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El Peruano Jueves 29 de agosto de 2013 501961 - Nilson Molina Meza. - Simeón Ortiz Salvatierra. - Juan Sedano Palomino. - Benito Tomayro Paucca. - Teodoro Gamboa Medina. - Epifanio Pomaylli Tumayro. - Juan Arotinco Puchuri. Artículo 2º.- Remitir una copia de la presente Resolución a la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, para que proceda a su inscripción en el registro respectivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. DIANA ALVAREZ-CALDERÓN Ministra de Cultura 980574-2 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de España y Colombia RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 738-2013 DE/SG Lima, 27 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 676 del 21 de agosto de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar del Reino de España, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1533-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 12 de agosto de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar del Reino de España; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 8 al 13 de setiembre de 2013, a fi n de brindar asesoría en lo concerniente a la implementación del Sistema OTAN de Catalogación en el Sector Defensa; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar del Reino de España detallado a continuación, del 8 al 13 de setiembre de 2013, a fi n que brinden asesoría en lo concerniente a la implementación del Sistema OTAN de Catalogación en el Sector Defensa. 1. Coronel Antonio Manuel GALINDO Ligero 2. Comandante José María HINOJAR García 3. Capitán Gabriel LUQUE Romero Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 981057-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 739-2013 DE/SG Lima, 27 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 687 del 26 de agosto de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Colombia, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1649-2013-MINDEF/VPD/B/01.a del 23 de agosto de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República de Colombia; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 29 de agosto al 1 de setiembre de 2013, a fi n de realizar diversas visitas académicas y de instrucción a autoridades militares y/o del Estado Peruano; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de la República de Colombia detallado a continuación, del 29 de agosto al 1 de setiembre de 2013, a fi n que realicen diversas visitas académicas y de instrucción a autoridades militares y/o del Estado Peruano. 1. Brigadier General del Aire Jorge León GONZALEZ Parra 2. Capitán de Navío Carlos Arturo ROJAS Leo 3. Teniente Coronel Alvaro HERRERA Guerra 4. Teniente Coronel Diego Abelardo BERMUDEZ Gámez 5. Teniente Coronel Julio Ulises MORI Rabanal