Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2013 (12/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

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la prohibicion de ejercer la facultad de nombramiento y contratacion de personal en el Sector Publico en casos de parentesco, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2000-PCM, y modificado por Decreto Supremo Nº 017-2002-PCM (en adelante, el Reglamento). 2. Constituye reiterada jurisprudencia, por parte del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, que la determinacion del acto de nepotismo comporte la realizacion de un examen desarrollado en tres pasos, a saber: a) la verificacion del vinculo conyugal o del parentesco, hasta el MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad, entre el trabajador y la autoridad cuestionada; b) que el familiar MORDAZA sido contratado, nombrado o designado para desempenar una labor o funcion en el ambito municipal; y c) que la autoridad MORDAZA MORDAZA realizado la contratacion, nombramiento o designacion, o ejercido injerencia con la misma finalidad. Cabe precisar que el analisis de los elementos MORDAZA senalados es secuencial, en la medida en que cada uno es condicion para la existencia del siguiente. 3. Asi, en cuanto al analisis del primer elemento, este Supremo Tribunal Electoral ha indicado que la acreditacion de esta causal no implica la verificacion de relaciones que, por empatia, puedan darse entre la autoridad cuestionada y su supuesto pariente; de ahi que, por ejemplo, MORDAZA establecido que las relaciones de compadrazgo no constituyen relaciones de parentesco (Resolucion Nº 6152012-JNE), asi como tampoco la mera existencia de un hijo entre dos personas (Resolucion Nº 693-2011-JNE), por lo que debe enfatizarse que la prueba idonea para acreditar el parentesco es la partida de nacimiento y/o matrimonio, segun corresponda (Resolucion Nº 49002010-JNE). 4. Respecto del MORDAZA elemento, este colegiado ha establecido, en reiterada jurisprudencia, que el vinculo contractual proviene de un contrato civil o laboral, siendo este ultimo el mas comun. Para determinar la existencia de la relacion laboral no es necesario que el acuerdo de voluntades conste en un documento, ya que el contrato de trabajo puede celebrarse en forma escrita o verbal y el vinculo puede acreditarse con otros medios de prueba, tales como planillas de pago, recibos, ordenes de servicio, memorandos y otros, en aplicacion del MORDAZA de primacia de la realidad (Resoluciones Nº 823-2011-JNE, Nº 801-2012-JNE, Nº 1146-2012-JNE y Nº 1148-2012JNE). De la tramitacion de la vacancia en sede municipal 5. Obra a foja 8 y 10 del Expediente Nº J-2012-1602, las copias certificadas de las partidas de nacimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, en la que se aprecia que sus padres son MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Camones. En virtud de dicha informacion, se permite arribar a la conclusion de que se encuentra acreditada la relacion de parentesco por consanguinidad en MORDAZA grado del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mallqui. 6. A fojas 11 del Expediente Nº J-2012-1602, se aprecia la MORDAZA del acta de nacimiento de Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA, en la que se aprecia que sus padres son MORDAZA Apies MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermana del regidor. En virtud de dicha informacion, se permite arribar a la conclusion de que se encuentra acreditada la relacion de parentesco por afinidad en tercer grado del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Jhover Jhon MORDAZA Camones. 7. Con relacion a Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los solicitantes de la vacancia senalan que es conyuge de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermana del alcalde. Sin embargo, no han adjuntado acta de matrimonio que acredite la existencia de vinculo matrimonial entre MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermana del MORDAZA y Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mas aun si en la partida de nacimiento de Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA se consigna el nombre de otra persona como su padre, esto es, MORDAZA Apies MORDAZA MORDAZA (foja 11 del Expediente Nº J-2012-1602). En tal sentido, para que se configure la causal de vacancia por nepotismo, se debera acreditar la existencia

El Peruano Viernes 12 de MORDAZA de 2013

de parentesco en el MORDAZA grado de afinidad entre la autoridad cuestionada y los familiares del conyuge, lo cual no ha sucedido en el presente caso. De lo expresado, al no estar probado, a traves de la partida de matrimonio correspondiente, que Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA es conyuge de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermana del MORDAZA cuestionado, no es posible continuar con el analisis de la causal. Debe senalarse que la tramitacion de tal documento corresponde al Concejo Distrital de Chavin de Huantar, pues constituye prueba necesaria para que esta emita su propio dictamen. 8. Por otro lado, en cuanto a la existencia de una relacion laboral, o de similar naturaleza, entre la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar e MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA y Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se advierte que el Concejo Distrital de Chavin de Huantar no solicito a la administracion MORDAZA la informacion pertinente que permita sustentar el motivo de la inclusion de los nombres de dichas personas en la informacion publicada en el MORDAZA de Transparencia economica del Ministerio de Economia y Finanzas, la cual puede estar contenida tanto en planillas de pago de trabajadores, como en contratos, recibos, ordenes de servicio, hojas de "tareo", o cualquier otro medio documental que permita acreditar dicha relacion, entre los anos 2011 y 2012 denunciados por los peticionantes de la vacancia. 9. En igual sentido, el concejo distrital tampoco solicito, previamente a la sesion o al dictamen de la comision encargada de las investigaciones, que la administracion MORDAZA informe sobre el ingreso de alguna carta o documento de oposicion a la contratacion o memorandos tales como los referidos por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como cual fue la respuesta que se le otorgo a la misma. 10. Cabe precisar que los procedimientos de vacancia y suspension, en instancia municipal, se rigen bajo los principios establecidos en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG) y, por consiguiente, deben observarse con mayor enfasis los principios de impulso de oficio y verdad material, contenidos en los numerales 1.3 y 1.11 del articulo IV, del Titulo Preliminar de la LPAG, en virtud de los cuales la entidad edilicia debe dirigir e impulsar el procedimiento y verificar los hechos que motivaran sus decisiones, para lo cual tendran que adoptar todas las medidas probatorias necesarias. 11. En ese sentido, el acuerdo adoptado en la sesion extraordinaria de concejo del 26 de MORDAZA de 2013, incurre en la causal de nulidad, prescrita en el articulo 10, numeral 1, de la LPAG, por lo que corresponde declarar nulo el referido acuerdo y devolver los actuados al Concejo Distrital de Chavin de Huantar, a efectos de que convoque a una sesion extraordinaria en la cual se resolvera la solicitud de vacancia y, para ello debera valorar e incorporar al procedimiento, ademas de los otros medios de prueba que obran en autos, la partida de matrimonio y los documentos que acrediten la existencia del vinculo de parentesco con Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asi como solicitar informacion a los organos competentes de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar para que indique el vinculo existente entre la entidad MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jhover Jhon MORDAZA MORDAZA y Lorgio MORDAZA MORDAZA MORDAZA, debiendo precisar la naturaleza de dicho vinculo, adjuntando el sustento documental pertinente. Asimismo, se debera solicitar a los funcionarios competentes que senalen las acciones realizadas por la administracion MORDAZA una vez que tomaron conocimiento de las comunicaciones de oposicion referidas por el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Mallqui. 12. Recabada dicha informacion debera ser trasladada a los solicitantes, al regidor cuestionado, y a todos los integrantes del concejo municipal, a fin de salvaguardar el derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes, debiendo tales documentos ser debidamente valorados en la correspondiente sesion de concejo. En relacion con el escrito consignado en los Expedientes Nº J-2012-1597, Nº J-2012-1598, Nº J2012-1600, y Nº J-2012-1602 13. Con fecha 13 de diciembre de 2012 , los solicitantes de la vacancia MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y

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