Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 2012 (28/05/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, lunes 28 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

467045

con remitir la renuncia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el CONAFU, con el objeto de declarar la vacancia, 2.Desestimar la peticion de MORDAZA para el reconocimiento del Vicepresidente Academico de la Universidad Interamericana para el Desarrollo y 3.- Requerir a la Universidad cumplir con lo dispuesto en el item N° 13 del MORDAZA vigente, con el objeto de evaluar su nueva propuesta para el cargo de Vicepresidente Academico, dentro de un plazo perentorio de 05 dias habiles; Que, conforme al Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, en el articulo 10º establece que: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: ... t) Cumplir las funciones que por Ley, Estatuto o Reglamentos correspondan al Pleno del CONAFU."; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 11 de MORDAZA de 2012, despues de deliberar el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 248-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: 1.- Comunicar a la Promotora que debera cumplir con remitir la renuncia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el CONAFU, con el objeto de declarar la vacancia del cargo, 2.- Desestimar la peticion de MORDAZA para el reconocimiento del Vicepresidente Academico de la Universidad Interamericana para el Desarrollo y 3.- Requerir a la Universidad cumplir con lo dispuesto en el item N° 13 del MORDAZA vigente, con el objeto de evaluar su nueva propuesta para el cargo de Vicepresidente Academico, dentro de un plazo perentorio de 05 dias habiles; En atencion a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al articulo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: "El Presidente del CONAFU tiene las siguientes atribuciones generales: ... d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones" y de conformidad a lo dispuesto en el articulo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Articulo Primero.- COMUNICAR a la Promotora que debera cumplir con remitir la renuncia del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ante el CONAFU, con el objeto de declarar la vacancia del cargo. Articulo Segundo.- DESESTIMAR la peticion de MORDAZA para el reconocimiento del Vicepresidente Academico de la Universidad Interamericana para el Desarrollo. Articulo Tercero.- REQUERIR a la Universidad cumplir con lo dispuesto en el item N° 13 del MORDAZA vigente, con el objeto de evaluar su nueva propuesta para el cargo de Vicepresidente Academico, dentro de un plazo perentorio de 05 dias habiles. Articulo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores la presente Resolucion para los tramites administrativos correspondientes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA INFANTES Presidente JASSON MORDAZA MORDAZA CAMPOSANO Secretario General 793531-2

Reconocen a Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Peruana de Integracion Global
RESOLUCION Nº 211-2012-CONAFU MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2012 "UNIVERSIDAD PERUANA DE INTEGRACION GLOBAL" VISTOS: La Resolucion Nº 459-2011-CONAFU de fecha 08 de setiembre de 2011, el Oficio Nº 001-2012PROM/UPIG recibido con fecha 27 de marzo de 2012, el Oficio Nº 418-2012-CONAFU-CDAA de fecha 10 de MORDAZA de 2012, y el Acuerdo Nº 251-2012-CONAFU de la sesion ordinaria del Pleno del CONAFU llevada a cabo el dia 11 de MORDAZA de 2012; y,

Que, por Ley Nº 26439, de fecha 21 de enero de 1995, se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del MORDAZA bajo su competencia; Que de conformidad al Estatuto del CONAFU aprobado mediante Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA de 2006, Titulo Primero, articulo 3º: "Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades:...f) Reconocer a las Comisiones Organizadoras de la Universidades Publicas y Privadas a propuesta de los promotores..."; asimismo, en concordancia con el articulo 10º del mismo cuerpo normativo, que establece: "Son atribuciones del Pleno del CONAFU: (...) o) Reconocer a las Comisiones Organizadoras propuestas por los promotores, previa verificacion del cumplimiento de los requisitos establecidos la ley y demas normas..."; Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento, Evaluacion y Certificacion Institucional de Universidades bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolucion Nº 100-2005CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el articulo 19º establece que: "En las universidades en el regimen de la Ley de Promocion de la Inversion en la Educacion, la Comision Organizadora estara conformada por tres miembros: a) un Presidente, b) Un Vicepresidente Academico y c) El Gerente General o Director Ejecutivo de la Universidad segun corresponda, que asume las funciones y responsabilidades administrativas y financieras; Que, el articulo 20º del Reglamento, establece: "Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comision Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los articulos 34º, 35º y 36º de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, la Ley Nº 26302 del 14 de MORDAZA de 1994 que sustituye los articulos 35º y 36º de la Ley Universitaria..."; Que, el articulo 21º del Reglamento, establece: "El cargo de miembro de Comision Organizadora exige dedicacion exclusiva y es incompatible con el desempeno de cualquier otra funcion o actividad publica o privada"; Que, en el articulo 25º del Reglamento, modificado mediante Resolucion Nº 202-2009-CONAFU de fecha 22 de junio de 2009 y su fe de erratas de fecha 25 de agosto de 2009, establece: "De la Comision de Gobierno de la Universidad. Se constituira al termino del tercer ano de funcionamiento de la Universidad, estara integrada por los miembros de la Comision Organizadora, los Coordinadores de Facultad y/o los Responsables de MORDAZA, segun sea el caso, un representante de la Promotora, en el caso de las universidades privadas, estudiantes elegidos por sus pares en la proporcion de un MORDAZA, de conformidad con lo establecido en la Ley Universitaria y un representante de los graduados si los hubiera. La Comision de Gobierno hace las veces de Consejo Universitaria"; Que, mediante Resolucion Nº 459-2011-CONAFU de fecha 08 de setiembre de 2011, se resolvio entre otros: Aceptar la renuncia del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Presidente de la Comision de Gobierno de la Universidad Peruana de Integracion Global, Declarar la respectiva vacancia y Requerir a la Promotora que en un plazo no mayor a 03 meses debera presentar ante este Consejo Nacional la propuesta del profesional que asumira el referido cargo; Que, mediante Oficio Nº 001-2012-PROM/UPIG recibido con fecha 27 de marzo de 2012, el Representante Legal de la Promotora de la Universidad Peruana de Integracion Global, remite la propuesta del profesional designado para el cargo de Presidente de la Comision de Gobierno de la mencionada MORDAZA de estudios superiores; adjuntando, para tal efecto el Curriculo Vitae del profesional propuesto y el pago establecido en el MORDAZA para el respectivo procedimiento; Que, mediante Oficio Nº 418-2012-CONAFU-CDAA de fecha 10 de MORDAZA de 2012, la Comision Academica dio a conocer al Pleno del CONAFU que el Representante Legal de la Promotora de la Universidad Peruana de Integracion Global, remite la propuesta del profesional Dr. MORDAZA MORDAZA Caceda MORDAZA, para el cargo de Presidente de la Comision de Gobierno, solicitando que este Consejo Nacional lo reconozca, revisado y analizado

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.