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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (12/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 28

El Peruano Miércoles 12 de junio de 2013 496994 Que, en ese sentido al advertirse la imposibilidad de practicar una notifi cación personal; resulta necesario proceder a la publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21º de la Ley Nº 27444. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Publicar en el Diario Ofi cial El Peruano los documentos que atienden las solicitudes de los administrados de acuerdo al siguiente detalle: Francisca Hilda Guerrero Villanueva Carta Nº 0085-2013-MML/GTU-SFT Raquel Frida Báez Torres Carta Nº 0220-2013-MML/GTU-SFT Luis Alberto Ibañez Villegas Carta Nº 3229-2013-MML/GTU-SRT Ursula Isabel Quispe Fernández Carta Nº 3574-2013-MML/GTU-SRT Tomás José Cruz Chávez Carta Nº 3592-2013-MML/GTU-SRT Empresa de Transportes e Inversiones Múltiples Chacarilla Tours S.A.C. Carta Nº 3627-2013-MML/GTU-SRT Kenier Carlos Retis Arizábal Carta Nº 2341-2013-MML/GTU-SRT Alejandro Valeriano Luna Vela Carta Nº 2353-2013-MML/GTU-SRT Maritza María Vilca Panti Carta Nº 2364-2013-MML/GTU-SRT Hugo Contreras Luna Carta Nº 3197-2013-MML/GTU-SRT Sofía Villanueva Alvarado Carta Nº 3322-2013-MML/GTU-SRT Elvis Jeyner Ríos Mathios Carta Nº 3367-2013-MML/GTU-SRT Héctor Jáuregui Gutiérrez Carta Nº 3609-2013-MML/GTU-SRT Cresencio Sosa Paucar Carta Nº 3655-2013/MML/GTU-SRT Inversiones Ganaderas Imperiales S.A. Carta Nº 3674-2013/MML/GTU-SRT Truck Tire Service SAC Carta Nº 3757-2013/MML/GTU-SRT Edelberto Marcos Alfaro Curiñaupa Carta Nº 3800-2013/MML/GTU-SRT Fausto Martín Bermúdez Giraldo Carta Nº 2413-2013-MML/GTU-SRT Jorge Luis Adrianzen Núñez Carta Nº 2872-2013-MML/GTU-SRT Empresa de Transportes de Servicios Urbanos S.A. Carta Nº 0077-2012-MML/GTU-SRT Empresa Business Corporation Milenium S.A. Carta Nº 133-2012-MML/GTU-SRT E.T. Montenegro S.A. Carta Nº 1835-2012-MML/GTU-SRT Transporte de Servicios Urbanos S.A. Carta Nº 2614-2012-MML/GTU-SRT E.T. Elpa Tours S.A.C. Carta Nº 2629-2012-MML/GTU-SRT Harry Alberto Colán Reyes Carta Nº 4065-2012/MML/GTU-SRT Néstor Maylle Bernal Carta Nº 465-2012-MML/GTU-SRT Carlos Ignacio Pozo Maccha Carta Nº 1677-2012-MML/GTU-SRT Raquel Ibarra Padilla Carta Nº 6064-2012-MML/GTU-SRT María Elena Montenegro Marín Carta Nº 2279-2012-MML/GTU-SRT Yuri S.R.L. Carta Nº 4979-2012/MML/GTU-SRT Pompeyo Orellana Eyzaguirre Carta Nº 3261-2012-MML/GTU-SRT Empresa de Transportes Castro Fuentes S.A. Carta Nº 3584-2012/MML/GTU-SRT Empresa de Transportes y Servicios 117 S.A. Carta Nº 0168-2012-MML/GTU-SRT Alejandro Escobar Taipe Carta Nº 431-2012-MML/GTU-SRT Sixto Carrasco Moreno Carta Nº 567-2012-MML/GTU-SRT Belardo Huaches Aguilar Carta Nº 5543-2012-MML/GTU-SRT Américo Pinares Castillo Carta Nº 5953-2012-MML/GTU-SRT Milagros Sotero Palacios Carta Nº 2299-2012-MML/GTU-SRT Sociedad Ecológica de Transportes Mundo Limpio S.A.C. Carta Nº 1738-2012/MML/GTU-SRT Roy Erasmo Sánchez Valdivia Carta Nº 412-2012/MML/GTU-SRT Roy Erasmo Sánchez Valdivia Carta Nº 294-2012/MML/GTU-SRT Roy Erasmo Sánchez Valdivia Carta Nº 293-2012/MML/GTU-SRT Roy Erasmo Sánchez Valdivia Carta Nº 231-2012/MML/GTU-SRT Artículo 2º.- Disponer la publicación del contenido de los documentos citados en el artículo anterior en la página web de la Gerencia de Transporte Urbano, www.gtu.munlima. gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HECTOR E. RUBIO GUERRERO Gerente (e) 948147-1 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Aprueban el Reglamento Marco del Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2014 de la Municipalidad ORDENANZA Nº 283-2013-MDI Independencia, 24 de Mayo del 2013 VISTO: En Sesión Extraordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 001-2013-COEPPO/MDI, mediante el cual la Comisión de Economía, Planifi cación, Presupuesto y Organización recomienda al pleno del Concejo Municipal la aprobación de la Ordenanza “Reglamento Marco del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Ejercicio Fiscal 2014 de la Municipalidad Distrital de Independencia”; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización”, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, teniendo en cuenta que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico. Así también, el Artículo 197º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, el artículo 53º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” señala que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planifi cación. Las municipalidades, conforme a las atribuciones que les confi ere el artículo 197º de la Constitución, regulan la participación vecinal en la formulación de los presupuestos participativos; Que, la Decimosexta Disposición Complementaria de la citada Ley Nº 27972, dispone que las municipalidades regularán mediante Ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, por otro lado, los artículos 18º y 20º de la Ley Nº 27783 “Ley de Bases de la Descentralización”, establecen que los Planes y Presupuestos Participativos son de carácter territorial y expresan los aportes y participación del sector público y privado, de las sociedades regionales y locales y la cooperación técnica internacional; dichas herramientas de inversión se elaboran y ejecutan en función a Planes de Desarrollo y Programas de Inversiones debidamente concertados, con sujeción a las normas técnicas del Sistema Nacional de Inversión Pública; Que, la Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y su modifi catoria la Ley Nº 29298, establecen disposiciones que aseguran la efectiva participación de la sociedad civil en el Proceso de Programación Participativa del Presupuesto de los Gobiernos Locales; constituyendo un aspecto fundamental para dicho proceso los Planes de Desarrollo Concertado; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 y de la Ley Nº 29298, establece en su Primera Disposición Final que los Gobiernos Regionales y Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, de carácter general y permanente, el cual es de alcance y aplicación de los Gobiernos Locales; Que, con la Ordenanza Nº 248-2011-MDI se aprobó el “Plan de Desarrollo Local Concertado (Actualizado) del Distrito de Independencia al 2021”, documento de gestión del sistema de planifi cación y guía para la acción en el largo plazo, orientada a convocar y enfocar recursos y esfuerzos individuales e institucionales para la construcción del desarrollo en base al consenso de los actores sociales del Distrito de Independencia; el mismo que en su Línea Estratégica de Desarrollo Nº 4 propone un “Gobierno Local Democrático, Moderno, con Gobierno Electrónico y una Población Organizada y Participativa”; Que, en este contexto, resulta necesario establecer el marco normativo para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo Basado en resultados de la Municipalidad Distrital de Independencia, el mismo que tendrá el carácter permanente y estará en concordancia con el marco normativo nacional y local vigente; Que, con Informe Nº 024-2013-GPPR/MDI la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización sustenta la