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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (02/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de setiembre de 2012 473869 - “Construcción de Tendido de Red para la Electrifi cación de Yanazara y El Pallar Sistema de Utilización en MRT 13.2 KV para los Centros Poblados de Yanazara y El Pallar Yanazara-El Pallar, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad”; - “Ampliación del Sistema de Electrifi cación Rural de los caseríos de Cahuadan, Coigobamba Alta y Baja, Huayllagual y Marcochugo - Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”; - “Ampliación y mejoramiento del Sistema de Electrifi cación Rural de las localidades de Quinta Alta, Quinta Baja y Paranshique- distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad”; - “Ampliación del Sistema de Electrifi cación Rural de la Localidad de Chamis de Sausacocha, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”; - “Ampliación de Redes Eléctricas de los caseríos de Chochoconda, sector La Cuchilla, Chamis y El Ejército 2 - Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”; - “Ampliación de la Electrifi cación para los caseríos de Yamobamba, La Perdiz, La Arena y La Ramada, Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”; y - “Ampliación del Sistema de Electrifi cación de los Caseríos Sanjapampa, La Conga y el Capulí, del distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”; Que, en consecuencia, la referida Asociación Civil solicita se emita la Resolución Ministerial a través de la cual se apruebe dicha transferencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 996; Que, mediante Ofi cios Nº 061-2012-MPSC/A y N° 072- 2012-MPSC/A, la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión ha expresado su conformidad respecto de la transferencia de los referidos proyectos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 996, Decreto Legislativo que aprueba el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada en la ejecución de programas sociales; el Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996; el Decreto Ley Nº 25962, Ley Orgánica del Sector Energía y Minas y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Transferencia de Bienes y Activos Aprobar la transferencia que efectúa la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama a favor de la Municipalidad Provincial de Sánchez Carrión, de los bienes y activos obtenidos de la ejecución de los siguientes proyectos: 1. “Construcción de Tendido de Red para la Electrifi cación de Yanazara y El Pallar Sistema de Utilización en MRT 13.2 KV para los Centros Poblados de Yanazara y El Pallar Yanazara-El Pallar, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad”. 2. “Ampliación del Sistema de Electrifi cación Rural de los caseríos de Cahuadan, Coigobamba Alta y Baja, Huayllagual y Marcochugo - Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”. 3. “Ampliación y mejoramiento del Sistema de Electrifi cación Rural de las localidades de Quinta Alta, Quinta Baja y Paranshique - distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión - La Libertad”. 4. “Ampliación del Sistema de Electrifi cación Rural de la Localidad de Chamis de Sausacocha, distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”. 5. “Ampliación de Redes Eléctricas de los caseríos de Chochoconda, sector La Cuchilla, Chamis y El Ejército 2 - Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”. 6. “Ampliación de la Electrifi cación para los caseríos de Yamobamba, La Perdiz, La Arena y La Ramada, Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”. 7. “Ampliación del Sistema de Electrifi cación de los Caseríos Sanjapampa, La Conga y el Capulí, del distrito de Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, La Libertad”. Artículo 2°.- Del Registro Contable El valor de la transferencia será establecido conforme a los registros contables de la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, el cual incluirá todos los costos y gastos atribuibles al proyecto. La referida transferencia de bienes se efectuará a título gratuito. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 834591-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 395-2012-MEM/DM Lima, 20 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 996, se incorpora los recursos de los programas de carácter social provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada, en la fuente de Financiamiento, Donaciones y Transferencias, y los transfi ere a un “Fondo Social” constituido por una persona jurídica sin fi nes de lucro; Que, al amparo de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 996, el 05 de junio del 2009 se suscribió el Convenio de Transferencia de Recursos y Otros entre la Persona Jurídica sin Fines de Lucro Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, como titular del Fondo Social, derivado de las actividades relacionadas con los procesos de promoción de la inversión privada del proyecto Alto Chicama; y el Estado Peruano, debidamente representado por la Agencia de Promoción de la Inversión Privada — PROINVERSION; Que, el Decreto Legislativo Nº 996 establece el régimen aplicable a la utilización de los recursos provenientes de los procesos de promoción de la inversión privada destinados a la ejecución de programas de carácter social, consistentes en proyectos de desarrollo sostenible en benefi cio de la población ubicada en la zona de infl uencia del proyecto promovido; Que, los literales a) y b) del numeral 1 del artículo 8º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 996, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2008-EF, establecen como primera prioridad del destino de los recursos del Fondo el desarrollo de capacidades humanas y provisión de servicios básicos que contribuyan a reducir los niveles de desnutrición en la población infantil, elevar los estándares de calidad de la educación y la salud, aumentar la provisión de servicios de saneamiento, entre otros, mediante: a) la implementación de obras de infraestructura básica en educación, salud, energía eléctrica, agua y saneamiento; y, b) equipamiento, mantenimiento, reparación y rehabilitación de centros de salud y educativos; Que, el artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 996, concordante con el artículo 22º del Decreto Supremo Nº 082- 2008-EF, establece que concluida la ejecución del respectivo proyecto de carácter social, se procederá a su transferencia en favor de las entidades benefi ciarias públicas y privadas sin fi nes de lucro. Indica asimismo que, en tales casos, dichas entidades serán determinadas mediante Resolución Ministerial del sector al que la persona jurídica mencionada haya identifi cado que le corresponda dicha transferencia; Que, la Asociación Civil Fondo Social Alto Chicama, mediante Carta Nº 1313-2012-ACFSACH con registro de ingreso N° 2201649 del 20 de junio de 2012, ha comunicado que los proyectos que a continuación se detallan, se encuentran culminados y que serán transferidos a favor de la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco: - “Instalación PSE Rural del Suro a Pichunchuco distrito y provincia de Santiago de Chuco, La Libertad”; - “Construcción del Sistema de Electrifi cación Rural para el caserío de Chambuc, anexos Añacopampa y Julgas del distrito de Santiago de Chuco, provincia de Santiago de Chuco, La Libertad; y, - “Instalación del Sistema de Electrifi cación Rural en los caseríos Cungay-Huashgon-Querquebal-Cotay-Santa Cruz de Huanala y La Cuchilla, provincia de Santiago de Chuco, La Libertad”; Que, en consecuencia, la referida Asociación Civil solicita se emita la Resolución Ministerial a través de la cual se apruebe dicha transferencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 5º del Decreto Legislativo Nº 996; Que, mediante Ofi cio Nº 161-2012-MPSCH-A, la Municipalidad Provincial de Santiago de Chuco ha expresado su conformidad respecto de la transferencia de los referidos proyectos;