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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (19/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de setiembre de 2012 474729 27117- Ley General de Expropiaciones y, 27628 - Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, y con la fi nalidad de que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como las ejecutadas por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprende la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector Privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual a mediano o largo plazo; Que, al amparo del mencionado Convenio Marco, PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento suscribieron el Convenio Específico Nº 13, con fecha 23 de marzo de 2010, con el objeto que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Vial Interoceánico del Sur, Tramo 3: Pte. Inambari - Iñapari, Segunda Etapa, Perú - Brasil, ubicados en los distritos de Inambari, Tambopata y Laberinto de la provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; Que, asimismo, PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento suscribieron el Convenio Específi co Nº 86, con fecha 10 de octubre de 2011, con el objeto que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 3: Pte. Inambari - Iñapari, Segunda y Tercera Etapa, ubicados en el distrito de las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; Que, mediante Ofi cio Nº 538-2012/VIVIENDA-VMCS- DNC de fecha 27 de abril de 2012, la DNC, remitió los informes técnicos de tasación de los predios afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 3: Pte. Inambari - Iñapari, ubicados en los distritos de Inambari, Tambopata, Laberinto y Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; Que, a través del Memorándum Nº 4202-2012- MTC/20.6 de fecha 14 de agosto de 2012, la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL, remitió el Informe Nº 141-2012-SOV, de la Especialista Legal para el Asesoramiento en el desarrollo del Proyecto PCRA - Plan de Reasentamiento Involuntario y Adquisición de Predios, mediante el cual sustentó la necesidad de gestionar la aprobación de diecisiete (17) tasaciones elaboradas por la DNC, que corresponden a los predios afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 3: Pte. Inambari - Iñapari, ubicados en los distritos de Inambari, Tambopata, Laberinto y Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 593-2012-MTC/20.3 de fecha 23 de agosto de 2012, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de las tasaciones señaladas en el considerando precedente; Que, con la Nota de Elevación Nº 514-2012-MTC/20 de fecha 24 de agosto de 2012, la Dirección Ejecutiva de PROVIAS NACIONAL, remitió la solicitud formulada por la Unidad Gerencial de Estudios de dicha entidad mediante Memorándum Nº 4202-2012-MTC/20.6 para la aprobación de diecisiete (17) tasaciones que corresponden a los predios afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 3: Pte. Inambari - Iñapari, ubicados en los distritos de Inambari, Tambopata, Laberinto y Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; señalando además, su conformidad a la misma, y; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27628 y 29370, así como por el Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que corresponden a diecisiete (17) predios afectados por el Derecho de Vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 3: Pte. Inambari - Iñapari, ubicados en los distritos de Inambari, Tambopata, Laberinto y Las Piedras, provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios; conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO RELACION DE DIECISIETE (17) PREDIOS AFECTADOS POR EL DERECHO DE VÍA DEL PROYECTO CORREDOR VIAL INTEROCEÁNICO DEL SUR, PERÚ - BRASIL, TRAMO 3: PTE. INAMBARI - IÑAPARI, UBICADOS EN LOS DISTRITOS DE INAMBARI, TAMBOPATA, LABERINTO Y LAS PIEDRAS, PROVINCIA DE TAMBOPATA, DEPARTAMENTO DE MADRE DE DIOS. ITEM CÓDIGO VALOR COMERCIAL (US $) 1 COD_03_09_17 340,39 2 COD_03_09_21 541,42 3 COD_03_09_24 749,98 4 COD_03_09_27 2 167,70 5 COD_03_09_29 358,03 6 COD_06_09_10 258,31 7 COD_06_09_29 78,05 8 COD_06_09_33 362,86 9 COD_06_09_42 311,56 10 COD_06_09_48 196,97 11 COD_07_09_45 783,72 12 COD_07_09_51 229,22 13 COD_08_09_91 168,70 14 T3-CPETRIUN-003 11 352,60 15 T3-PLAN-015 684,72 16 T3-UNPRO-11 7 216,74 17 T3-SNJUAN-04 8 533,60 841978-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 501-2012 MTC/02 Lima, 12 de setiembre de 2012 Visto: La Nota de Elevación Nº 498-2012-MTC/20, de fecha 21 de agosto de 2012 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, remitiendo la solicitud de aprobación de treinta (30) tasaciones que corresponden a un (01) predio y veintinueve (29) mejoras y/o plantaciones afectadas por el derecho de vía del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 2: Urcos - Puente Inambari, Segunda y Tercera Etapa, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2° y 3° de Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en tanto que, por Resolución Ministerial Nº 010-2007-