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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de abril de 2013 492254 EDUCACION Aprueban documento normativo “Normas para la Difusión y Monitoreo del Uso de los Informes de Resultados de la Evaluación Censal de Estudiantes 2012 (ECE 2012)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0163-2013-ED Lima, 4 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por fi nalidad defi nir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 021-2007-ED, se declara de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación la permanente implementación y ejecución de la evaluación del sistema educativo, el mismo que incluye la evaluación del aprendizaje de los alumnos de la Educación Básica Regular, de los docentes capacitados y por capacitarse, y de las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, con Resolución Ministerial Nº 0271-2012-ED, se dispuso la implementación y ejecución a nivel nacional, de la Evaluación Censal de Estudiantes 2012 (ECE 2012), a los estudiantes que concluyen el segundo grado de primaria de Educación Básica Regular, en comprensión lectora y matemática, así como a los estudiantes que concluyen el cuarto grado de primaria en las instituciones educativas que están implementando el Programa de Educación Intercultural Bilingüe, en comprensión lectora en quechua Cusco Collao, aimara, shipibo, awajún y castellano como segunda lengua; Que, mediante Informe Nº 004-2013-MINEDU/SPE- PLANMED-UMC, la Jefa de la Unidad de Medición de la Calidad Educativa de la Secretaría de Planifi cación Estratégica señala que la Evaluación Censal de Estudiantes 2012 (ECE 2012) se llevó a cabo los días 4 y 5 de diciembre de 2012, con el objetivo de evaluar el aprendizaje logrado por los estudiantes de segundo grado de primaria en comprensión lectora y en matemática, y por los estudiantes de cuarto grado de primaria en comprensión lectora, en las instituciones educativas que vienen aplicando el Programa de Educación Intercultural Bilingüe; Que, asimismo con el Memorando Nº 092- 2013-MINEDU/SPE, la Secretaría de Planifi cación Estratégica, manifi esta que resulta necesario normar las responsabilidades para la difusión de los resultados de la indicada Evaluación Censal de Estudiantes 2012 (ECE 2012), aplicables al Ministerio de Educación, los Gobiernos Regionales y sus diferentes Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, con la fi nalidad de garantizar la adecuada y oportuna difusión de los resultados de dicha evaluación, a los docentes y padres de familia de los estudiantes evaluados; así como, del monitoreo del uso de los informes de resultados en las acciones pedagógicas de las Instituciones Educativas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cada por la Ley Nº 26510; Ley 28044, Ley General de Educación; Decreto Supremo Nº 021-2007-ED, que declara de preferente interés sectorial para el Ministerio de Educación, la permanente implementación del Sistema Educativo; y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro Para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Normas para la Difusión y Monitoreo del Uso de los Informes de Resultados de la Evaluación Censal de Estudiantes 2012 (ECE 2012)”, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que la Ofi cina de Prensa publique la presente Resolución Ministerial y el documento normativo aprobado en el artículo precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www. minedu.gob.pe/normatividad/). Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 921288-1 ENERGIA Y MINAS Oficializan el “VIII Congreso Internacional de Prospectores y Exploradores - ProEXPLO 2013”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 123-2013-MEM/DM Lima, 2 de abril de 2013 VISTO: El pedido del INSTITUTO DE INGENIEROS DE MINAS DEL PERÚ, de fecha 21 de febrero de 2013, suscrito por su Presidente señor Rómulo Mucho y por el Presidente de ProExplo 2013 señor César Aguirre, a efectos que se ofi cialice el “VIII Congreso Internacional de Prospectores y Exploradores - ProEXPLO 2013”, a realizarse del 19 al 21 de mayo de 2013 en la ciudad de Lima; CONSIDERANDO: Que, a través del documento con Registro N° 2270516, el INSTITUTO DE INGENIEROS DE MINAS DEL PERÚ, solicita al Ministerio de Energía y Minas la ofi cialización del evento denominado “VIII Congreso Internacional de Prospectores y Exploradores -ProEXPLO 2013”, a realizarse del 19 al 21 de mayo de 2013 en la ciudad de Lima; Que, mediante Informe N° 204-2013-MEM-DGM/DPM, la Dirección General de Minería del Ministerio de Energía y Minas señala que el evento tiene como objetivo fortalecer la posición del Perú como país minero y líder latinoamericano en inversiones en exploración, congregando a las más importantes empresas exploradoras y de servicios, las cuales darán a conocer el avance en sus actividades de prospección y exploración; Que, la institución solicitante ha cumplido con los requisitos señalados en la Resolución Ministerial N° 050- 2001-EM/SG, que regula el procedimiento para ofi cializar eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a pedido de entidades públicas o privadas; De conformidad con la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM/SG y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, modifi cado por Decreto Supremo N° 026-2010-EM y Decreto Supremo N° 030-2012-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ofi cializar el “VIII Congreso Internacional de Prospectores y Exploradores - ProEXPLO 2013”, a realizarse del 19 al 21 de mayo de 2013 en la ciudad de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO TAFUR Ministro de Energía y Minas 920608-1