Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2012 (17/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

478870

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 17 de noviembre de 2012

Abogada de la DGAC e Informe Nº 290-2012-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolucion segun el Articulo 6.2 de la Ley 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento; el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, asi como las demas disposiciones legales vigentes; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru; su Reglamento vigente; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la Compania AERO TRANSPORTE S.A. el Permiso de Operacion de Aviacion General: Servicio Privado por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion General: Servicio Privado. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - IAI Westwind MORDAZA 1125 - Raytheon B-300 - Gulfstream G-450 ZONAS DE OPERACION: DEPARTAMENTOS, AEROPUERTOS Y/O AERODROMOS Departamento: Amazonas - Chachapoyas, MORDAZA MORDAZA, Galilea, MORDAZA de Mendoza. Departamento: MORDAZA - Chimbote, Huascaran / Anta. Departamento: MORDAZA - Andahuaylas. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, MORDAZA, Mollendo, Orcopampa. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, Palmapampa, Vilcashuaman. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, Jaen. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, Kiteni, Las Malvinas, Patria, MORDAZA, MORDAZA Mundo. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, Tingo Maria. Departamento: Ica - Las Dunas, Nasca / MORDAZA Reiche Neuman, Pisco. Departamento: MORDAZA - Cutivereni, Jauja, Mazamari / MORDAZA MORDAZA, Puerto Ocopa.

Departamento: La MORDAZA - Chagual / Don Lucho, Chao, Huamachuco, Pias, MORDAZA, Tulpo. Departamento: MORDAZA - Chiclayo. Departamento: MORDAZA - Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez. Departamento: MORDAZA - Andoas, Caballococha, Contamana, Colonia Angamos, El Estrecho, Trompeteros / Corrientes, Iquitos, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, Yurimaguas. Departamento: MORDAZA de MORDAZA - Inapari, Mazuco, Puerto MORDAZA / Padre Aldamiz, Manu. Departamento: MORDAZA - Ilo. Departamento: Pasco - MORDAZA Constitucion, Vicco. Departamento: MORDAZA - MORDAZA, Talara. Departamento: MORDAZA - Juliaca, San Rafael. Departamento: San MORDAZA - Juanjui, Moyobamba, Palmas del MORDAZA, MORDAZA, Saposoa, Tarapoto, Tocache. Departamento: Tacna - Tacna. Departamento: Tumbes - Tumbes. Departamento: Ucayali - Atalaya, Pucallpa, Puerto MORDAZA, Sepahua. BASE DE OPERACIONES: - Internacional MORDAZA Chavez. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a la Compania AERO TRANSPORTE S.A. deben estar provistas de sus correspondientes Certificados de Matricula vigentes, expedidos - de ser el caso - por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- La compania AERO TRANSPORTE S.A. requiere para realizar sus actividades aereas la correspondiente Conformidad de Operacion, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, en caso lo requiera, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 4º.- La Compania AERO TRANSPORTE S.A. esta obligada a presentar a la Direccion General de Aeronautica Civil, los informes y datos estadisticos que correspondan a su actividad, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5º.- La Compania AERO TRANSPORTE S.A. esta obligada a establecer un Sistema de Radiocomunicacion entre los puntos a operar, a fin de mantener la informacion sobre el trafico aereo que realizan sus aeronaves. Articulo 6º.- La Compania AERO TRANSPORTE S.A. empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedido o convalidados por la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 7º.- La Compania AERO TRANSPORTE S.A. podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/o aerodromos privados, previa autorizacion de sus propietarios y explotadores; y cuando corresponda, previa obtencion de las autorizaciones gubernamentales especiales que exija la legislacion nacional vigente.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.