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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2012 (21/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 21 de mayo de 2012 466596 Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros, mediante Evaluación Interna de Expedientes Nº 013-2011-RESSI celebrada el 16 de noviembre de 2011 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702 y sus modifi caciones; en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 842- 2012 del 27 de enero de 2012 y Resolución SBS Nº 2320- 2012 del 10 de abril de 2012. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas a la empresa ZUBIRIA CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula Nº J-0725 cuya representación será ejercida por el señor David Martín Zubiria Justo con Nº de Registro N-3076. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MICHEL CANTA TERREROS Superintendente Adjunto de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros 788405-1 Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. el traslado de agencias ubicadas en el departamento de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2810-2012 Lima, 10 de mayo de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. - CMAC Ica S.A., para que se le autorice el traslado de una Agencia ubicada en Pueblo Joven Villa El Salvador Mz. M Lote 17, Sector Tercero, Grupo Residencial 9, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, al local ubicado en Lote 20 de la Mz. L, Parcela II del Parque Industrial del Cono Sur Villa El Salvador, del distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS N° 8402-2011 de fecha 19 de julio de 2011, se autorizó la apertura de su Agencia ubicada en el Pueblo Joven Villa El Salvador Mz. M Lote 17, Sector Tercero, Grupo Residencial 9, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; y, Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de la Agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883- 2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. – CMAC Ica S.A. el traslado de su Agencia ubicada en Pueblo Joven Villa El salvador Mz. M Lote 17, Sector Tercero, Grupo Residencial 9, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, al local ubicado en Lote 20 de la Mz. L, Parcela II del Parque Industrial del Cono Sur Villa El Salvador, del distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 790045-2 RESOLUCIÓN SBS Nº 2811-2012 Lima, 10 de mayo de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. – CMAC Ica S.A., para que se le autorice el traslado de una Agencia ubicada en Av. Ramos Nº 231, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima, al local ubicado en Av. Jorge Chávez Nº 311, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución SBS Nº 1443-2004 de fecha 20 de agosto de 2004, se autorizó el traslado de su Agencia de la Calle Bellavista Nº 176, distrito de San Vicente a la Avenida Ramos Nº 231, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima; y, Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de la Agencia solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “A”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775- 2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 del 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Ica S.A. – CMAC Ica S.A. el traslado de una Agencia ubicada en Avenida Ramos Nº 231, distrito de Imperial a la Avenida Jorge Chávez Nº 311, distrito de Imperial, provincia de Cañete, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 790045-1