NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (27/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 33
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2012 475347 Decreto Supremo Nº 115-2009-EF, en el extremo referido a las denominaciones “Inicio del Procedimiento”, “Autoridad Competente para Resolver”, e “Instancias de Resolución de Recursos”, en concordancia con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas aprobado con Resolución Ministerial Nº 223- 2011- EF/43, así como a la eliminación de requisitos; Que, el Órgano de Control Institucional (OCI), mediante el Informe de Actividad de Control Nº 004- 2012-EF/12.02 - “Verificación de Cumplimiento de Normativa: TUPA-MEF y la Ley Nº 29060 del Silencio Administrativo”, Período: I Trimestre 2012, ha observado que en el Formulario Nº 2 “Solicitud de Trámite de Reconocimiento de Derechos Pensionarios Legalmente Obtenidos al Amparo del Decreto Ley Nº 20530”, establecido para los Procedimientos Nº 8 “Envío de solicitudes y documentos a la ONP del Régimen Pensionario Decreto Ley Nº 20530” y Nº 10 “Rectificación de Resolución por error material, emitidas por la Oficina de Recursos Humanos”, aparece impreso “Oficina General de Administración”, debiendo ser “Oficina General de Administración y Recursos Humanos”, dependencia orgánica considerada en la Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43 que aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; y asimismo, señala que en la denominación del Procedimiento Nº 10 dice “Rectificación de Resolución por error material, emitidas por la Oficina de Personal”, debiendo decir “Rectificación de Resolución por error material, emitidas por la Oficina de Recursos Humanos”, por lo que recomienda su actualización; Que, asimismo es necesario modifi car en el Procedimiento Nº 10 la denominación del Requisito 1 referido a la Ofi cina a quien va dirigida la solicitud, debiendo consignarse “1. Solicitud dirigida al Director de la Ofi cina de Recursos Humanos (Formulario Nº 2); Que, por lo expuesto, es necesario modifi car en el Formulario Nº 2 de los Procedimientos Administrativos Nºs. 8 y 10 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Economía y Finanzas – MEF, la denominación del órgano responsable en el que se consigna “Ofi cina General de Administración”, correspondiendo “Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos”, y en el Procedimiento Nº 10 tanto en su denominación, como en el requisito 1, en los que se consigna “Ofi cina de Personal” por “Ofi cina de Recursos Humanos”; Que, el numeral 38.5 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el TUPA, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derecho de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial; De conformidad con lo establecido en numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado con Resolución Ministerial Nº 223-2011- EF/43; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el Formulario Nº 2 “Solicitud de Trámite de Reconocimiento de Derechos Pensionarios Legalmente Obtenidos al Amparo del Decreto Ley Nº 20530”, correspondiente a los Procedimientos Administrativos Nºs. 8 y 10 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en lo concerniente a la denominación actual del órgano responsable del trámite, “Ofi cina General de Administración”, por la siguiente: “Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos”, y que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Modifi car la denominación del Procedimiento Nº 10 “Rectifi cación de Resolución por error material, emitidas por la Ofi cina de Personal”, por la siguiente: “Rectifi cación de Resolución por error material, emitidas por la Ofi cina de Recursos Humanos”; así como, en el mismo procedimiento, en el requisito 1 la denominación de la Ofi cina a quien va dirigida la solicitud, debiendo consignarse “1. Solicitud dirigida al Director de la Ofi cina de Recursos Humanos (Formulario Nº 2)”. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución y sus Anexos en el Diario Ofi cial El Peruano, y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL