NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (02/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de setiembre de 2012 473873 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Actualizan Plano del Sistema Vial Distrital aprobado por Ordenanza Nº 181-MSS ORDENANZA Nº 434-MSS Santiago de Surco, 23 de agosto del 2012 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal del Distrito de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; y VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 13-2012-CDL-CAJ-MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 2821-2012-SG-MSS de la Secretaría General, el Memorándum Nº 870-2012-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 594-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 380-2012-SGPUC- GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, el Informe Nº 216-2012-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Memorándum Nº 172-2012-SGTSV- GSC-MSS de la Subgerencia de Tránsito y Seguridad Vial, el Memorándum Nº 645-2012-GPV-MSS de la Gerencia de Participación Vecinal, entre otros documentos, sobre proyecto de Ordenanza que actualiza el Plano del Sistema Vial Distrital aprobado con Ordenanza Nº 181-MSS; y CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 28607, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica, y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo que el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, del mismo modo así lo enuncia; Que, el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que “Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley. (…)”. Asimismo el artículo 9º inciso 8) de la misma norma, señala que corresponde al Concejo Municipal “Aprobar, modifi car o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos”; Que, con la Ordenanza Nº 341 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, norma que en su Artículo Quinto (modifi cado por el Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 786), establece que “En el marco especial establecido por la legislación y reglamentación sobre la materia y las prescripciones del Sistema Vial Metropolitano de Lima, corresponde a la Municipalidad Metropolitana de Lima la defi nición y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los Derechos de Vía de las Vías Expresas, Arteriales y Colectoras; de los Intercambios Viales y de las Vías Locales del Cercado de Lima; en tanto que corresponderá a las Municipalidades Distritales la defi nición y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los Derechos de Vía de las Vías Locales…”; Que, la Ordenanza Nº 181-MSS, publicada con fecha 06.03.2004, aprueba el Plan Urbano Distrital de Santiago de Surco 2004-2010; Que, mediante Informe Nº 380-2012-SGPUC-GDU- MSS del 01.08.2012, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro adjunta el Informe Nº 103-2012-GRP-AL y el Informe Nº 25-2012-KMJ-APU, mediante los cuales se propone la Ordenanza que actualiza el Plano del Sistema Vial Distrital, aprobado con Ordenanza Nº 181-MSS, incluyendo las calles 01 y 02 ubicadas entre las Manzanas Catastrales 3275, 3211 y 3225, que pertenecen al terreno colindante con: el Asentamiento Humano Rodrigo Franco, la Asociación de Pro Vivienda de los Servidores de la Policía de Investigaciones del Perú “Honor y Lealtad” Parcela 2 Primera Etapa, el Asentamiento Humano San Martín de Porres (Ex Rodrigo Franco - Ex Parcela B) y la Organización Social Los Precursores; de Uso predominante Residencial y de predios rústicos en toda su extensión, su ubicación estratégica y funcional en el distrito, hace necesaria su integración a la trama vial existente de su entorno urbano inmediato. En tal sentido, considera procedente la aprobación del presente proyecto de Ordenanza, el cual adjunta; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, agrega que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del Artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS “Reglamento que establece las disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”, precisa que el proyecto de Ordenanza ha sido pre publicado en el Portal Electrónico de la Corporación, no habiéndose reportado observaciones; Que, con Informe Nº 216-2012-GDU-MSS del 03.08.2012, la Gerencia de Desarrollo Urbano teniendo en cuenta el precitado Informe de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, opina encontrar conforme el presente proyecto de Ordenanza; Que, mediante Memorándum Nº 172-2012-SGTSV-GSC- MSS del 11.04.2012, la Subgerencia de Tránsito y Seguridad Vial, adjuntando el Informe Nº 012-2012-ECS-SGTSV- GSC-MSS, considera aceptable la presente propuesta, precisando que el objetivo de la misma, debe comprender el mejoramiento del tránsito vehicular en la zona, así como brindar la seguridad a los peatones y conductores con respecto al ancho de los carriles y sentido de circulación; Que, con Memorándum Nº 645-2012-GPV-MSS del 15.05.2012, la Gerencia de Participación Vecinal, adjuntando el Informe Nº 40-2012-GNC-GPV-MSS, remite el resultado de consulta vecinal sobre la propuesta vial, siendo que de un total de 47 encuestados, se tiene lo siguiente: - Favorable: 82.98 % (39 vecinos) y - No ubicados: 17.02 % (08 vecinos); Que, mediante el Informe Nº 594-2012-GAJ-MSS del 07.08.2012, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que mediante Ordenanza Nº 341, la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, norma que en su Artículo Quinto faculta a las municipalidades distritales la defi nición y aprobación de las Secciones Viales Normativas y los Derechos de Vía de las Vías Locales, como la contenida en la propuesta normativa, siendo viable la emisión de una ordenanza municipal que actualice el Plano del Sistema Vial Distrital, aprobado por la Ordenanza Nº 181-MSS, norma que respecto al punto materia de análisis no ha sido objeto de declaración de inconstitucionalidad (contenida en la Sentencia publicada el 27.03.2006 y emitida por el Tribunal Constitucional en el Expediente N° 0046-2004- PI-TC). En tal sentido, concluye opinando por la procedencia de la presente propuesta de Ordenanza, al encontrarse dentro de los supuestos normativos que permiten a este Corporativo aprobar la actualización del Plano del Sistema Vial distrital aprobado con la Ordenanza 181-MSS, correspondiendo elevar los actuados ante el Concejo Municipal, para que conforme a sus atribuciones apruebe la correspondiente Ordenanza Municipal; Que, con Memorándum Nº 870-2012-GM-MSS de fecha 08.08.2012, la Gerencia Municipal remite el presente proyecto de Ordenanza, expresando su conformidad a la mencionada propuesta; Estando al Dictamen Conjunto Nº 13-2012-CDL-CAJ- MSS de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Jurídicos, al Informe Nº 594-2011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, de conformidad con los Artículos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE ACTUALIZA EL PLANO DEL SISTEMA VIAL DISTRITAL APROBADO POR ORDENANZA Nº 181-MSS Artículo Primero.- APROBAR la Actualización del Plano del Sistema Vial Distrital aprobado con Ordenanza Nº 181-MSS, incluyendo las calles 01 y 02 ubicadas entre las manzanas catastrales 3275, 3211 y 3225 que pertenecen al terreno colindante con: el Asentamiento Humano Rodrigo Franco, la Asociación Pro Vivienda de los Servidores de La Policía de Investigaciones del Perú “Honor y Lealtad” Parcela 2 Primera Etapa, el Asentamiento Humano San Martín de Porres (Ex Rodrigo Franco – Ex Parcela B) y la