Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2013 (12/07/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

El Peruano Viernes 12 de MORDAZA de 2013

499181
Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RIVAROLA AYVAR MORDAZA MORDAZA URDANIVIA MORDAZA MORDAZA Secretario General 961279-5

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA presentaron un escrito afirmando que en las solicitudes de traslado presentadas en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chavin de Huantar, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidores de la citada comuna, sus firmas fueron suplantadas y que las copias de sus documentos nacionales de identidad (en adelante DNI) habian sido falsificadas, detalle que trasciende del hecho de que dichas copias no contienen el holograma de votacion de los ultimos comicios, y, mas aun, no llevan impresas sus huellas digitales. Para ello, adjuntan en el escrito dos declaraciones juradas suscritas ante el juez de paz del distrito de Chavin de Huantar y las copias de sus respectivos DNI, siendo, ademas, que el mencionado documento se encuentra consignado en los Expedientes Nº J-2012-1597, Nº J-2012-1598, Nº J-2012-1600 y Nº J-2012-1602, sobre traslado de vacancia. No obstante, mediante escrito del 14 de diciembre de 2012, dichos solicitantes niegan haber presentado el escrito MORDAZA mencionado. 14. De lo mencionado, se evidencia que en la sesion extraordinaria del 26 de MORDAZA de 2013, se da cuenta de los escritos presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tomandose en consideracion, sin embargo, que en ese acto, el concejo municipal solo se circunscribe a debatir respecto de la acumulacion de las solicitudes, sin remitirse a la controversia creada sobre la supuesta falsificacion de documentos y suplantacion de firmas alegada por los solicitantes de la vacancia, decidiendo no someter a debate los referidos cuestionamientos (fojas 24 a 29). 15. Al respecto, es necesario mencionar que en la audiencia publica del 25 de junio de 2013, a la cual asistio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, este ratifico su condicion de apelante, asintiendo lo afirmado por sus abogados en sus informes orales con respecto a su solicitud de vacancia, asi como su recurso de apelacion; por ende, se encontraria acreditada su participacion en el presente procedimiento de vacancia; no obstante ello, resulta necesario requerir al Concejo Distrital de Chavin de Huantar para que en la nueva sesion extraordinaria a convocar se someta a debate esta controversia como cuestion previa al tema de fondo, con la finalidad de dilucidar la incertidumbre creada por los hechos MORDAZA senalados. CONCLUSION

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegacion de funciones registrales a Oficinas de Registros del Estado Civil de diversas Municipalidades de Centros Poblados y Comunidades Nativas
RESOLUCION JEFATURAL Nº 222-2013/JNAC/RENIEC MORDAZA, 11 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Informe Nº 000202-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC (10ABR2013) de la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, el Memorando Nº 000372-2013/GRC/RENIEC (30ABR2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe Nº 000090-2013/GPRC/RENIEC (14JUN2013) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO:

Por consiguiente, este Supremo Tribunal Electoral, apreciando los hechos con criterio de conciencia, conforme al articulo 23 de la Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, y valorando todos los medios probatorios ofrecidos por MORDAZA partes procesales, concluye que se debe declarar la nulidad del acuerdo de concejo apelado y devolver los actuados al Concejo Distrital de Chavin de Huantar, a fin que renueve dicho acto. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 022-2013-MDCHH/A, de fecha 30 de MORDAZA de 2013, que rechazo el pedido de vacancia contra el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Concejo Distrital de Chavin de Huantar, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, inciso 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Articulo Segundo.- DISPONER que el Concejo Distrital de Chavin de Huantar renueve los actos procedimentales a partir de la convocatoria a la sesion extraordinaria de concejo que resolvera la solicitud de vacancia MORDAZA mencionada, y DEVOLVER los actuados, a fin de que en el plazo de treinta dias habiles vuelva a emitir pronunciamiento sobre el pedido de declaratoria de vacancia, teniendo en consideracion lo expuesto en la presente resolucion, bajo apercibimiento de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fiscal correspondiente, para que evalue la conducta de los integrantes de dicho concejo.

Que, a traves del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobo el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral esta conformado por el conjunto de organos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecucion de los procedimientos administrativos de inscripcion y que las Oficinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultandose a la Jefatura Nacional la creacion y autorizacion de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinacion con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, publica o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el articulo 8º de la Ley Nº 26497Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de San MORDAZA de MORDAZA Grande, Distrito de San MORDAZA de Putina Punco, Provincia de MORDAZA, Departamento de MORDAZA, a la cual hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado expediente para la regularizacion de delegacion de funciones registrales, habiendo sido calificado positivamente por la Sub Gerencia de Integracion de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, organo tecnico de Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, organo encargado de supervisar y controlar el MORDAZA de

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