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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (29/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 166

El Peruano Domingo 29 de diciembre de 2013 513132 EL CONCEJO MUNICIPAL DE CANTA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 26 de diciembre del 2013, que aprueba EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS (PMRS) DEL DISTRITO CAPITAL DE CANTA. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2º de la constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado garantizar el derecho de toda persona a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida. Y el artículo 67, establece que el Estado determina la política nacional del ambiente y promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el artículo de 1 del título preliminar de la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, establece que toda persona tiene el derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país; Que, la Ley General de Residuos Sólidos ley Nº 27314, modifi cada por el Decreto Legislativo Nº 1065, en su artículo 1º establece derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, para asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos, sanitaria y ambientales adecuada, con sujeción a los principios de minimización, prevención de riesgos ambientales y protección de la salud y el bienestar de la persona humana. Y su artículo Nº 10 dispone el rol y las obligaciones de las municipalidades, entre ellas se encuentra comprendida el de planifi car la gestión integral de los residuos sólidos de sus distritos con las políticas de desarrollo local y regional y con sus respectivos planes de Acondicionamiento Territorial y de Desarrollo Urbano; Que, el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos, aprobado por Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, señala en el Artículo 8º numeral 2) que a las Municipalidades distritales les corresponde asegurar una adecuada prestación del servicio de limpieza pública, recolección y transporte de residuos en su jurisdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición fi nal de los mismos; Que, es indispensable adecuar la normativa vigente al tema del manejo de los residuos sólidos municipales y contribuir a la mejora de la calidad ambiental en esta jurisdicción distrital, se hace necesario la elaboración y ejecución del plan de manejo de residuos sólidos del distrito de Canta al amparo de la normatividad antes glosada; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la constitución política del Perú, y de conformidad con lo dispuesto en la ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; se aprobó por Unanimidad y con la dispensa de lectura y aprobación del acta, lo siguiente: EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS (PMRS) DEL DISTRITO CAPITAL DE CANTA 2013 Artículo Primero.- APROBAR, EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS (PMRS) DEL DISTRITO DE CANTA, PROVINCIA DE CANTA, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR, sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza en el portal Municipal, conforme a los procedimientos establecidos en el artículo 44º inciso 3 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Ley Nº 27972. Asimismo hágase de conocimiento a las autoridades del distrito y de la provincia. Artículo Cuarto.- La presente ORDENANZA Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decretos de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y/o reglamentarias de la presente Ordenanza. Segunda.- En todo lo no previsto en la presente ordenanza se aplicará supletoriamente la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SAMUEL RAMÓN RUFFNER Alcalde 1032393-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Ratifican la Ordenanza Municipal Nº 008-2013-MDS/A que prorrogó la vigencia del Régimen tributario de los arbitrios municipales de limpieza pública, parques y jardines públicos y serenazgo aprobado mediante la Ordenanza Nº 008-2012-MDS, para el Año Fiscal 2014 ACUERDO DE CONCEJO N° 110-2013-MPH Huacho, 13 de diciembre de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUAURA Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo N° 24 de fecha 12.12.2013, el expediente 31388 de fecha 15.11.2013, de la Municipalidad Distrital de Sayán, mediante el cual solicita ratifi cación de la Ordenanza Municipal N° 008-2013-MDS/A “PRÓRROGA PARA EL AÑO FISCAL 2014 LA VIGENCIA DE RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO EN EL DISTRITO DE SAYÁN EN LA ORDENANZA Nº 008-2012-MDS”,y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, consagra que las Municipalidades son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería de Derecho Público con plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante documento indicado en Visto, el Sr. Félix Víctor Esteban Aquino, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sayán, en cumplimiento irrestricto del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley 27972 solicita la ratifi cación de la Ordenanza Municipal Nº 008- 2013-MDS a efectos de darle vigencia; En cumplimiento al tercer párrafo del artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, establece que las Ordenanzas en materia tributaria, expedidas por las Municipalidades Distritales, deben de ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su respectiva vigencia, por lo que es necesario evaluar la Ordenanza Municipal N° 008- 2013-MDS/A; Mediante Informe Nº 051-2013-ORE/MPH la Jefatura de la Ofi cina de Racionalización y Estadística emite su pronunciamiento favorable luego de evaluar lo actuado, asimismo la Ofi cina de Asesoría Legal mediante Informe Nº 1025-2013-OAJ/MPH considera pertinente su ratifi cación, por cuanto la Ordenanza materia de validación ya fue anteriormente ratifi cada, máxime que la norma municipal distrital no ha sufrido modifi cación alguna; Que, mediante Dictamen Nº 019-2013/COEF-MPH la Comisión Ordinaria de Economía y Finanzas emite su pronunciamiento favorable para la Ratifi cación de