Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2012 (02/09/2012)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

473868

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 2 de setiembre de 2012

la identificacion, elaboracion y actualizacion del inventario de los pasivos ambientales mineros estan a cargo del Ministerio de Energia y Minas, a traves de su organo tecnico competente; Que, el articulo 6 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 003-2009-EM, indica que el Ministerio de Energia y Minas, a traves de la Direccion General de Mineria, esta facultado para realizar todas las acciones que resulten necesarias para la identificacion de los pasivos ambientales mineros, la elaboracion y actualizacion del inventario y la determinacion de los responsables de las medidas de remediacion ambiental correspondiente; Que, el articulo 7 del reglamento MORDAZA citado dispone que el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros sera aprobado mediante resolucion ministerial publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo Nº 031-2007-EM se aprobo el MORDAZA Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Energia y Minas, donde se precisa que la Direccion Tecnica Minera tiene, entre otras funciones, las de realizar acciones para la identificacion y priorizacion de los pasivos ambientales mineros, asi como para la elaboracion y actualizacion del inventario correspondiente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 290-2006MEM/DM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de junio de 2006, se aprobo el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, que consta de veinte y siete (27) folios; Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 487-2007MEM-DM, Nº 079-2008-MEM/DM, Nº 591-2008-MEM/DM, Nº 243-2009-MEM/DM, Nº 246-2009-MEM/DM, Nº 0962010-MEM/DM, Nº 371-2010-MEM/DM, Nº 471-2010MEM/DM, Nº 506-2010-MEM/DM, Nº 267-2011-MEM/DM, Nº 531-2011-MEM/DM, Nº 355-2012-MEM/DM, Nº 3742012-MEM/DM y Nº 375-2012-MEM/DM se actualizo el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM; Que, la Direccion Tecnica Minera ha elaborado el Plan de Manejo de Pasivos Ambientales Mineros que se viene desarrollando a nivel de cuencas hidrograficas, aprobado por Resolucion Directoral Nº 209-2010-MEM/DGM, el que comprende cuatro fases: Actualizacion del Inventario Inicial: Identificacion, caracterizacion y priorizacion de los pasivos ambientales mineros. * Fase II: Determinacion de responsables. * Fase III: Elaboracion de estudios de ingenieria de los pasivos ambientales mineros que asuma el Estado. * Fase IV: Obras de remediacion; Que, en cuanto a la Fase I, la Direccion Tecnica Minera, de acuerdo al cronograma establecido, programo la actualizacion del inventario de los pasivos ambientales mineros en las cuencas hidrograficas Lurin, Huaura, Huarmey, Chicama, Pativilca y Rimac; Que, realizadas las visitas de MORDAZA a las cuencas hidrograficas MORDAZA mencionadas y desarrollado el correspondiente trabajo en gabinete, la Direccion Tecnica Minera ha emitido los Informes Nº 083-2012-MEM-DGM/ DTM/PAM, Nº 084-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 0852012-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 086-2012-MEM-DGM/ DTM/PAM, Nº 087-2012-MEM-DGM/DTM/PAM y Nº 0882012-MEM-DGM/DTM/PAM, en los que se concluye que se ha verificado la existencia de nuevos pasivos ambientales, que se requiere actualizar los datos de otros pasivos mineros incluidos en inventarios anteriores y que algunos pasivos mineros considerados en el inventario inicial deben ser excluidos, por lo que es necesario actualizar el inventario aprobado por Resolucion Ministerial Nº 2902006-MEM/DM; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 3 de la Ley Nº 28271, Ley que regula los Pasivos Ambientales de la Actividad Minera y el articulo 7 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2005-EM, modificado por el articulo 1 del Decreto Supremo Nº 003-2009-EM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Actualizar el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 290-2006-MEM/DM, teniendo en cuenta lo senalado por la Direccion Tecnica Minera en los Informes * Fase I:

Nº 083-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 084-2012-MEMDGM/DTM/PAM, Nº 085-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 086-2012-MEM-DGM/DTM/PAM, Nº 087-2012-MEM-DGM/ DTM/PAM y Nº 088-2012-MEM-DGM/DTM/PAM. Articulo 2.- Publicar el inventario actualizado de los pasivos ambientales mineros a nivel nacional en el MORDAZA web del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

834591-1

Aprueban transferencias que efectua la Asociacion Civil Fondo Social Alto Chicama a favor de las Municipalidades Provinciales de MORDAZA MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, de bienes y activos obtenidos de la ejecucion de diversos proyectos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 394-2012-MEM/DM
MORDAZA, 20 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 996, se incorpora los recursos de los programas de caracter social provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada, en la fuente de Financiamiento, Donaciones y Transferencias, y los transfiere a un "Fondo Social" constituido por una persona juridica sin fines de lucro; Que, al MORDAZA de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 996, el 05 de junio del 2009 se suscribio el Convenio de Transferencia de Recursos y Otros entre la Persona Juridica sin Fines de Lucro Asociacion Civil Fondo Social Alto Chicama, como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promocion de la inversion privada del proyecto Alto Chicama; y el Estado Peruano, debidamente representado por la Agencia de Promocion de la Inversion Privada -- PROINVERSION; Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el regimen aplicable a la utilizacion de los recursos provenientes de los procesos de promocion de la inversion privada destinados a la ejecucion de programas de caracter social, consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en beneficio de la poblacion ubicada en la MORDAZA de influencia del proyecto promovido; Que, los literales a) y b) del numeral 1 del articulo 8º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establecen como primera prioridad del destino de los recursos del Fondo el desarrollo de capacidades humanas y provision de servicios basicos que contribuyan a reducir los niveles de desnutricion en la poblacion infantil, elevar los estandares de calidad de la educacion y la salud, aumentar la provision de servicios de saneamiento, entre otros, mediante: a) la implementacion de obras de infraestructura basica en educacion, salud, energia electrica, agua y saneamiento; y, b) equipamiento, mantenimiento, reparacion y rehabilitacion de centros de salud y educativos; Que, el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 996, concordante con el articulo 22º del Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establece que concluida la ejecucion del respectivo proyecto de caracter social, se procedera a su transferencia en favor de las entidades beneficiarias publicas y privadas sin fines de lucro. Indica asimismo que, en tales casos, dichas entidades seran determinadas mediante Resolucion Ministerial del sector al que la persona juridica mencionada MORDAZA identificado que le corresponda dicha transferencia; Que, la Asociacion Civil Fondo Social Alto Chicama, mediante Carta Nº 1144-2012/ACFSACH con registro de ingreso N° 2198616 del 12 de junio de 2012, ha comunicado que los proyectos que a continuacion se detallan, se encuentran culminados y que seran transferidos a favor de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Carrion:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.