Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2012 (02/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

473867

Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicara los requisitos fito y zoosanitarios en el Diario Oficial El Peruano y se notificaran a la Organizacion Mundial de Comercio; Que, el articulo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fitosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importacion al MORDAZA de plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados, seran aprobados mediante Resolucion del Organo de Linea competente; Que, el articulo 1° de la Resolucion Directoral N° 00022012-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorias de riesgo fitosanitario, donde estan agrupadas las plantas, productos vegetales y otros articulos reglamentados cuyo riesgo fitosanitario aumenta en forma ascendente; Que, ante el interes del Ministerio de Agricultura y Ganaderia de Costa Rica en exportar a nuestro MORDAZA yucas frescas (Manihot esculenta) de origen y procedencia Costa Rica; la Subdireccion de Analisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA inicio el respectivo estudio con la finalidad de establecer los requisitos fitosanitarios para la importacion del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdireccion de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fitosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de proteccion al MORDAZA, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolucion Directoral Nº 0002-2012AG-SENASA-DSV y con el visado de Subdireccion de Cuarentena Vegetal y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Establecer los requisitos fitosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importacion de yucas frescas (Manihot esculenta) de origen y procedencia Costa Rica de la siguiente manera: 1. El envio debera contar con el Permiso Fitosanitario de Importacion emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certificacion y embarque en el MORDAZA de origen o procedencia. 2. El envio debera venir acompanado de un Certificado Fitosanitario oficial del MORDAZA de origen. 3. Las raices frescas deben ser lavadas y posteriormente parafinadas. 4. Las raices frescas seran envasadas dentro de MORDAZA reglamentarias nuevas y rotuladas y seran transportados dentro de contenedores sellados y precintados. 5. Inspeccion fitosanitaria en el punto de ingreso al pais. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BARRENECHEA MORDAZA Director General Direccion de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno al cargo de Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Cultura, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo 2°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el cargo de Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura

835137-1

Designan Secretario Ministerio

General

del

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 339-2012-MC
MORDAZA, 29 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 305-2011-MC de fecha 19 de agosto de 2011, se designo al senor MORDAZA Ugaz MORDAZA - MORDAZA en el cargo de Secretario General del Ministerio de Cultura; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia a dicho cargo, la cual corresponde aceptar, designando al funcionario que ocupara el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; en la Ley N° 29565, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el senor MORDAZA Ugaz MORDAZA - MORDAZA al cargo de Secretario General del Ministerio de Cultura, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados. Articulo 2°.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno en el cargo de Secretario General del Ministerio de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura

835137-2 834960-2

CULTURA
Designan Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 338-2012-MC
MORDAZA, 29 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 021-2012-MC de fecha 16 de enero de 2012, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Briceno en el cargo de Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Cultura; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia a dicho cargo, la cual corresponde aceptar, designando al funcionario que ocupara el mismo;

ENERGIA Y MINAS
Actualizan Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros aprobado mediante R.M. Nº 290-2006-MEM/DM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 393-2012-MEM/DM
MORDAZA, 20 de agosto 2012 VISTO: los Informes Nº 083-2012-MEM-DGM/DTM/ PAM, Nº 084-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 085-2012MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 086-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 087-2012-MEM-DGM/DTM/PAM y Nº 088-2012-MEMDGM/DTM/PAM de la Direccion Tecnica Minera; CONSIDERANDO: Que, el articulo 3 de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece que

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