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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2012 (21/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de mayo de 2012 466580 PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA DECRETO DE URGENCIA Nº 015-2012 APRUEBAN TRANSFERENCIAS DE PARTIDAS PARA LA EJECUCIÓN DEL “PLAN NACIONAL DE INTERVENCIÓN PARA ENFRENTAR LOS EFECTOS DE LA TEMPORADA Y DE HELADAS Y FRIAJE 2012” EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29664, se crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo con la fi nalidad de identifi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación, y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, mediante Resolución Suprema Nº 092- 2012-PCM, se creó la “Comisión Multisectorial de naturaleza temporal de Intervención Integral para la Gestión Reactiva del Riesgo de Desastres frente a las Temporadas de Heladas y Friaje”, adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, encargada de articular los esfuerzos para la preparación, respuesta y rehabilitación frente a las temporadas de heladas y friaje, a fi n de identifi car e implementar las estrategias y acciones de intervención del Gobierno Central en coordinación con los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, respetando los principios generales que establece la Ley Nº 29664; Que, el numeral 9.6 del artículo 9º del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, dispone que el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, tiene entre otras funciones coordinar la participación de entidades y agencias de cooperación nacional e internacional para los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, los niveles de emergencia y capacidad de respuesta 1, 2 y 3 que contempla el artículo 43º del citado Reglamento, comprende aquellas emergencias que deben ser atendidas por los Gobiernos Locales o Regionales con sus propios recursos disponibles; por otro lado, los niveles 4 y 5, consideran la intervención del Gobierno Nacional, cuando el nivel de impacto del desastre haya superado la capacidad de respuesta del Gobierno Regional, o cuando la magnitud y desastre afecte la vida de la nación, supere o pueda superar la capacidad de respuesta del país, en cuyo caso y de ser necesario, contará con el apoyo de la ayuda internacional; Que, como consecuencia de la manifestación de fríos extremos se han inhabilitado y colapsado infraestructuras de comunicaciones, salud, educación, agricultura y vivienda, causando la interrupción de servicios básicos en las poblaciones ubicadas por encima de los 3.000 metros sobre el nivel del mar, así como la necesidad de estas personas de abrigo y alimentación por la escasez o pérdida de recursos; Que, en ese orden de ideas, a fi n de cumplir los objetivos trazados, la “Comisión Multisectorial de naturaleza temporal de Intervención Integral para la Gestión Reactiva del Riesgo de Desastres frente a las Temporadas de Heladas y Friaje” emitió el “Plan Nacional de Intervención para enfrentar los efectos de la temporada y de heladas y friaje 2012”, en el cual se precisa que es prioridad del Gobierno Nacional otorgar recursos presupuestales a los diferentes sectores involucrados en la implementación del referido Plan a través de la aprobación de una transferencia de partidas; así como, establecer mecanismos de dinamización de los procesos de selección para la adquisición y contratación de los bienes y servicios que sean necesarios para las acciones de intervención previstas en el Plan; Que, en este sentido, resulta necesario dictar medidas extraordinarias y urgentes de carácter económico y fi nanciero, a fi n de articular los esfuerzos sectoriales para una buena gestión reactiva ante posibles riesgos de desastres, que permitan una óptima respuesta ante las emergencias por la temporada de heladas y friaje en las zonas del país priorizadas en el mencionado Plan y brindar alternativas de solución integrales que resguarden la salud de la población a ser afectada, atendiendo oportunamente la situación de vulnerabilidad en que se encuentra la población en dichas temporadas durante el presente año fi scal; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 19) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1º.- Transferencia de partidas Autorícese una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, hasta por la suma total de TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SETENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 36 148 178,00), a favor del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (SENAMHI), del Ministerio de Agricultura, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y del Ministerio de Educación, para fi nanciar la ejecución del “Plan Nacional de Intervención para enfrentar los efectos de la temporada de heladas y friaje 2012”, como intervención integral para la gestión reactiva frente a las temporadas de heladas y friaje, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5.000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 36 148 178,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 36 148 178,00 =========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 040 : Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social UNIDAD EJECUTORA 002 : Programa Nacional de Asistencia Alimentaria-PRONAA ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5.002657 : Gestión Reactiva frente a la Temporada de Heladas y Friaje