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El Peruano Miércoles 12 de junio de 2013 497002 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Aprueban la realización del Programa de sorteos de premios denominado Vecino Puentepedrino Puntual ORDENANZA Nº 220-MDPP Puente Piedra, 4 de junio de 2013 EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: en Sesión Ordinaria de fecha 04 de Junio del año 2013, los Informes Nº 118-2013-SGREC-GAT/MDPP de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva el Informe Nº 190-2013-GAT-MDPP, de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 063-2013-GAFP- MDPP de la Gerencia de Administración Finanzas y Planeamiento, el Informe Nº 178 -2013-GAJ-MDPP de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y el Memorándum Nº 600- 2013-GM/MDPP; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27630-Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que el Artículo 40º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades en concordancia con el numeral 4) del Artículo 200º de la Constitución Política del Estado, establece que las Ordenanzas Municipales, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se aprueba la materias en las cuales ésta tiene competencia, cuyo rango es equivalente a la Ley; Que, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva con Informe Nº 116-2013-SGREC-GAT/MDPP señala que se ha considerado conveniente la realización de Sorteos de Premios destinados a estimular el cumplimiento de obligaciones tributarias municipales y con el fi n de promover el desarrollo integral y sostenible, el cual está dirigido a la promoción y generación de nuevos negocios en el Distrito de Puente Piedra sorteando equipos y artefactos eléctricos que se destinen a tal fi n; Que, la Gerencia de Administración, Finanzas y Planeamiento en el Informe Nº 190-2013-GAFP-MDPP informa que se ha realizado la cobertura presupuestal para la adquisición de los premios a otorgarse en la realización del Sorteo denominado vecino Puentepedrino Puntual. Que, constituye política de la Corporación Municipal incentivar el cumplimiento voluntario y oportuno de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, por tal motivo es necesario establecer un programa de incentivos, el cual tiene como propósito premiar a los vecinos del Distrito que cumplen oportunamente con el pago de sus obligaciones tributarias, con el objetivo de lograr que el índice de cumplimiento de pagos de deudas tributarias se incremente, mejorando por ende los niveles de recaudación; Que, con informe Nº 178-2013-GAJ-MDPP, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es función de la Municipalidad, desarrollar actividades de apoyo directo e indirecto a la actividad empresarial en su jurisdicción a fi n de favorecer el desarrollo económico del Distrito, conforme a lo establecido en el artículo 86 numerales 3.2 y 3.3 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, opinando por la procedencia de la presente Ordenanza; Estando a lo dispuesto en el Artículo 9º numerales 8) y 9) y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y Aprobación del acta, se aprobó POR UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL SORTEO DE PREMIOS DENOMINADO VECINO “PUENTEPEDRINO” PUNTUAL Artículo Primero.- APRUBESE la realización del Programa de “SORTEOS de PREMIOS denominado VECINO PUENTEPEDRINO PUNTUAL”, que tiene como objeto estimular el cumplimiento de obligaciones tributarias municipales y con el fi n de promover el desarrollo integral y sostenible, el cual está dirigido a la promoción y generación de nuevos negocios en el Distrito de Puente Piedra, sorteando equipos y artefactos eléctricos que se destinen a tal fi n entre los contribuyentes, de condición personal natural y cuyo predio tenga el uso de vivienda, comercio y servicios en general que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales en la jurisdicción del distrito de Puente Piedra. Artículo Segundo.- De los Sorteos de premios: Los premios están constituidos por todos aquellos bienes muebles, motorizados, artefactos eléctricos y otros que se elijan para ser sorteados, entre los contribuyentes considerados puntuales, señalados en el Artículo Tercero de la presente Ordenanza, quedando establecido de la siguiente forma: a) Sorteo Principal : Participarán todos los contribuyentes puntuales del Distrito b) Sorteo Presencial: Participarán todos los contribuyentes puntuales que asistan al Sorteo. Artículo Tercero.- De los participantes del Sorteo: Los contribuyentes con derecho a participar en el presente Sorteo de Premios son aquellos que tengan la condición de persona natural, y cuyo predio tenga el uso de casa habitación, comercio o servicios y que se encuentren al día en el pago del Impuesto Predial y los Arbitrios Municipales, tengan la condición de propietario, poseedor o tenedor, en la jurisdicción del Distrito de Puente Piedra hasta el periodo 2013, inclusive, debiendo cumplir las siguientes condiciones: - No deberá registrar convenio de fraccionamiento pendientes de pago (si los tuviera). - Deberá desistirse de cualquier recurso impugnatorio respecto de las obligaciones tributarias, en caso de haberlo formulado Los contribuyentes que cumplan con las condiciones establecidas integrarán el “Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo”, el mismo que será emitido por la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico, y aprobado por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva. La fuente de información será la Base de datos del Sistema de Rentas de la Gerencia de Administración Tributaria, tomándose como referencia el nombre y código de contribuyente registrado, con el fi n de identifi car a los participantes en el sorteo y al benefi ciario del mismo. Para ser benefi ciario del mismo, no se requiere la presencia del contribuyente en el acto del sorteo público, el mismo que será ejecutado en presencia del Notario Público, del representante del Ministerio del Interior y de los miembros integrantes de la Comisión, dejándose constancia del contribuyente benefi ciado. El contribuyente benefi ciado de un premio, deberá ser excluido del “Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo”, que se emita para los sorteos subsiguientes dentro de un mismo ejercicio fi scal. No podrá participar en el sorteo: El alcalde, los regidores, los funcionarios, y los trabajadores de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, bajo cualquier modalidad de trabajo. Artículo Cuarto.- De las opciones de los participantes del Sorteo: Participarán en el sorteo los vecinos contribuyentes puntuales en sus pagos tributarios, y aquellos que regularicen sus deudas pendientes de pago, quienes tendrán un número de opciones para participar en el sorteo, las cuales están establecidos en el artículo precedente, y que hayan cumplido con los supuestos que a continuación se señalan, teniendo derecho a: Los contribuyentes que integren el “Padrón de contribuyentes hábiles para el Sorteo” se les asignarán opciones, según las fechas de pago de sus obligaciones tributarias. Cada contribuyente que haya cumplido con el supuesto que a continuación se señalan, tendrán derecho a: a) 05 opciones para participar en el sorteo a aquellos contribuyentes que se encuentren al día al 31 de Mayo del año 2013, en el pago del Impuesto Predial y Arbitrios hasta el período 2013, y no tengan deudas por Multas tributarias y Multas Administrativas, impuestas en ejercicios pasados o en el presente ejercicio, es decir, tangan la condición de DEUDA CERO.