Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2012 (25/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 25 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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correspondientes; en tanto la situacion se agrava ante las temporadas de lluvias como ante la ocurrencia de un eventual movimiento sismico; recomendando por tanto se gestione la aprobacion de la prorroga del Estado de Emergencia; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia declarado mediante Decreto Supremo Nº 058-2012-PCM, prorrogado por Decreto Supremo Nº 078-2012-PCM, y subsistiendo las condiciones de peligro inminente en la MORDAZA afectada, es necesario prorrogar el Estado de Emergencia, con el fin de continuar las acciones destinadas a la reduccion y minimizacion del alto riesgo existente, asi como las acciones de respuesta y rehabilitacion, segun corresponda; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, que establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de MORDAZA decreto, asi como con el articulo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, que establece que el Gobierno Regional presenta al INDECI la solicitud de prorroga del Estado de Emergencia, con el sustento correspondiente; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 27 de setiembre de 2012, el Estado de Emergencia en el Anexo de Astobamba, distrito de Cajatambo, provincia de Cajatambo, departamento de Lima. Articulo 2º.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de MORDAZA, en coordinacion con los Gobiernos Locales involucrados, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, y demas entidades publicas competentes, asi como las instituciones privadas involucradas, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en cuanto corresponda, asi como de reduccion y minimizacion del alto riesgo existente en las zonas afectadas, de acuerdo a las recomendaciones contenidas en el Informe Tecnico respectivo; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por el Ministro de Agricultura, por la Ministra de Salud, por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y por el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de setiembre del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 845644-1

Autorizan viaje del Ministro del Ambiente a Colombia y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusion Social
RESOLUCION SUPREMA N° 305-2012-PCM MORDAZA, 24 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Comunicacion de fecha 17 de setiembre de 2012, la Directora (e) del Departamento de Derecho del Medio Ambiente de la Universidad Externado de Colombia, invita al Ministro del Ambiente a participar en las XIV Jornadas Internacionales en Derecho del Medio Ambiente ­ Evaluacion de Impacto Ambiental, a realizarse en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 3 al 5 de octubre de 2012; Que, dicho evento permitira exponer las lecciones aprendidas sobre el desarrollo del Derecho Ambiental en el Peru; principalmente, sobre la Evaluacion del Impacto Ambiental; por lo que, resulta conveniente autorizar el viaje del citado funcionario por ser de interes nacional, cuya asistencia y participacion no irrogara gastos al Tesoro Publico; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru; la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pulgar-Vidal Otalora, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 2 al 5 de octubre de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Tesoro Publico, ni MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion. Articulo 3º.- Encargar la Cartera del Ministerio del Ambiente a la senora MORDAZA Trivelli MORDAZA, Ministra de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusion Social, a partir del 2 de octubre de 2012 y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 845644-2

Constituyen Comision Multisectorial de naturaleza temporal encargada de proponer la estrategia de difusion de la "Dieta Andina", elaborada prioritariamente con productos originarios del Peru
RESOLUCION SUPREMA Nº 306-2012-PCM MORDAZA, 24 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los articulos 1º y 44º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de

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