NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (04/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de setiembre de 2012 473899 Diplomáticas e Institutos de Relaciones Internacionales, han cursado una invitación para que la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, participe en dicho evento, el mismo que se llevará a cabo del 26 al 30 de setiembre de 2012, en la ciudad de Bakú, República de Azerbaiyán; Que, es de interés institucional que la Directora de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República, Olga Liliana De Olarte de Torres-Muga, asista a la referida reunión; Teniendo en cuenta los Memoranda (ADP) Nº ADP0214/ 2012 y (ADP) Nº ADP0222/2012, de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, de 18 y 25 de julio de 2012; y (OPR) N° OPR0541/2012, de la Ofi cina de Programación y Presupuesto, de 30 de julio de 2012, que otorga certifi cación de crédito presupuestario al presente viaje; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento y modifi catorias; la Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Olga Liliana De Olarte de Torres-Muga, Directora de la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar, a la ciudad de Bakú, República de Azerbaiyán, del 26 al 30 de setiembre de 2012, para que participe en la 40º Reunión Anual de Decanos y Directores de Academias Diplomáticas e Institutos de Relaciones Internacionales. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 53521: Formación Profesional, Post- Grado, Maestría, debiendo presentar la rendición de cuenta de acuerdo a ley, en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y Apel- lidos Pasajes Clase Económica US$ Viáticos por día US$ Número de días Total viáticos US$ Olga Liliana De Ol- arte de Torres-Muga 3,982.41 260.00 5 + 2 1,820.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática presentará ante el Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos en las reuniones a las que asista. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL RONCAGLIOLO ORBEGOSO Ministro de Relaciones Exteriores 835636-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Dejan sin efecto Directiva General Nº 008-2009-MTPE/4 y aprueban Directiva General Nº 010-2012-MTPE/4 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 208-2012-TR Lima, 29 de agosto de 2012 VISTOS: El Ofi cio Nº 732-2012-MTPE/4/9, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum Nº 590-2012-MTPE/4, de la Secretaría General, el Informe Nº 804-2012-MTPE/4/8, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y el Ofi cio Nº 941-2012-MTPE/4/11, de la Ofi cina General de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, la Vigésima Cuarta Política Nacional del Acuerdo Nacional establece como Política de Estado la afi rmación de un Estado efi ciente, efi caz, moderno y transparente al servicio de las personas y de sus derechos, para lo cual se implementarán instrumentos de fi scalización ciudadana que garanticen la transparencia y la rendición de cuentas en todas las instancias de gobierno; Que, la Vigésimo Sexta Política Nacional del Acuerdo Nacional establece como Política de Estado la promoción de la ética y la transparencia y erradicación de la corrupción, asumiendo el compromiso de afi rmar en la sociedad y el Estado, principios éticos y valores sociales que promuevan la vigilancia ciudadana. En ese sentido, se asume el compromiso de velar por el desempeño responsable y transparente de la función pública, promover la vigilancia ciudadana de su gestión; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM se establecen como Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades adscritas al Gobierno Nacional, garantizar la transparencia y la rendición de cuentas, así como difundir en todas sus acciones y programas, los valores éticos de convivencia social tales como la honestidad, la transparencia, la responsabilidad, la solidaridad, el respeto y la puntualidad; Que, el Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción (Diciembre 2008) establece como primer objetivo estratégico “Institucionalizar en la Administración Pública las prácticas de buen gobierno, la ética, la transparencia y la lucha efi caz contra la corrupción”; Que, la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, prescribe que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo tiene por fi nalidad promover el empleo en el marco de una igualdad de oportunidades, así como fomentar un sistema democrático de relaciones laborales y previsionales dentro del diálogo social, garantizar y promover el ejercicio de los derechos fundamentales en el ámbito laboral, así como ejercer la potestad sancionadora en el ámbito de su competencia; Que, en desarrollo de las políticas nacionales y sectoriales, y dentro del ámbito de su competencia, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ejerce sus funciones y presta servicios a la ciudadanía, a través de sus dependencias y los programas a su cargo, “Trabaja Perú”, “Jóvenes a la Obra”, “Perú Responsable” y “Vamos Perú”; Que, con la fi nalidad que las dependencias y programas del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo alcancen sus objetivos y desarrolle sus funciones en benefi cio del colectivo, se debe garantizar que el personal que presta servicios y/o ejercen algún tipo de función directriz, lo haga de forma responsable y transparente evitando actos o acciones que confi guren tráfi co de infl uencias o confl icto de intereses, en benefi cio propio o de terceros; Que, entre los mecanismos para garantizar la transparencia en el actuar de la función pública se