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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2013 (12/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 65

TEXTO PAGINA: 56

El Peruano Viernes 12 de julio de 2013 499189 Que, mediante Resolución Nº 005/2013 CED, de fecha 24 de junio del 2013, el Comité Electoral Distrital de las Juntas Vecinales Comunales resuelve convocar a elecciones de las Juntas Vecinales Comunales para el domingo 14 de Julio del 2013. Que, asimismo se confi rma como candidatos legalmente inscritos para este proceso eleccionario periodo 2013-2015, las listas inscritas en los Comité Electorales Zonales. Estando a las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- CONVOCAR a elección de los Consejos Directivos de las CATORCE (14) Juntas Vecinales Comunales del Distrito de Comas, mediante Votación, Universal y Secreta, el día Domingo 14 (Catorce) de Julio del 2013, a partir de las 09:00 horas hasta las 16:00 horas, en los lugares publicados por diversos medios de comunicación. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del presente Decreto, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Comunal, Gerencia de Planifi cación y Presupuesto, Gerencia de Administración y Finanzas, Sub Gerencia de Unidades de Desarrollo Comunal y a la Secretaria General a través de la Sub Gerencia de Comunicación Institucional, la publicación y difusión del mismo. Dado en el local de la Municipalidad de Comas, a los cinco días del mes julio del año dos mil trece. NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO Alcalde 960772-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Disponen embanderamiento general de los inmuebles ubicados en el distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 003-2013-ALC/MLV La Victoria, 9 de julio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en el presente mes de julio se conmemora el centésimo nonagésimo segundo (192º) Aniversario de la Independencia del Perú, proclamada en acto público y solemne en la Plaza Mayor de la ciudad de Lima, el 28 de julio de 1821, por don José de San Martín Matorras; Que, conforme lo establece el artículo 49º de la Constitución Política del Perú la Bandera constituye un símbolo de la Patria, motivo por el cual se le debe brindar respeto, en especial durante la celebración del aniversario de nuestra nación; Que, en mérito a lo expuesto resulta pertinente enaltecer este trascendente acontecimiento incentivando la participación cívica de la comunidad victoriana, promoviendo el embanderamiento general del distrito; Estando a lo establecido en los artículos 6º, 20º numeral 6) y 42º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento general de los inmuebles ubicados en el distrito de La Victoria, desde el 15 hasta el 31 de julio del presente año, en conmemoración al 192º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- Disponer que las entidades públicas y centros educativos del distrito embanderen sus inmuebles con el Pabellón Nacional (conformado por la Bandera y el Escudo Nacional) y las viviendas, establecimientos comerciales y demás predios con la Bandera Nacional. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la efectiva difusión del presente Decreto y a la Gerencia de Fiscalización y Control su cumplimiento. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO SÁNCHEZ AIZCORBE C. Alcalde 960924-1 MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Modifican Ordenanza Nº 175-MDL que regula el Régimen de Aplicación de Sanciones y el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad ORDENANZA Nº 189-MDL Chosica, 26 de junio de 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE LURIGANCHO EN SESIÓN ORDINARIA DE LA FECHA CONSIDERANDO: Que, en uso de las facultades otorgadas por el incisos 8) del Artículo 9º, así como el Artículo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, el Pleno del Concejo Municipal por Unanimidad, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha emitido la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA Nº 175-MDL QUE REGULA EL REGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES Y EL CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO CHOSICA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Modifi car el literal a) del artículo 10º de la Ordenanza Nº 175-MDLC a fi n de incluir como segundo párrafo el siguiente: “Asimismo, podrán ser materia de Decomiso los animales cuya crianza está destinada al consumo humano, de los cuales se verifi que que no cuentan con las condiciones sanitarias pertinentes y/o con la autorización de la entidad estatal respectiva.” Artículo 2º.- Modifi car el artículo 20º de la Ordenanza Nº 175-MDL a fi n de incluir como último párrafo el siguiente: “A fi n de ejecutar la medidas cautelares previas el órgano instructor queda facultado podrá emplear cualquier medio de coacción o ejecución forzosa tales como la adhesión de carteles, el uso de instrumentos y herramientas de cerrajería, la ubicación de personal entre otros. Como medida excepcional y sólo si así las circunstancias lo