Norma Legal Oficial del día 18 de noviembre del año 2012 (18/11/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

478904

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 18 de noviembre de 2012

que suscribira con los titulares de licencias de operacion para establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano indirecto, consumo humano directo y con plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos incluidos en el listado publicado por Resolucion Ministerial N° 1692010-PRODUCE, para cuyo caso se considera un plazo de vigencia hasta el 15 de MORDAZA de 2013, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial N° 437-2012PRODUCE; Que, en tal sentido, resulta necesario aprobar el modelo de adenda descrito en el considerando anterior; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesqueria, de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion y, de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE, que crea el Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo; el Decreto Supremo N° 002-2010PRODUCE, modificado por el Decreto Supremo N° 0082010-PRODUCE; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, la Resolucion Ministerial N° 343-2012PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE:

, en su condicion de Director(a) General de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de Ia Produccion, a quien en adelante se le denominara PRODUCE, y de otra parte Ia Empresa................................................................ con RUC Nº ......................., con domicilio legal en................ ......................, representado por...................................... ........... identificado con DNI Nº..............................., con poder inscrito en....................................... de los Registros Publicos de........................, por el Establecimiento Industrial Pesquero cuya planta de................................... ..................... se encuentra ubicada en............................. ................................., con licencia de operacion otorgada mediante R.M. / R.D. Nº....................................., al que en adelante se le denominara EL ESTABLECIMIENTO/LA PLANTA, en los terminos y condiciones siguientes: CLAUSULA PRIMERA: ANTECEDENTE La Resolucion Ministerial Nº 437-2012-PRODUCE, amplia hasta el 15 de MORDAZA de 2013, el plazo de vigencia del Programa de Vigilancia y Control de la pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, y autoriza a la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion a suscribir las adendas de los Convenios de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones contenidas en el citado Programa; para lo cual se considera un plazo de vigencia hasta el 15 de MORDAZA de 2013. CLAUSULA SEGUNDA: OBJETO DE LA ADENDA

Articulo 1º.- Aprobar el modelo de Adenda al Convenio de FieI y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, aprobado por Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE, MORDAZA por Decreto Supremo N° 002-2010-PRODUCE y modificado por Decreto Supremo N° 008-2010-PRODUCE, a suscribirse entre Ia Direccion General de Supervision y Fiscalizacion del Ministerio de Ia Produccion y, los titulares de los establecimientos industriales pesqueros o los titulares de las plantas incluidos en el listado publicado mediante Resolucion Ministerial N° 169-2010-PRODUCE, modelo que en anexo forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Los titulares o representantes legales de los establecimientos industriales pesqueros y los titulares o representantes legales de las plantas deberan suscribir las correspondientes adendas a los convenios a que se refiere el articulo precedente, en un plazo no mayor de diez (10) dias contados a partir del dia siguiente de Ia publicacion de Ia presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Disponer Ia publicacion de Ia presente Resolucion Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Ia Produccion (www.produce.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion ANEXO ADENDA AL CONVENIO DE FIEL Y CABAL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN EL PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA PESCA Y DESEMBARQUE EN EL AMBITO MARITIMO, APROBADO POR DECRETO SUPREMO Nº 027-2003-PRODUCE, MORDAZA POR DECRETO SUPREMO Nº 002-2010-PRODUCE Y MODIFICADO POR DECRETO SUPREMO Nº 008-2010-PRODUCE Conste por el presente documento, Ia Adenda al Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2003PRODUCE, MORDAZA por el Decreto Supremo Nº 0022010-PRODUCE y modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2010-PRODUCE, que celebran de una parte el Ministerio de Ia Produccion, con RUC Nº 20504794637, con domicilio en MORDAZA Uno Oeste Nº 060, Urbanizacion Corpac - San MORDAZA, MORDAZA, debidamente representado por el(la) senor(a).............................. , con DNI Nº..................

La suscripcion de Ia presente Adenda tiene por objeto ampliar el plazo del Convenio de Fiel y Cabal Cumplimiento de las Disposiciones contenidas en el Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, suscrito entre PRODUCE y el ESTABLECIMIENTO/LA PLANTA, el........... de............................ de 201..... CLAUSULA TERCERA: DE LA VIGENCIA La ampliacion del plazo a que se refiere Ia clausula MORDAZA del Convenio es hasta el 15 de MORDAZA de 2013. CLAUSULA CUARTA: DE LOS TERMINOS Y CONDICIONES Los terminos y condiciones bajo los cuales EL ESTABLECIMIENTO/LA PLANTA realizara sus actividades de procesamiento en el MORDAZA del Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, conforme al Convenio suscrito, permanecen inalterables, salvo por aquello explicitamente modificado por Ia presente adenda. La presente Adenda se celebra y suscribe en dos ejemplares de igual contenido y valor para MORDAZA de las partes intervinientes, en Ia MORDAZA de MORDAZA el........ de............... de 2012

----------------------PRODUCE 868147-3

---------------------------------------------ESTABLECIMIENTO/LA PLANTA

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusion sonora en localidades de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 391-2012-MTC/03 MORDAZA, 06 de noviembre de 2012

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.