Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2012 (17/11/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de noviembre de 2012

NORMAS LEGALES

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b) En un plazo no mayor de treinta (30) dias calendario de obtenida la autorizacion como Escuela de Conductores, presentara el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo senala el numeral 43.6 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. c) En un plazo no mayor de noventa (90) dias calendario de publicada la Resolucion Directoral que establece las caracteristicas especiales del circuito donde se realizaran las practicas de manejo, presentara MORDAZA de la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo senala el literal e) numeral 43.4 del articulo 43º de El Reglamento, bajo sancion de declararse la nulidad de la Resolucion Directoral de autorizacion. Articulo Quinto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Sexto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Setimo.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicacion. Asimismo, se publicara en la pagina web del Ministerio la presente Resolucion y el horario propuesto por la Escuela de Conductores ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES MORDAZA & MORDAZA S.A.C. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

de una linea de inspeccion de MORDAZA pesada a una linea de inspeccion MORDAZA mixta; Que, la Cuarta Disposicion complementaria Transitoria del Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008MTC, establece que: "Las autorizaciones otorgadas a las Entidades Certificadoras de Operatividad autorizadas al MORDAZA de lo dispuesto por la Directiva Nº 001-2007MTC/15, aprobada por Resolucion Directoral Nº 40002007-MTC/15 mantendran su vigencia original. Sin embargo, a partir de la entrada en vigencia del referido Reglamento, las mismas se denominaran Centros de Inspeccion Tecnico Vehicular ­ CITV (...)"; Que, el numeral 35.2 del articulo 35º del citado Reglamento establece que "un Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular ­ CITV podra realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos livianos y pesados en una misma linea de inspeccion tecnica vehicular, unicamente si esta es del MORDAZA mixta y el equipamiento acreditado cumple con las exigencias establecidas para tal efecto por la normativa vigente en la materia"; Que, de acuerdo al Informe Nº 263-2012-MTC/15.03, se advierte que la documentacion presentada cumple con lo establecido en El Reglamento, por lo que resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley 27791, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspeccion Tecnicas Vehiculares y el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Ampliar la autorizacion otorgada al INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO "TUPAC AMARU", mediante Resolucion Directoral Nº 1122-2009-MTC/15, para realizar inspecciones tecnicas vehiculares a vehiculos de MORDAZA liviano, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnica Vehicular, aprobado por Decreto Supremo Nº 0252008-MTC. Articulo Segundo.- Dentro del plazo MORDAZA de ciento veinte (120) dias calendario contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Directoral, el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO "TUPAC AMARU", debera obtener la "Conformidad de Inicio de Operaciones para una linea de MORDAZA liviano" expedido por esta Direccion General, la misma que sera emitida luego de recepcionar el Certificado de Homologacion de Equipos, el Certificado de Inspeccion Inicial y la MORDAZA de Calibracion de equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el MORDAZA y cuya MORDAZA matriz este asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies-IFIA. Articulo Tercero.- Es responsabilidad de la entidad autorizada, renovar oportunamente la Carta Fianza y la Poliza de Seguros de Responsabilidad Civil Extracontractual contratada a efectos de respaldar las obligaciones contenidas en el Reglamento Nacional de Inspecciones Tecnicas Vehiculares durante la vigencia de la autorizacion. Articulo Cuarto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte del INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO "TUPAC AMARU", a traves de su Centro de Inspeccion Tecnica Vehicular, se apliquen las sanciones administrativas establecidas en la Tabla de Infracciones y Sanciones correspondiente. Articulo Quinto.- Remitir a la Superintendencia Nacional de Transportes de Personas, Carga y Mercancias - SUTRAN, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Sexto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la empresa INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO "TUPAC AMARU", los gastos que origine su publicacion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre

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Amplian autorizacion otorgada al Instituto Superior Tecnologico Publico "Tupac Amaru" mediante R.D. Nº 1122-2009-MTC/15, para realizar inspecciones tecnicas vehiculares
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4224-2012-MTC/15
MORDAZA, 25 de octubre de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 069934, 092728 y 092775, presentados por el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO "TUPAC AMARU", a traves de los cuales solicita ampliar su autorizacion a una linea de inspeccion de MORDAZA liviano, en el local ubicado en la Av. MORDAZA S/N, Distrito de San MORDAZA, Provincia y Departamento del MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1122-2009MTC/15 publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 09 de marzo del 2009, se autorizo al INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO "TUPAC AMARU", como Centro de Inspeccion Tecnico Vehicular - CITV - para operar una (01) linea de inspeccion MORDAZA pesado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 2265-2009MTC/15 publicada en el Diario Oficial "El Peruano" con fecha 24 de junio del 2009, se autorizo la modificacion

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