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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 17 de octubre de 2012 476491 Regionales, con las prerrogativas y atribuciones propias del cargo. Artículo Tercero: ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano; en el Diario de Mayor Circulación Regional; y, en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los once días del mes de octubre del año dos mil doce. CARLOS H. MANRIQUE DE LARA ESTRADA Consejero Delegado Consejo Regional 854209-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Aceptan y agradecen donación ofrecida por empresa para ser destinada a la creación de espacios de recreación y deportivos ACUERDO DE CONCEJO Nº 120-2012-MPL Pueblo Libre, 26 de setiembre de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUEBLO LIBRE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria Nº 20 de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 032-2012-MPL/CPL-CPAFP de fecha 10 de setiembre de 2012, elaborado por la Comisión Permanente de Administración, Finanzas y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 20) del Artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala como una de las funciones de los Concejos Municipales, el aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, mediante Documento Simple Nº 6798-2012 de fecha 5 de setiembre de 2012, el Apoderado de la empresa Automotores Gildemeister Perú S.A., señor Gonzalo Zuñiga F., señala el interés de su representada de apoyar la creación de espacios de recreación y deportivos, estando dispuesta a donar la suma de S/.65,000.00 (sesenta y cinco mil 00/100 nuevos soles) que podría ser destinados a la ejecución de programas orientados a promover la participación de niños y jóvenes dentro de actividades deportivas, que permitan el desarrollo de una niñez y juventud saludable; Que, mediante Memorando Nº 643-2012-MPL- GAF de fecha 6 de setiembre de 2012, la Gerencia de Administración y Finanzas, señala que se puede aceptar lo ofrecido por la citada empresa, por cuanto son medios idóneos y efectivos para poder realizar obras y/o gestiones en benefi cio de la comunidad del Distrito de Pueblo Libre, sin menoscabar los ingresos corrientes; Que, mediante Memorando Nº 298-2012-MPL-GECD de fecha 7 de setiembre de 2012, la Gerencia de Educación Cultura y Deporte señala que es pertinente se acepte la donación de la empresa Automotores Gildemeister Perú S.A., por el benefi cio que se tendría para poder realizar las actividades de desarrollo en la parte recreativa y formativa de los y las vecinas del Distrito en espacios adecuados; Que, mediante Memorando Nº 341-2012-MPL-GAJ de fecha 10 de setiembre de 2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que no existe inconveniente legal en aceptar el ofrecimiento de donación dineraria efectuada por la empresa Automotores Gildemeister Perú S.A., debiéndose elevar los actuados al Concejo Municipal para su respectiva aceptación y agradecimiento; Que, el artículo 69º de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Nº 28411, señala que las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Acuerdo de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicho Acuerdo, será publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias; Que, mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 029-2011-MPL-GM se aprobó la Directiva Nº 002-2011- MPL-GPP sobre Normas y Procedimientos de Donaciones en la Municipalidad de Pueblo Libre, estableciendo en el numeral 5.2 sobre Publicaciones: los Acuerdos de Concejo que aprueban las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones nacionales o extranjeras, deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias vigentes En uso de las facultades conferidas por el numeral 20) del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- ACEPTAR Y AGRADECER la donación ofrecida por la empresa Automotores Gildemeister Perú S.A., consistente en la suma de S/. 65,000.00 (Sesenta y Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), para ser destinados a la creación de espacios de recreación y deportivos, coadyuvando de esta manera a promover la participación de niños y jóvenes dentro de actividades deportivas que les permitan un desarrollo saludable. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Tesorería y Gerencia de Educación Cultura y Deporte el cumplimiento del presente Acuerdo, así como las acciones correspondientes a sus competencias. Artículo Tercero.- DISPONER que el presente Acuerdo se publique en el Diario Ofi cial El Peruano. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL SANTOS NORMAND Alcalde 854020-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Crean Oficina de Atención a la Persona con Discapacidad - “OMAPED” (Se publica la presente Ordenanza a solicitud de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra mediante Ofi cio Nº 903-2012-SG-MDPP recibido el día 16 de octubre de 2012) ORDENANZA Nº 160-MDPP Puente Piedra, 9 de abril de 2010