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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de noviembre de 2012 478874 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a México, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 119-2012 Lima, 16 de noviembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 321-2012-MINCETUR/VMCE recibido el 25 de octubre de 2012, el Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, informa a PROINVERSIÓN que, como parte del aprovechamiento del proceso de apertura comercial, se organizará el evento denominado “EXPO PERÚ – MÉXICO”, con el objeto de contribuir a difundir la imagen del Perú como un destino seguro para las inversiones y el turismo, así como servir de plataforma para que las pequeñas y medianas empresas peruanas puedan posicionar sus productos en el mercado mexicano; Que, el citado evento, es organizado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, a través de PROMPERÚ, y comprenderá actividades tales como ruedas de negocios, un foro de comercio e inversiones, exhibiciones de productos de exportación, de destinos turísticos y promoción de la moda, una rueda de prensa, entrevistas con prensa especializada, permitiendo exponer los principales atractivos y las oportunidades de inversión de la economía peruana; Que, en ese sentido, la audiencia que convoca el citado evento representa una gran oportunidad para posicionar al Perú como plaza de inversión y, siendo tarea de PROINVERSIÓN identifi car audiencias prioritarias nacionales y extranjeras para la atracción de la inversión y la promoción de los proyectos que tiene en cartera, este constituye una excelente ocasión para dar a conocer los procesos de promoción de la inversión privada en marcha encargados a esta Institución; Que, en el marco del citado evento se participará, entre otros, en la reunión del Consejo Empresarial Mexicano de Comercio Exterior, Inversión y Tecnología – COMCE, así como en la mesa de inversiones y almuerzo de trabajo en el que participarán inversionistas mexicanos de alto nivel, para promover los proyectos en cartera de esta Institución; Que, la persona que representará a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN en el evento a que se refi eren los considerandos precedentes será el señor Carlos Alberto Herrera Perret, Director de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, los gastos de pasajes desplazamiento, transporte local, alimentación y alojamiento que origine la participación del mencionado representante serán asumidos por PROINVERSIÓN; Que, la participación del mencionado representante se realizará de conformidad con el Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, el cual establece que las autorizaciones de viajes al exterior con cargo a recursos públicos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29812, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, y la Directiva N° 008-2011-PROINVERSIÓN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Carlos Alberto Herrera Perret, Director de Servicios al Inversionista de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, entre los días 20 y 22 de noviembre de 2012 para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación y transporte local que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1534.11 Viáticos US$ 880.00 Artículo 3º.- La persona antes mencionada, en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un Informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER ILLESCAS Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 868041-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Condiciones transitorias para la verificación inicial de medidores de energía eléctrica estáticos clases 1 y 2 RESOLUCIÓN DEL SERVICIO NACIONAL DE METROLOGÍA N° 005-2012/SNM-INDECOPI VISTO: El Informe Técnico Nº 013-2012 sobre aplicación de la norma IEC 61358 o IEC 62058- Parte 11 y 31 en la verifi cación inicial de medidores de energía eléctrica estáticos clases 1 y 2; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 001-2012/SNM- INDECOPI publicada en el diario ofi cial El Peruano el 18 de marzo de 2012, el Servicio Nacional de Metrología dispuso que la aprobación de modelo y la verifi cación inicial de los medidores de energía eléctrica – que constituyen controles de aptitud obligatorios – debían realizarse con arreglo a las Normas Metrológicas Peruanas vigentes; Que, las Normas Metrológicas Peruanas NMP 014- 2012 EQUIPOS DE MEDIDA DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (c.a.) Requisitos generales, ensayos y condiciones de ensayo. Equipos de medida y NMP 015-2012 EQUIPOS DE MEDIDA DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (c.a). Requisitos particulares. Medidores estáticos de energía activa (clases 1 y 2) regulan la aprobación de modelo de medidores de energía estáticos (electrónicos) de dichas clases, sin embargo a la fecha no se cuenta con una norma