NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (16/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 40
TEXTO PAGINA: 40
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de setiembre de 2012 474586 pasajes aéreos, alimentación y alojamiento serán cubiertos por la Secretaría del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE), en tanto que los viáticos complementarios serán asumidos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, N° SBS-DIR-ADM-085-15, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Farida Paredes Falconí, Supervisora de Riesgos LAFT de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 17 al 22 de septiembre de 2012 a la ciudad de San José, República de Costa Rica, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos, alimentación y alojamiento por los días de la duración del evento, serán fi nanciados por la Secretaría del Comité Interamericano contra el Terrorismo (CICTE), en tanto que los gastos por concepto de viáticos complementarios serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-031-08, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos Complementarios US$ 240.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 841857-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANUCO Disponen publicar relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio de 2012 DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA, MINAS E HIDROCARBUROS RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 169-2012-GR-HUANUCO/DREMH Huánuco, 3 de setiembre de 2012 VISTO, las Concesiones Mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio del 2012 y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales ejercerán funciones específi cas, las mismas que se formularán en concordancia con las políticas nacionales, encontrándose entre ellas, asumir las funciones en materia de minas, que específi camente resulta: Otorgar concesiones para pequeña minería y minería artesanal de alcance regional; conforme lo señala el inciso f) del artículo 59º de la referida Ley; Que, por Resolución Ministerial Nº 550–2006-MEM/ DM, publicada con fecha 18 de noviembre de 2006, se declaró que el Gobierno Regional de Huánuco, concluyó el proceso de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energía y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de las mismas; Que por Ordenanza Regional Nº 076-2009-CR-GRH, se aprueba la modifi catoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Huánuco, estableciendo en el artículo 89 las funciones en materia de Energía, Minas e Hidrocarburos entre ellos el inciso f) que señala: “ Otorgar Concesiones para la pequeña minería y minería artesanal de alcance regional”; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92- EM, se publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 600-2008- GRH/PR; de fecha 30 de setiembre de 2008, el Presidente del Gobierno Regional Huánuco DELEGA la función prevista en el literal f) del artículo 59º de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, a la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos del Gobierno Regional Huánuco. Con la aprobación de la Dirección Regional y la Ofi cina Técnica de la Dirección Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos de Huánuco; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio del 2012 de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. NEWTON TOCTO ROJAS Director Regional de Energía, Minas e Hidrocarburos DIRECCIÓN REGIONAL DE ENERGÍA, MINAS E HIDROCARBUROS DE HUÁNUCO RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 169-2012-GR-HUÁNUCO/DREMH ESTELA MADRE ILUMINADA: Cod.600004211: Coord. UTM: V1: N 8 967 000 00 E 510 000 00, V2: N 8 963 000 00 E 510 000 00, V3: N 8 963 000 00 E 508 000 00, V4: N 8 966 000 00 E 508 000 00, V5: N 8 966 000 00 E 506 000 00, V6: N 8 967 000 00 E 506 000 00; TIT. AGUILAR OLIVOS SERGIO ANDRE; R.D.R. Nº 106-2012-GR-HUANUCO/DREMH, ALTISIMA UNO: Cod.600005110: Coord. UTM: V1: N 8 968 000 00 E 508 000 00, V2: N 8 967 000 00 E 508 000 00, V3: N 8 967 000 00 E 512 000 00, V4: N 8 968 000 00 E 512 000 00; TIT. AGUILAR OLIVOS SERGIO ANDRE; R.D.R. Nº 107-2012-GR-HUANUCO/DREMH, MINAS GASBARRI: Cod.600003812: Coord. UTM: V1: N 8 921 000 00 E 368 000 00, V2: N 8 919 000 00 E 368 000 00, V3: N 8 919 000 00 E 365 000 00, V4: N 8 921 000 00 E 365 000 00; TIT. MINAS GASBARRI 2005 S.R.L.; R.D.R. Nº 109-2012-GR- HUANUCO/DREMH. 841383-1