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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 91

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de noviembre de 2012 479173 Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 870179-8 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 615-2012-DE/FAP Lima, 22 de noviembre de 2012 Visto la Papeleta de Trámite NC-60-SGFA-Nº 5382 de fecha 22 de noviembre de 2012 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú, el Ofi cio NC-60-G843-Nº 2208 de fecha 22 de noviembre de 2012 del Comandante del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú y el Ofi cio Nº 615-2012/DP-CM/EDEC de fecha 22 de noviembre de 2012 del Jefe de la Casa Militar del Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave AN32-B FAP Nº 324, que trasladará al Personal de la Casa Militar de la Presidencia de la República a la ciudad de Cuenca – República del Ecuador, del 23 al 24 de noviembre de 2012; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con la Ley N° 29605 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 001-2011-DE/ de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley Nº 29812– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformará la tripulación de la aeronave AN32-B FAP Nº 324, que trasladará al Personal de la Casa Militar de la Presidencia de la República a la ciudad de Cuenca – República del Ecuador, del 23 al 24 de noviembre de 2012: TRIPULACION PRINCIPAL Comandante FAP ALVARO ROBERTO CASTRO TORANZO Coordinador COMOP NSA: O-9570189 DNI: 29420054 Mayor FAP GABRIEL HILARIO BALLARTA EFFIO Piloto NSA: O-9608292 DNI: 43541895 Mayor FAP EDWARD ALFREDO BRAVO CASTRO Piloto NSA: O-9615492 DNI: 23950501 Capitán FAP JORGE LUIS BORRERO GUTIERREZ Navegante NSA: O-9690799 DNI: 43631794 Técnico de 1ra. FAP JORGE ALEXANDER CUEVA CRUZADO Mecánico NSA: S-60582688 DNI: 07486888 Técnico de 2da. FAP BENITO ACHACA HIDALGO Maestro de NSA: S-60628190 DNI: 09650935 carga Empleado Civil FAP HOVER RODRIGUEZ SABOYA Purser NSA: C-78083010 DNI: 43362430 Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess NSA: C-71347907 DNI: 45555238 TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP EDWIN LUIS FERNANDEZ GARCIA Piloto NSA: O-9599391 DNI: 43334735 Mayor FAP VICENTE FLORENCIO YUPARI SILVA Copiloto NSA: O-9589191 DNI: 43346411 Capitán FAP JOSE CHRISTIAN CALDERON UCEDA Navegante NSA: O-9697099 DNI: 43322428 Técnico de 1ra. FAP EFRAIN FORTUNATO HUARANCA ROMERO Mecánico NSA: S-60600589 DNI: 06765888 Técnico de 2da. FAP JUAN CARLOS RIVERO HUAMPA Maestro de carga NSA: S-60712892 DNI: 09872101 Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser NSA: C-71212382 DNI: 06565750 Artículo 2º.- La participación de los integrantes de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de los integrantes de la Tripulación Principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: Viáticos: US$ 200.00 x 02 días x 08 personas = US$ 3,200.00 --------------------- TOTAL = US$ 3,200.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 870179-9