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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (12/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

El Peruano Miércoles 12 de junio de 2013 496999 - Sub Gerente de Presupuesto y Calidad del Gasto - Secretaría Técnica - Sub Gerente de Planifi cación y Racionalización - Miembro - Responsable de la Ofi cina de Programación e Inversiones (OPI) – Miembro - Gerente de Rentas – Miembro - Gerente de Gestión Urbana – Miembro. - Gerente de Gestión Ambiental – Miembro. - Gerente de Desarrollo Económico Local – Miembro. - Gerente de Desarrollo Social– Miembro. - Gerente de Seguridad Ciudadana – Miembro - Gerente de Promoción de las Inversiones y Cooperación – Miembro - Sub Gerente de Participación Vecinal – Miembro. - Sub Gerencia de Imagen Institucional – Miembro Por la Sociedad Civil: - Dos miembros representantes de la sociedad civil del Consejo de Coordinación Local Distrital, a propuesta del CCLD, quienes serán acreditados ante el Presidente del Equipo Técnico. Para efectos de la formulación del Presupuesto Participativo por Resultados se convocará a las Universidades, Entidades del Estado y Organizaciones No Gubernamentales, quienes brindaran su apoyo técnico y participarán en las actividades del proceso. Artículo 23º.- Responsabilidades del Equipo Técnico Municipal El Equipo Técnico Municipal tiene las siguientes responsabilidades a) Brindar apoyo técnico para la organización y ejecución del proceso. b) Facilitar información para el desarrollo de los talleres de capacitación y trabajo. c) Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos en el proceso participativo. d) Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera e) Elaborar el documento fi nal del Presupuesto Participativo por Resultados para el Año Fiscal correspondiente, para su presentación ante el Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 24º.- Vigilancia del Proceso El Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo por Resultados, es elegido por los Agentes Participantes como parte del Taller de Formalización de Acuerdos y Compromisos; será conformado por los Agentes Participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido formalmente por el Concejo Municipal. El Comité de Vigilancia tendrá vigencia hasta el 31 de Diciembre del Año Fiscal materia del Presupuesto Participativo en el que han sido elegidos, iniciando sus funciones el día de su reconocimiento, el cual no excederá de 30 días calendarios después de su elección. Para el efecto, se elegirá por votación directa de los Agentes Participantes. Esta elección será conducida por la Sub Gerencia de Participación Vecinal, quién previamente dará a conocer públicamente el Reglamento de Elecciones debidamente aprobado por el Equipo Técnico, procediendo a levantar el Acta de los resultados, procesar el reconocimiento, acreditación y juramentación para el mejor ejercicio de sus funciones, pudiéndose elegir 01 por cada Eje Zonal, 01 por las Personas con Discapacidad, 01 por los Adultos Mayores, 01 por las Mujeres, 01 por los Jóvenes y 01 por los niños y adolescentes, previo acuerdo del Equipo Técnico. El número mínimo de personas que integran los Comités de Vigilancia es de cuatro (04) miembros. El cargo en este Comité es incompatible con la función de representante ante el Concejo de Coordinación Local Distrital (CCLD). Su trabajo es ad-honorem, por tanto no reciben retribución pecuniaria alguna. No podrán ser elegidos como miembros del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal materia del proceso, los miembros que pertenecen al Presupuesto Participativo del Año Fiscal anterior y que vienen cumpliendo actividades propias de su función. Artículo 25º.- Funciones y Atribuciones del Comité de Vigilancia Son funciones y atribuciones del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo, las siguientes: a) Vigilar el cumplimiento de los Acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo. b) Vigilar cuales han sido los resultados que se vienen logrando de cara al avance en la ejecución del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Independencia al 2021, así como en la solución de los principales problemas que aquejan a la población. c) Vigilar que el Gobierno Local cuente con un Cronograma aprobado de ejecución de los proyectos de inversión priorizados en el Proceso Participativo. d) Vigilar que los recursos del Gobierno Local destinados al Presupuesto Participativo del año fi scal que corresponde, sean invertidos de conformidad con los Acuerdos y Compromisos asumidos. e) Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identifi cados. f) Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos, como son: con el cofi nanciamiento, la mano de obra no califi cada, el mantenimiento y otros que se hayan incluido en el proyecto de inversión y en el proceso participativo. g) Informar semestralmente, al Consejo de Coordinación Local Distrital sobre los resultados de la vigilancia. h) Presentar un reclamo o denuncia al Concejo Municipal y otras dependencias, en caso de incumplimiento de los Acuerdos y Compromisos TITULO TERCERO FASES DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO POR RESULTADOS Artículo 26º.- Fases del Proceso Las Fases del Proceso del Presupuesto Participativo por Resultados, son las siguientes: a) Preparación, que comprende las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identifi cación, y capacitación de los Agentes Participantes. b) Concertación, que comprende las actividades de identifi cación y evaluación técnica de los proyectos, así como de concertación para la priorización y la formulación de acuerdos y compromisos entre los Agentes Participantes. c) Coordinación entre Niveles de Gobierno, que implica las acciones de articulación y consistencia de proyectos entre el Gobierno Regional de Lima Metropolitana y Gobierno Local Provincial de Lima Metropolitana y Gobierno Local Distrital de Independencia. d) Formalización, que considera las actividades para la inclusión de las prioridades concertadas en el respectivo Presupuesto Institucional y en la Rendición de Cuentas sobre la ejecución. CAPITULO I FASE DE PREPARACION Artículo 27º.- Preparación del Proceso La fase de Preparación del Proceso estará a cargo del Equipo Técnico Municipal; en tanto que la Convocatoria se realizará conforme establece el Artículo 16º y siguientes del presente Reglamento. Además, la Sub Gerencia de Participación Vecinal en coordinación con la Sub Gerencia de Imagen Institucional propondrán al Equipo Técnico Municipal el plan de difusión y convocatoria, el mismo que deberá articular a toda la sociedad civil. La Sub Gerencia de Participación Vecinal y la Sub Gerencia de Imagen Institucional implementarán la difusión y convocatoria, contando con el apoyo de las Unidades Orgánicas Responsables de las Líneas Estratégicas de Desarrollo para el Proceso del Presupuesto Participativo, que establece el Artículo 10º del presente Reglamento. Con respecto a la identifi cación y registro de los Agentes Participantes, se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 11º y 12º del presente Reglamento. Artículo 28º. Capacitación a los Agentes Participantes La Municipalidad brindará la capacitación a los Agentes Participantes preferentemente en las siguientes materias: - Plan de Desarrollo Local Concertado - Presupuesto Participativo por Resultados - Sistema Nacional de Inversión Pública - Elaboración de Perfi les de Proyectos de Inversión Pública - Gestión de Proyectos