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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MAYO DEL AÑO 2012 (28/05/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 28 de mayo de 2012 467062 Nº. 412-2010-BCCCL y Nº 022-2011/BCCCL, aceptadas por AGN mediante Ofi cios, Nº 1320-2010-AGN/J del 19 de noviembre de 2010 y Nº 059-2011-AGN/J del 01 de febrero de 2011, respectivamente; Que, con fecha 27 de diciembre de 2011, mediante Ofi cio Nº 54649-2011-SBS, esta Superintendencia autorizó la celebración de un Contrato de Cesión de Derechos con Mandato de Obligaciones de Hacer y Otorgamiento de Poder, entre el BCCCL, en calidad de “Cedente” y el Banco República en Liquidación – BRL, en calidad de “Cesionario”, por el cual el Cedente transfi rió al Cesionario el 100% de los derechos sobre sus activos (cartera de colocaciones incluyendo los privilegios y accesorios, procesos judiciales en los que el BCCCL es demandado o demandante, denunciante o denunciado y otros), así como cualquier otro derecho que pudiera tener, presente o futuro sobre los activos que se transfi eren. La citada transferencia de activos tuvo como objeto que el Cesionario lleve a cabo la realización de los activos recibidos, contando con plenas facultades para realizar los actos de disposición de dichos activos sin limitación alguna, y con los ingresos obtenidos previa deducción de los gastos operativos, y hasta donde alcance, proceder al pago de las acreencias inscritas en la prelación así como cualquier obligación del Cedente que por mandato legal pudiera tener preferencia a las obligaciones antes mencionadas; asimismo, por dicho contrato, el Cesionario recibió el mandato de sustituir al Cedente, en los procesos judiciales en los que es parte, con el mandato de cumplir con las sentencias que se emitan en los mismos, con cargo a los recursos antes descritos. El referido Contrato fue elevado a Escritura Pública el 7 de febrero de 2012, ante el Notario Público de Lima, doctor Mario César Romero Valdivieso; Que, en mérito de lo anterior, el BCCCL ha emitido su Balance General de Cierre al 31 de enero de 2012 con Activos, Pasivos y Contingentes igual a Cero (0), el cual fue debidamente auditado por la Sociedad de Auditoría Hugo Salas Nolasco & Asociados Sociedad Civil, y publicado en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 09 de febrero de 2012, lo cual permite dar por concluido su proceso liquidatorio por agotamiento de activos; Que, en virtud de lo antes expuesto, en concordancia con el artículo 41º del Reglamento y en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 114º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modifi catorias, corresponde a esta Superintendencia dar por concluido el proceso liquidatorio del BCCCL, para la posterior inscripción de su extinción en los Registros Públicos; Estando a lo opinado por el Departamento Legal mediante Informe Nº 00447–2012-LEG; así como por el Departamento de Asuntos Contenciosos en su Informe Nº 54-2012-DAC y con el visto bueno del Superintendente Adjunto de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y modifi catorias, y en aplicación del Reglamento de los Regímenes Especiales y de la Liquidación de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolución SBS Nº 0455-99; RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el proceso liquidatorio del Banco CCC del Perú en Liquidación, y en consecuencia declarar la extinción de su personalidad jurídica, disponiendo el traslado fi nal del acervo documental al Archivo General de la Nación. Artículo Segundo.- Dar por terminado el encargo efectuado al señor Rodolfo Ayala Alvarado, para la representación y administración del Banco CCC del Perú en Liquidación; en consecuencia, revocar los poderes que le fueron otorgados en este sentido, correspondiéndole realizar los trámites pertinentes ante los Registros Públicos a fi n de inscribir la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 793496-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE PIURA FE DE ERRATAS ORDENANZA REGIONAL Nº 237-2012/GRP-CR Mediante Ofi cio Nº 026-2012/GRP-100011 el Gobierno Regional de Piura solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Regional Nº 237-2012/GRP-CR, publicada en la edición del 17 de mayo de 2012. DICE: “Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Sede Administrativa de la Dirección Regional de Salud Piura y sus Redes de Salud de Piura Castilla, Bajo Piura, Huancabamba y Huarmaca, aprobado con Ordenanza Regional Nº 227-2011/GRP-CR del 30 de noviembre de 2011, que consta de Mil setecientos doce (1712) cargos necesarios, de los cuales Mil trescientos ochenta y tres (1383) cargos son ocupados y Trescientos veintinueve (329) cargos son previstos, de acuerdo a los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. DEBE DECIR: “Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación de los Cuadros para Asignación de Personal (CAP) de la Sede Administrativa de la Dirección Regional de Salud Piura y sus Redes de Salud de Piura Castilla, Bajo Piura, Huancabamba y Huarmaca, que consta de Mil setecientos doce (1712) cargos necesarios, de los cuales Mil trescientos ochenta y tres (1383) son ocupados y Trescientos veintinueve (329) son previstos; Hospital de Apoyo II - 1 “Nuestra Señora de las Mercedes” de Paita, con Ciento veinticuatro (124) cargos necesarios, Noventa y seis (96) ocupados y veintiocho (28) previstos; Hospital de Apoyo II – 2 Sullana, con Quinientos sesenta (560) cargos necesarios, de los cuales Cuatrocientos cuarenta y cuatro (444) son ocupados y Ciento dieciséis (116) previstos; y Dirección de Red de Salud Morropón Chulucanas, con Setecientos cincuenta y siete (757) cargos necesarios, de los cuales Cuatrocientos sesenta y seis (466) son ocupados y Doscientos noventa y uno (291) son previstos; de acuerdo a los cuadros anexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional. DICE: “Artículo Segundo.- Ratifi car la vigencia de los Cuadros para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Sub Regional de Salud “Luciano Castillo Colonna” - Sullana, y sus Redes de Salud de Sullana y Ayabaca; Dirección de Red de Salud Morropón Chulucanas; Hospital de Chulucanas; Hospital de Apoyo II - 1 “Nuestra Señora de las Mercedes” de Paita; Hospital de Apoyo I Santa Rosa de Piura; y Hospital de Apoyo II – 2 Sullana; aprobados con Ordenanza Regional Nº 227-2011/GRP-CR del 30 de noviembre de 2011.” DEBE DECIR: “Artículo Segundo.- Ratifi car la vigencia de los Cuadros para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Sub Regional de Salud “Luciano Castillo Colonna” - Sullana, y sus Redes de Salud de Sullana y Ayabaca; Hospital de Chulucanas; Hospital de Apoyo I Santa Rosa de Piura; aprobados con Ordenanza Regional Nº 227-2011/GRP- CR del 30 de noviembre de 2011.” 793167-1