2012, respectivamente; el Gobierno Regional de Ayacucho solicitó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en adelante el MTC: - La reclasifi cación temporal como Rutas Nacionales de las Rutas Departamentales o Regionales que conforman el denominado Anillo Vial VRAE de Trayectorias: Canayre – Mayapo – Llochegua – Sivia – Rosario y San Francisco – Santa Rosa – San Antonio – Chiquintirca – San Miguel – Tambo, a fi n que el MTC a través del Provías Nacional pueda ejecutar dichas vías para garantizar la accesibilidad y atención de los pueblos ubicados en dicho ámbito; - La clasificación como Ruta Departamental o Regional de la carretera de Trayectoria: Sivia – Llochegua – Mayapo – Canayre al no encontrarse incluida en el Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras – SINAC, aprobado por Decreto Supremo Nº 036-2011-MTC, y su posterior reclasificación temporal como Ruta Nacional; Que, con Memorándum Nºs. 1125-2012-MTC/20 y 1152-2012-MTC/20 de fechas 27 de abril y 03 de mayo de 2012, respectivamente; el Director Ejecutivo del Provías Nacional consideró viable la reclasifi cación temporal de las Rutas Departamentales o Regionales solicitadas