Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2013 (12/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

El Peruano Viernes 12 de MORDAZA de 2013

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Que, conforme a lo establecido en el articulo 9° numeral 9) de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 corresponde al Concejo Municipal: "Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley"; Que, el articulo 40° de la precitada Ley Organica, establece que: "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por ley (...) "; Que, mediante el Informe N° 07-2013-OPSEH/MPP, de fecha 08 de enero de 2013, remite el Informe N° 0072013-DRC-OPSeH/MPP, de la Division de Registros Civiles, que adjunta el Proyecto de Matrimonio Civil Comunitario 2013, el cual se encuentra enmarcado dentro el Plan de Trabajo de la Division de Registros Civiles; Que, el objetivo del proyecto es realizar 50 matrimonios por ceremonia, como un mecanismo de regularizar la situacion legal de las familias de escasos recursos economicos, exonerandoseles del pago de los derechos establecidos en el Texto Unico Ordenado de Tasas que a la fecha es de S/. 133.40 (CIENTO TREINTA Y TRES CON 40/100 NUEVOS SOLES) por cada matrimonio, debiendo los contrayentes acreditar su estado de convivencia y su precaria situacion economica; . Que, conforme a las normas legales vigentes, los requisitos exigidos a los contrayentes favorecidos por este proyecto, son los mismos que para el matrimonio ordinario, debiendose efectuar la publicacion de un unico aviso Matrimonial (Edicto), en un diario de la Localidad, ocho dias MORDAZA de la realizacion de la ceremonia, cuyo pago sera cubierto por los contrayentes; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica, con Informe N° 093-2013-GAJ/MPP, de fecha 15 de enero de 2013, opina que el Proyecto se encuentra dentro de la normatividad legal vigente, por lo que previo Dictamen de la Comision de Poblacion y Salud, debera elevarse al Pleno del Concejo para su aprobacion; Que, la Comision de Poblacion y Salud, a traves del Dictamen del Visto, se pronuncia favorablemente por la aprobacion del Proyecto de Matrimonio Masivo, presentado por la Division de Registros Civiles; Que, sometida la recomendacion de la Comision de Poblacion y Salud a consideracion de los senores regidores en la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 15 de febrero de 2013, merecio su aprobacion, por lo que de conformidad con el Art. 40° de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; SE ORDENA:

Que, de conformidad a lo preceptuado en el inciso 6) del Articulo 93º del cuerpo normativo municipal, dentro de las facultades especiales de las Municipalidades se encuentra la de Disponer la Pintura Periodica de las Fachadas y el Uso o No Uso de determinados colores. Que, el 28 de MORDAZA del presente ano, se celebra el 192º Aniversario de la Proclamacion de la Independencia del Peru. Que, con tal motivo durante el mes de MORDAZA se realizan diversas actividades patrioticas que fortalecen los sentimientos de identidad nacional y profundo respeto y MORDAZA a nuestros simbolos patrios; por ello la Municipalidad Provincial de Huaral considera conveniente resaltar este hecho trascendente, como una demostracion de especial civismo, debemos cumplir con el embanderamiento general de todos los inmuebles en nuestra jurisdiccion. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.DISPONER el EMBANDERAMIENTO GENERAL de las Viviendas, Locales Comerciales e Instituciones Publicas y Privadas con Sede en Nuestro Distrito Capital de la Provincia de Huaral, desde el 12 hasta el 31 de MORDAZA del 2013, con motivo de conmemorarse el CXCII Aniversario de la Independencia del Peru. Articulo Segundo.- INVOCAR a los vecinos del Distrito Capital de la Provincia de Huaral, cumplir con la limpieza y pintado de las fachadas de sus predios, para mejorar el Ornato de la Ciudad; invitandolos a concurrir y participar de los Actos Celebratorios por el Aniversario Patrio. Articulo Tercero.- OFICIAR a las Empresas Telefonica del Peru S.A., Edelnor S.A. y EMAPA HUARAL S.A., a fin que de acuerdo a lo dispuesto por el presente Decreto de Alcaldia, cumplan con la limpieza y pintado de sus postes e instalaciones. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, Gerencia de Seguridad Ciudadana, Fiscalizacion y Control, Gerencia de Desarrollo Social y Economico y la Sub Gerencia de Imagen Institucional, cumplan con la difusion e implementacion del presente Decreto de Alcaldia, en lo que les corresponda. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Sistemas, que el presente Decreto de Alcaldia sea Publicado en la Pagina Web de esta Corporacion MORDAZA (www.munihuaral.gob.pe). Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 960179-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Aprueban proyecto que establece las fechas de celebracion de Matrimonios Civiles Comunitarios en el ano 2013
ORDENANZA Nº 127-00-CMPP San MORDAZA de MORDAZA, 22 de febrero de 2013 Visto, el Dictamen N° 002-2013-CPP/CPYS, de fecha 1 de febrero de 2013, de la Comision de Poblacion y Salud de la Municipalidad Provincial de Piura; y, ONSIDERANDO: Que, el articulo 4° de la Constitucion Politica del Peru senala: "La comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Tambien protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad (...) ".

Articulo Primero.- Aprobar el Proyecto de Matrimonio Civil Comunitario, que establece la celebracion de Matrimonios Civiles Comunitarios en el ano 2013, en las siguientes fechas: Primera Ceremonia MORDAZA Ceremonia Tercera Ceremonia Cuarta Ceremonia : : : : 4 de MORDAZA 2013 20 de MORDAZA 2013 5 de octubre 2013 14 de diciembre 2013

Articulo Segundo.- Exonerar del pago de S/. 133.40 (Ciento treinta y tres y 40/100 nuevos soles), que establece el Texto Unico Ordenado de Tasas, a cada pareja. Articulo Tercero.- Dese cuenta a las Comisiones de Poblacion y Salud y de Economia y Administracion, Gerencia de Medio Ambiente, Poblacion y Salud, Division de Registros Civiles, a la Oficina de Imagen Institucional y Comunitaria y a la Gerencia de Tecnologia y Sistema de Informacion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese, cumplase, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Alcaldesa 960920-1

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