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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (02/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 2

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 2 de setiembre de 2012 473864 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Dan por concluida designación de Directora de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 216-2012-PCM Lima, 27 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial ʋ 136-2011-PCM se designó a la señora Ruth Marina Vilca Tasayco, Gerente Pública del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de Directora de la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la señora Ruth Marina Vilca Tasayco y la Presidencia del Consejo de Ministros han visto por conveniente dar por concluido por mutuo acuerdo su vinculación contractual; Que, en este contexto, resulta pertinente dar por concluida la designación de la señora Ruth Marina Vilca Tasayco al cargo para la que fue asignada; y De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1024 que crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos; el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1024, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2009-PCM; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007- PCM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida, con efectividad al 3 de setiembre de 2012, la designación de la señora Ruth Marina Vilca Tasayco, Gerente Pública del Cuerpo de Gerentes Públicos, en el cargo de Directora de la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 834954-1 Designan Directora de la Oficina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 217-2012-PCM Lima, 27 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, resulta conveniente designar a la persona que desempeñará dicho cargo; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionario públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 03 de setiembre de 2012 a la señora licenciada Margarita Clara Gálvez Castillo en el cargo de Directora de la Ofi cina General de Administración de la Presidencia del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 834954-2 AGRICULTURA Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias procedentes de diversos países RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0014-2012-AG-SENASA-DSA La Molina, 29 de agosto de 2012 VISTOS: El Memorándum Nº 0074-2012-AG-SENASA-DSA-SDCA de fecha 23 de agosto de 2012 y los Informes Nº 0029, 0030, 0031, 0032, 0033, 0034 y 0035-2012-AG-SENASA-DSA- SDCA-MQUEVEDOM de fechas 23, 24 y 27 de agosto de 2012, y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 12º del Decreto Legislativo Nº 1059, Ley General de Sanidad Agraria, señala que el ingreso al país, como importación, tránsito internacional o cualquier otro régimen aduanero, de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, organismos benéfi cos, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de introducir o propagar plagas y enfermedades, así como los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria, esto es, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; Que, asimismo, el artículo 9° de la citada ley, establece que la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria dictará las medidas fi to y zoosanitarias para la prevención, el control o la erradicación de plagas y enfermedades. Dichas medidas serán de cumplimiento obligatorio por parte de los propietarios u ocupantes, bajo cualquier título, del predio o establecimiento respectivo, y de los propietarios o transportistas de los productos de que se trate; Que, de conformidad con el artículo 12º del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, aprobado mediante el Decreto Supremo 018-2008- AG, los requisitos fi to y zoosanitarios se publican en el Diario Ofi cial El Peruano y se notifi can a la Organización Mundial de Comercio; Que, el artículo 28° del Reglamento de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2005-AG establece que la Dirección de Sanidad Animal tiene entre sus funciones el establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervisión zoosanitaria tanto al comercio nacional como internacional de productos y subproductos pecuarios; Que, el artículo 21º de la Decisión 515 de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) prescribe que los Países Miembros que realicen importaciones desde terceros países se asegurarán que las medidas sanitarias y fi tosanitarias que se exijan a tales importaciones no impliquen un nivel de protección inferior al determinado por los requisitos que se establezca en las normas comunitarias; Que, el Memorándum Nº 0074-2012-AG-SENASA- DSA-SDCA de fecha 23 de agosto de 2012 recomienda que se publiquen los requisitos sanitarios para la importación de porcinos para reproducción o engorde procedentes de Estados Unidos;