Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2012 (25/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 25 de setiembre de 2012

Que, con Facsimil (DSD) Nº 744 del 13 de setiembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 21481/DIE/D-7/03.04.06 del 21 de setiembre de 2012, el Director de Inteligencia del Ejercito, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Colombia; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 25 al 28 de setiembre de 2012, a fin de asistir a la reunion previa de planeamiento del Ejercicio Trinacional "BRACOLPER", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Iquitos; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Republica de Colombia, del 25 al 28 de setiembre de 2012, a fin que asista a la reunion previa de planeamiento del Ejercicio Trinacional "BRACOLPER", que se llevara a cabo en la MORDAZA de Iquitos. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 845201-1

Jefe de Asesoria Internacional del Ministerio de Desarrollo Social y Combate al Hambre de la Republica Federativa del Brasil. CONSIDERANDO: Que, la Union de Naciones Suramericanas (UNASUR) es un organismo de ambito regional que tiene como objetivo construir, de manera participativa y consensuada, un espacio de integracion y union en lo cultural, social, economico y politico entre los Estados de Suramerica; Que, la UNASUR cuenta con un Consejo Suramericano de Desarrollo Social como instancia de dialogo, coordinacion, reflexion y cooperacion sobre desarrollo social y humano integral, y que tiene por objetivo propiciar la aplicacion de politicas de desarrollo social integral que permitan superar la pobreza y las desigualdades, asi como prevenir y enfrentar eficazmente los impactos de la crisis mundial, entre otros; Que, de acuerdo con la documentacion de visto, el Ministerio de Desarrollo Social y Combate al Hambre de la Republica Federativa del Brasil, en su calidad de coordinador del Grupo de Trabajo Tecnico del Consejo Suramericano de Desarrollo Social, invito a representantes del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusion Social, y de la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, a participar en la "II Reunion del Grupo de Trabajo Tecnico de Instrumentos de Cooperacion", que se llevara a cabo el 26 de setiembre de 2012, en la MORDAZA de Brasilia, Republica Federativa del Brasil; Que, la mencionada reunion tendra por objeto presentar los componentes de la matriz de cooperacion, asi como los aportes al eje de cooperacion regional para la implementacion y financiamiento de las politicas sociales del Plan de Accion 2012-2014 del Consejo Suramericano; Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social es el organismo rector de las politicas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusion social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la politica social universal, regular, de competencia sectorial; Que, en ese sentido, resulta de interes institucional que representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social participen de la "II Reunion del Grupo de Trabajo Tecnico de Instrumentos de Cooperacion", convocada por el Ministerio de Desarrollo Social y Combate al Hambre de la Republica Federativa del Brasil; motivo por el cual se considera pertinente autorizar el viaje de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusion Social, y del senor MORDAZA MORDAZA Paulini MORDAZA, especialista de la Direccion General de Seguimiento y Evaluacion del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social, cuyos gastos seran principalmente asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, establece, respecto de los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en los literales a), b), c) y d) del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y el Reglamento de Organizacion y

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Brasil para participar en la "II Reunion del Grupo de Trabajo Tecnico de Instrumentos de Cooperacion"
RESOLUCION SUPREMA Nº 011-2012-MIDIS MORDAZA, 24 de setiembre de 2012 VISTOS: Los Oficios N°s. 146 y 343/AI-GAB/MDS, del 10 y 21 de setiembre de 2012, respectivamente, remitidos por el

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