NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (04/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de setiembre de 2012 473889 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS, que determina su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, estableciendo que es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal; Que, a través de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29792, se dispone la adscripción al MIDIS, entre otros, del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA; asimismo, por medio de la Cuarta Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Supremo N° 001-2011-MIDIS se precisa que, los programas y funciones a los que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la citada Ley, quedarán formalmente adscritos al MIDIS, a partir del 01 de enero de 2012; Que, por medio de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 107-2011-SERVIR/PE se aprobaron reglas y lineamientos, así como los modelos de contrato y de convocatoria aplicables al régimen de contratación administrativa de servicios; la misma que dispone la publicación de la convocatoria de los Procesos de Contratación Administrativa de Servicios en el Servicio Nacional de Empleo a cargo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante la Ley N° 27736 - “Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales” se dispone la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado, por parte del Instituto de Radio y Televisión del Perú a través del Canal 7 y Radio Nacional del Perú; Que, por medio del Decreto Supremo N° 012-2004- TR se aprueba el Reglamento de la Ley N° 27736, disponiendo en su artículo 2° que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar. Están excluidas de esta obligación de concursar y remitir la oferta, los puestos clasifi cados como de confi anza conforme las reglas de la normativa laboral pública vigente; asimismo dispone que los organismos públicos y empresas del Estado designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, mediante resolución del titular de la entidad publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, mediante el Memorando N° 1713-2012-MIDIS- PRONAA/UAD de fecha 21 de agosto de 2012, la Unidad Administrativa en mérito a lo previsto en el artículo 2° del Reglamento de la Ley N° 27736, propone al señor Moisés Luis Manrique Herrera, Jefe del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa, como responsable de remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas laborales del PRONAA; Que, atendiendo a los fundamentos expuestos en los documentos y normas legales citadas en los considerandos precedentes, resulta necesario, designar al responsable de remitir las ofertas de empleo al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de aquellos puestos públicos sujetos a concurso que convoque el PRONAA, con excepción de los cargos de confi anza; Que, estando a las facultades conferidas a la Directora Ejecutiva del PRONAA del Ministerio de Desarrollo e inclusión Social – MIDIS, en el literal a) del Artículo Primero de la Resolución Ministerial N° 015-2012-MIDIS, de fecha 19 de enero de 2012; y contando con las visaciones de la Unidad Administrativa y de la Asesoría Legal de la Dirección Ejecutiva; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor MOISÉS LUIS MANRIQUE HERRERA, Jefe del Equipo de Trabajo de Recursos Humanos de la Unidad Administrativa del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como responsable de remitir las ofertas de empleo de la Entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Unidad Administrativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como su difusión en el Portal Institucional de la página web del PRONAA. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolución Directoral a la Secretaría General del MIDIS, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo Tercero de la Resolución Ministerial N° 015-2012-MIDIS. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Directora Ejecutiva Programa Nacional de Asistencia Alimentaria PRONAA 835528-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO Nº 173-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprobó entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el año fi scal 2012, a efectos de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico, declarado por el organismo público técnico-científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública; Que, los literales b) y c) de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley citada en el párrafo precedente, establecen que el INDECI es responsable por el adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política de Inversiones (ex Dirección General de Programación Multianual del Sector Público), dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01 “Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012”, señala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fi n de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos fi nancieramente; Que, según el artículo 10º de la Directiva referida en el considerando precedente, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia (PIP), que son presentados a la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles, para su posterior aprobación por la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 11.5 del artículo 11º de la citada Directiva, señala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI y el Informe Técnico de Aprobación de las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia, debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo