NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (02/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de setiembre de 2012 473867 Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos fi to y zoosanitarios en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi carán a la Organización Mundial de Comercio; Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003- AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que los requisitos fi tosanitarios necesarios que se debe cumplir para la importación al país de plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante Resolución del Órgano de Línea competente; Que, el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 0002- 2012-AG-SENASA-DSV, establece cinco categorías de riesgo fi tosanitario, donde están agrupadas las plantas, productos vegetales y otros artículos reglamentados cuyo riesgo fi tosanitario aumenta en forma ascendente; Que, ante el interés del Ministerio de Agricultura y Ganadería de Costa Rica en exportar a nuestro país yucas frescas (Manihot esculenta) de origen y procedencia Costa Rica; la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria del SENASA inició el respectivo estudio con la fi nalidad de establecer los requisitos fi tosanitarios para la importación del mencionado producto; Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos fi tosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso de plagas cuarentenarias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolución Directoral Nº 0002-2012- AG-SENASA-DSV y con el visado de Subdirección de Cuarentena Vegetal y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Único.- Establecer los requisitos fi tosanitarios de cumplimiento obligatorio en la importación de yucas frescas (Manihot esculenta) de origen y procedencia Costa Rica de la siguiente manera: 1. El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario de Importación emitido por el SENASA, obtenido por el importador o interesado, previo a la certifi cación y embarque en el país de origen o procedencia. 2. El envío deberá venir acompañado de un Certifi cado Fitosanitario ofi cial del país de origen. 3. Las raíces frescas deben ser lavadas y posteriormente parafi nadas. 4. Las raíces frescas serán envasadas dentro de cajas reglamentarias nuevas y rotuladas y serán transportados dentro de contenedores sellados y precintados. 5. Inspección fi tosanitaria en el punto de ingreso al país. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE BARRENECHEA CABRERA Director General Dirección de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 834960-2 CULTURA Designan Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 338-2012-MC Lima, 29 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 021-2012-MC de fecha 16 de enero de 2012, se designó al señor Alfredo Martín Luna Briceño en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Cultura; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia a dicho cargo, la cual corresponde aceptar, designando al funcionario que ocupará el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Alfredo Martín Luna Briceño al cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor Carlos Felipe Palomares Villanueva en el cargo de Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI Ministro de Cultura 835137-1 Designan Secretario General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 339-2012-MC Lima, 29 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 305-2011-MC de fecha 19 de agosto de 2011, se designó al señor Daniel Ugaz Sánchez - Moreno en el cargo de Secretario General del Ministerio de Cultura; Que, el citado funcionario ha presentado renuncia a dicho cargo, la cual corresponde aceptar, designando al funcionario que ocupará el mismo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Daniel Ugaz Sánchez - Moreno al cargo de Secretario General del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2°.- Designar al señor Alfredo Martín Luna Briceño en el cargo de Secretario General del Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONÍ Ministro de Cultura 835137-2 ENERGIA Y MINAS Actualizan Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros aprobado mediante R.M. Nº 290-2006-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 393-2012-MEM/DM Lima, 20 de agosto 2012 VISTO: los Informes Nº 083-2012-MEM-DGM/DTM/ PAM, Nº 084-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 085-2012- MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 086-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 087-2012-MEM-DGM/DTM/PAM y Nº 088-2012-MEM- DGM/DTM/PAM de la Dirección Técnica Minera; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, establece que