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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (17/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de octubre de 2012 476493 CONSIDERANDO: Que, es menester de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra fomentar el fortalecimiento institucional así como el mejoramiento de los servicios públicos locales de una gestión municipal transparente y participativa, resulta necesario contar con un instrumento normativo en el que se plasme y regule las relaciones laborales entre la Municipalidad y sus servidores públicos (Artículo 37º de la Ley Nº 27972), bajo los principios de humanismo, igualdad de oportunidades, justicia y equidad; Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194ºde la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley Nº 27680 (Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización), concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con el Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarias para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante el Informe Nº 224-2012/MDPP/ GPAF/SGP de fecha 06 de agosto del presente año emitido por la Subgerencia de Personal procede a elevar el proyecto de Reglamento Interno de Trabajo del Personal Obrero que se encuentra bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, a la Gerencia de Planificación y Administración Financiera a fin de mediar opinión legal por parte de la Gerencia de Asuntos Jurídicos, en mérito al literal o del artículo 40º de la Ordenanza Nº 203-2012/MDPP “Reglamento de Organización y Funciones”; Que, en mérito al Memorándum Nº 512-2012-GAFP de fecha 09 de julio del año en curso, emitido por la Gerencia de Planifi cación y Administración Financiera, la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad procede a emitir el Informe Nº 201-2012-MDPP/GAJ de fecha 16 de agosto de 2012, en el cual precisa que de acuerdo a la revisión y análisis de la propuesta del proyecto, opina que se encuentra acorde con los lineamientos establecidos a través del Decreto Legislativo Nº 728 y demás normas complementarias, debiendo aprobarse de manera inmediata; Que, la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, respetuosa de las normas generales emitidas en aras de la mejora de la calidad administrativa y dando cumplimiento a lo emanado a través del Artículo 61º del Decreto Legislativo Nº 728 y el Artículo 25º del Decreto Supremo Nº 003-97- TR, procede a emitir la presente norma; Que, estando a lo expuesto, con el visto bueno de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y en uso de las facultades conferidas al Señor Alcalde en el Artículo 20º numeral 6 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno de Trabajo del Personal Obrero que se encuentra bajo el Régimen Laboral del Decreto Legislativo Nº 728 de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, anexo al mismo que forma parte integrante del presente dispositivo. Articulo Segundo.- El presente dispositivo entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano; dejándose sin efecto las disposiciones que se opongan al presente dispositivo. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento del presente a la Gerencia de Administración, Finanzas y Planeamiento y a la Subgerencia de Recursos Humanos, y a la Gerencia Municipal su supervisión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ESTEBAN F. MONZON FERNANDEZ Alcalde 853894-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Modifican la Ordenanza N° 269-MDSMP y dictan disposiciones en materia de promoción de la inversión privada en el distrito ORDENANZA Nº 329-MDSMP San Martín de Porres, 19 de setiembre del 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 19.SETIEMBRE.2012, se trató sobre proyecto de modifi cación de Ordenanza; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre el Dictamen Nº 004-2012-CAJyDE-SR/MDSMP de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Económico que recomienda al Pleno del Concejo la aprobación del proyecto de ordenanza que modifi ca la Ordenanza Nº 269- MDSMP (24.MARZO.2009) relacionada con la creación del Fondo Municipal de Promoción de la Inversión Privada del distrito de San Martín de Porres – FOMPRI SMP; contándose al respecto con las opiniones favorables de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Informe Nº 019-2012-GPP/MDSMP) y Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 062-2012-GAJ/MDSMP); De conformidad con los artículos 9, inciso 8), 39 y 40 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; con el Dictamen Nº 004-2012-CAJyDE de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Desarrollo Económico; con el Voto Mayoritario de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 269-MDSMP (24.MARZO.2009) Y DICTA DISPOSICIONES EN MATERIA DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN EL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo Segundo de la Ordenanza Nº 269-MDSMP con el siguiente tenor: CRÉASE el Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada de San Martín de Porres –CEPRI SMP– que se encargará de la ejecución de uno o más procedimientos vinculados a la aplicación de las modalidades de participación de la inversión privada previstas en el Decreto Legislativo Nº 1012 que aprueba la Ley Marco de Asociaciones Público – Privadas para la generación de empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de de promoción de la inversión privada, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 146-2008-EF; sus modifi catorias Decreto Legislativo Nº 1016 y el Decreto Supremo Nº 106-2011- EF; la Ley Nº 28059 – Marco de promoción de la Inversión Descentralizada, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, modifi cado mediante Decreto Supremo Nº 013-2007-PCM; la Ordenanza Nº 867 que aprueba el Reglamento para la Promoción de la Inversión Privada en Lima Metropolitana y las demás disposiciones que en relación a la materia de promoción de la inversión privada sean aplicables. Artículo Segundo.- MODIFICAR el artículo Tercero de la Ordenanza Nº 269-MDSMP con el siguiente tenor: El CEPRI SMP estará conformado por cinco (05) miembros: el Gerente Municipal, que lo presidirá, el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, el Gerente de Desarrollo Urbano, el Gerente de Asesoría Jurídica y el Subgerente de Logística y Servicios Generales.