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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2012 (22/11/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 79

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de noviembre de 2012 479161 Banca y Seguro –SBS- y conforme al modelo que se adjunta. 3. En caso la Carta Fianza sea emitida por una institución fi nanciera incluido en la lista de Bancos de Primera Categoría aprobada por el Banco Central de Reserva del Perú mediante circular 027-2007-BCRP del 11 de Diciembre del 2007, o la que sustituya, tendrá que ser confi rmada por uno de los Bancos Locales. 4. En el caso de terceros interesados, la Carta Fianza de seriedad de expresión de interés en el mismo proyecto deberá ser sustituida por la garantía de validez, vigencia y seriedad de la oferta económica, en los términos y condiciones a ser establecidos en las Bases del Concurso, procediendo la MDSR la devolución de la primera. B. Para un Proyecto Alternativo 1. Solicitud de Expresión de Interés, según modelo, para una nueva propuesta de Iniciativa Privada sobre Proyecto Alternativo, conforme a lo previsto por el Artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 1012. 2. Carta Fianza bancaria con carácter solidaria, irrevocable, incondicionada, sin benefi cio de excusión y de realización automática a favor de la MDSR, por el monto señalado en el punto III (Garantías del Fiel cumplimiento de las obligaciones contractuales- Garantía de seriedad de expresión de interés), emitida por una de las entidades fi nancieras y conforme al modelo ANEXO Nº 4. 3. En caso la Carta Fianza sea emitida por una entidad fi nanciera incluida en la Lista de Bancos de Primera Categoría aprobada por el Banco Central de Reserva del Perú, mediante Circular 027-2007-BCRP del 11 de Diciembre del 2007, o la que sustituya, tendrá que ser confi rmada por uno de los Bancos Locales. 1. Requisitos de Precalifi cación Se deberá presentar los documentos debidamente formalizados que acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos de precalifi cación: I. Contar con experiencia en la construcción, directamente o como accionista de empresas constructoras donde tenga más del 50% de acciones, de cómo mínimo 5200 (cinco mil doscientos) viviendas en los últimos 10 años, de los cuales al menos 2000 (dos mil) viviendas deben haber tenido las siguientes características: • Máximo número de metros cuadrados construidos por vivienda: 61 m2. • Que se encuentren ubicadas en zonas de la periferia de la ciudad y que sean zonas de expansión urbana horizontal de la misma, con ubicación al Norte, Sur o al Este de la ciudad de Lima. El número de metros cuadrados construidos en las viviendas que se acrediten conforme lo anterior, no debe ser menor a 250,000 m2 (Doscientos cincuenta mil metros cuadrados). II. Presentar una Carta de Intención de Adquisición de viviendas en el Proyecto Las Lomas del Autódromo por parte de alguna institución con al menos quince (15) años de creación, que tenga por objeto representar a grupos sociales con carencia de viviendas y administrar fondos públicos. Dicho documento debe estar suscrito por el representante legal de la institución que agrupe a estos potenciales compradores y debe señalar la intención de éstos de adquirir viviendas en el mencionado proyecto. III. Contar con un patrimonio mínimo de S/. 30,000.000 (Treinta millones de nuevos soles) al 31 de diciembre del año 2011. La acreditación de este patrimonio se hará con estados fi nancieros auditados. IV. Presentar la Garantía de Seriedad de Expresión de Interés 2. Procedimiento del Concurso en caso que existan otros interesados El concurso se realizará en tres (03) etapas, por medio del sistema tres (03) sobres: Sobre Nº 1: Credenciales para Precalifi car Sobre Nº 2: Propuesta Técnica Sobre Nº ·: Propuesta Económica. En la primera etapa de Preclasifi cación, durante el periodo a ser previsto en el Cronograma De las Bases, se evaluará el cumplimiento de los requisitos de precalifi cación (técnicos, fi nancieros, legales y/u otros), a través de la documentación que sea requerida en las Bases. Realizada la precalifi cación se convocará a los Postores Precalifi cados para la presentación, en el día a indicarse en el Cronograma de las Bases, del Sobre Nº 2 y Sobre Nº 3, FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL