NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (19/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 26
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de setiembre de 2012 474712 Nº ítem SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN 995 8472 90 30 00 Aparatos para autenticar cheques 996 8472 90 40 00 Perforadoras o grapadoras 997 8472 90 50 00 Cajeros automáticos 998 8472 90 90 00 Las demás máquinas y aparatos de ofi cina 999 8473 30 00 00 Partes y accesorios de máquinas de la partida 84.71 1000 8473 50 00 00 Partes y accesorios que puedan utilizarse indistintamente con máquinas o aparatos de varias de las partidas 84.69 a 84.72 1001 8481 80 10 00 Canillas o grifos para uso doméstico 1002 8481 80 40 00 Válvulas esféricas 1003 8481 80 60 00 Las demás válvulas de compuerta 1004 8483 20 00 00 Cajas de cojinetes con los rodamientos 1005 8483 30 90 00 Las demás cajas de cojinetes sin rodamientos y cojinetes 1006 8483 50 00 00 Volantes y poleas, incluidos los motones 1007 8484 10 00 00 Juntas metaloplásticas 1008 8484 90 00 00 Juegos o surtidos de juntas de distinta composición presentados en bolsitas, sobre envases análogos 1009 8501 10 10 00 Motores para juguetes, de potencia inferior o igual a 37,5 W 1010 8501 10 92 00 Motores de potencia inferior o igual a 37,5 W, de corriente alterna, monofásicos 1011 8501 20 19 00 Las demás motores universales de potencia inferior o igual a 7,5 kW, excepto con reductores, variadores o multiplicadores de velocidad 1012 8501 40 29 00 Laos demás motores de corriente alterna, monofásicos, de potencia superior a 375 W pero inferior o igual a 750 W, excepto con reductores, variadores o multiplicadores de velocidad 1013 8501 40 39 00 Los demás motores de corriente alterna, monofásicos, de potencia superior a 750 W, pero inferior o igual a 7,5 kW, excepto con reductores, variadores o multiplicadores de velocidad 1014 8501 51 90 00 Los demás motores de corriente alterna, polifásicos, de potencia inferior o igual a 750 W 1015 8503 00 00 00 Partes identifi cables como destinadas, exclusiva o principalmente, a las máquinas de las partidas 85.01 u 85.02 1016 8504 21 11 00 Transformadores de dieléctrico líquido, de potencia inferior o igual a 1 kVA 1017 8504 21 19 00 Transformadores de dieléctrico líquido, de potencia inferior o igual a 10 kVA 1018 8504 31 10 00 Los demás transformadores de potencia inferior o igual 0,1 kVA 1019 8504 31 90 00 Los demás transformadores, de potencia superior a 0,1 kVA pero inferior o igual a 1 kVA 1020 8504 32 10 00 Los demás transformadores de potencia superior a 1 kVA pero inferior o igual a 10 kVA 1021 8504 40 10 00 Unidades de alimentación estabilizada (“UPS”) 1022 8504 90 00 00 Partes de transformadores eléctricos, convertidores eléctricos estáticos y bobinas de reactancia 1023 8506 10 11 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, alcalinas, de dióxido de manganeso, cilíndricas 1024 8506 10 12 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, alcalinas, de dióxido de manganeso, de “botón” 1025 8506 10 19 00 Las demás pilas y baterías de pilas, eléctricas, alcalinas, de dióxido de manganeso 1026 8506 10 91 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de dióxido de manganeso, cilíndricas 1027 8506 10 92 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de dióxido de manganeso, de “botón” 1028 8506 10 99 00 Las demás pilas y baterías de pilas, eléctricas, de dióxido de manganeso 1029 8506 30 10 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de óxido de mercurio, cilíndricas 1030 8506 30 20 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de óxido de mercurio, de “botón” 1031 8506 30 90 00 Las demás pilas y baterías de pilas, eléctricas, de óxido de mercurio 1032 8506 40 10 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de óxido de plata, cilíndricas 1033 8506 40 20 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de óxido de plata, de “botón” 1034 8506 40 90 00 Las demás pilas y baterías de pilas, eléctricas, de óxido de plata 1035 8506 50 10 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de litio, cilíndricas 1036 8506 50 20 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de litio, de “botón” 1037 8506 50 90 00 Las demás pilas y baterías de pilas, eléctricas, de litio 1038 8506 60 10 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de aire-cinc, cilíndricas 1039 8506 60 20 00 Pilas y baterías de pilas, eléctricas, de aire-cinc, de “botón” 1040 8506 60 90 00 Las demás pilas y baterías de pilas, eléctricas, de aire-cinc 1041 8506 80 10 00 Las demás pilas y baterías de pilas, eléctricas, cilíndricas 1042 8506 80 20 00 Las demás pilas y baterías de pilas, eléctricas, de “botón” 1043 8506 80 90 00 Las demás pilas y baterías de pilas, eléctricas 1044 8507 30 00 00 Acumuladores eléctricos, de níquel- cadmio 1045 8507 40 00 00 Acumuladores eléctricos, de níquel- hierro Nº ítem SUBPARTIDA DESCRIPCIÓN 1046 8507 50 00 00 Acumuladores eléctricos, de níquel-hidruro metálico 1047 8507 60 00 00 Acumuladores eléctricos, de iones de litio 1048 8507 80 00 00 Los demás acumuladores eléctricos 1049 8508 11 00 00 Aspiradoras, con motor eléctrico incorporado, de uso doméstico, de potencia inferior o igual a 1.500 W y de capacidad del depósito o bolsa para el polvo inferior o igual a 20 l 1050 8509 40 10 00 Licuadoras con motor eléctrico incorporado, de uso doméstico 1051 8509 40 90 00 Las demás trituradoras y mezcladoras de alimentos; extractoras de jugo de frutos u hortalizas, con motor eléctrico incorporado, de uso doméstico 1052 8509 80 10 00 Enceradoras (lustradoras) de pisos, con motor eléctrico incorporado, de uso doméstico 1053 8509 80 20 00 Trituradoras de desperdicios de cocina, con motor eléctrico incorporado, de uso doméstico 1054 8509 80 90 00 Los demás aparatos electromecánicos con motor eléctrico incorporado, de uso domestico 1055 8510 10 00 00 Máquinas de afeitar, con motor eléctrico incorporado 1056 8510 20 10 00 Máquinas de cortar el pelo 1057 8510 30 00 00 Aparatos de depilar, con motor eléctrico incorporado 1058 8511 10 90 00 Las demás bujías de encendido, excepto para motores para la aviación 1059 8511 30 92 00 Bobinas de encendido, excepto de motores de aviación 1060 8511 40 90 00 Los demás motores de arranque, aunque funcionen también como generadores, excepto para motores para la aviación 1061 8511 50 90 00 Los demás generadores, excepto para motores para aviación 1062 8511 80 90 00 Los demás aparatos y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, excepto para motores para la aviación 1063 8511 90 21 00 Platinos, excepto para motores de aviación 1064 8511 90 29 00 Tapas y ruptores (rotores) de distribuidores, excepto para motores de aviación 1065 8511 90 30 00 Partes de bujías, excepto para motores de aviación 1066 8511 90 90 00 Las demás partes de aparatos y dispositivos eléctricos de encendido o de arranque, para motores de encendido por chispa o por compresión 1067 8512 10 00 00 Aparatos de alumbrado o de señalización visual del tipo de los utilizados en las bicicletas 1068 8512 20 10 00 Faros de carretera (excepto faros “sellados” de la subpartida 8539.10) 1069 8512 20 90 00 Los demás aparatos de alumbrado o de señalización visual, del tipo de los utilizados en velocípedos o vehículos automóviles 1070 8512 30 10 00 Bocinas, de los tipos utilizados en velocípedos o vehículos automóviles 1071 8512 30 90 00 Los demás aparatos de señalización acústica, del tipo de los utilizados en velocípedos o vehículos automóviles 1072 8512 40 00 00 Limpiaparabrisas y eliminadores de escarcha y de vaho, del tipo de los utilizados en velocípedos o vehículos automóviles 1073 8513 10 90 00 Las demás lámparas eléctricas que funciones con su propia fuente de energía, excepto de seguridad (para mineros y similares) 1074 8516 10 00 00 Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión 1075 8516 21 00 00 Radiadores de acumulación, eléctrico para la calefacción de locales, suelo o similares 1076 8516 29 10 00 Estufas eléctricas para la calefacción de locales, suelo o similares 1077 8516 31 00 00 Secadores eléctricos para el cabello 1078 8516 32 00 00 Los demás aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello 1079 8516 33 00 00 Aparatos eléctricos para secar las manos 1080 8516 40 00 00 Planchas eléctricas, de uso doméstico 1081 8516 50 00 00 Hornos de microondas 1082 8516 60 10 00 Hornos eléctricos, de uso doméstico 1083 8516 60 20 00 Cocinas eléctricas, de uso doméstico 1084 8516 60 30 00 Calentadores, parrillas y asadores, eléctricos de uso doméstico 1085 8516 71 00 00 Aparatos para la preparación de café o té, electrotérmicos 1086 8516 72 00 00 Tostadoras de pan (aparato electrotérmico) 1087 8516 79 00 00 Los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico 1088 8517 11 00 00 Teléfonos de abonado de auricular inalámbrico combinado con micrófono 1089 8517 12 00 00 Teléfonos móviles (celulares) y los de otras redes inalámbricas 1090 8517 18 00 00 Los demás teléfonos de abonados, excepto los teléfonos de auricular inalámbrico combinado con micrófono, los teléfonos móviles (celulares) y los de otras redes inalámbricas 1091 8517 61 00 00 Estaciones base para emisión, transmisión o recepción de voz, imagen u otros datos, incluidos los de comunicación en red con o sin cable (tales como redes locales (LAN) o extendidas (WAN)) 1092 8517 62 10 00 Aparatos de conmutación para telefonía o telegrafía, automáticos