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El Peruano Miércoles 12 de junio de 2013 496996 d) Proceso Participativo.- Es el conjunto de acciones o fases conducentes al desarrollo y formulación de instrumentos de gestión para el desarrollo local que incluyen la participación de la población, en el proceso de toma de decisiones, como elemento primordial. Los productos del proceso participativo son el Plan de Desarrollo Local Concertado y el Presupuesto Participativo por Resultados. e) Plan de Desarrollo Local Concertado.- Instrumento de base territorial y de carácter integral, orientador del desarrollo local y del proceso del Presupuesto Participativo, que contiene los acuerdos sobre la Visión de Desarrollo, Objetivos Estratégicos de mediano y largo plazo, acciones, programas, proyectos y recursos concertados en concordancia con los planes provinciales, regionales y nacionales. f) Presupuesto Participativo.- Es un proceso que fortalece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el cual se defi ne las prioridades sobre las acciones a implementar en el nivel de Gobierno Local, así como la asignación de los recursos necesarios, con la participación de la sociedad organizada, generando compromisos de los sectores públicos y privados para la consecución de los objetivos estratégicos. Constituye el refl ejo fi nanciero del Plan de Desarrollo Local Concertado para el año fi scal en curso. Para el caso del Distrito de Independencia, los recursos destinados a inversiones se asignan para proyectos u obras de carácter territorial y proyectos u obras de envergadura Distrital. g) Presupuesto por Resultados.- Es una manera diferente de realizar el proceso de asignación, aprobación, ejecución, seguimiento y evaluación del Presupuesto Público. Implica superar la tradicional manera de realizar dicho proceso, centrado en instituciones (pliegos, unidades ejecutoras, etc), programas y/o proyectos y en líneas de gasto o insumos; a otro en que el eje es el Ciudadano y los Resultados que éstos requieren y valoran. h) Proyecto de Inversión Pública.- Es toda intervención limitada en el tiempo que utiliza total y parcialmente recursos públicos, con el fi n de crear, ampliar, mejorar o recuperar la capacidad productora o previsión de bienes o servicios, cuyos benefi cios se generan durante la vida útil del proyecto. i) Rendición de Cuentas.- La Rendición de Cuentas constituye un mecanismo de corresponsabilidad entre las autoridades y la sociedad civil, permite evaluar el desarrollo del proceso y genera elementos para concertar, asumir y medir responsabilidades y compromisos frente al cumplimiento de las acciones trazadas participativamente j) Sociedad Civil.- Comprende a las Organizaciones Sociales de base territorial o temática, así como a organismos e instituciones privadas dentro de la jurisdicción del Distrito. k) Talleres de Trabajo.- Reuniones de Agentes Participantes convocadas por el Alcalde con la fi nalidad de identifi car desde una perspectiva temática y territorial los problemas y las potencialidades del Distrito de Independencia, así como también proponer acciones a implementar. En estos talleres de trabajo se dan a conocer también los criterios de priorización para las acciones propuestas, con el fi n de atenderlos en orden de prioridad, dadas las restricciones de recursos presupuestarios existentes. CAPITULO II MARCO LEGAL Y PRINCIPIOS RECTORES Artículo 7º.- Marco Legal La presente Ordenanza se sustenta en el siguiente marco normativo: a) Constitución Política del Perú b) Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización. c) Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización. d) Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. e) Ley Nº 26300 – Ley de los Derechos de Participación, Control Ciudadano y sus Modifi catorias f) Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización del Estado g) Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y Modifi catorias h) Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, Normas Modifi catorias y Complementarias. i) Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo y su modifi catoria Ley Nº 29298. j) Decreto Supremo Nº 097-2009-EF, Precisa los Criterios para Delimitar Proyectos de Impacto Regional, Provincial y Distrital y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 132-2010- EF k) Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, modifi cado por el D. S. Nº 131-2010-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Modifi catoria l) Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01 que aprueba el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 de carácter general y permanente m) Ordenanza Nº 119-MDI, Reglamento del Consejo de Coordinación Local Distrital de Independencia n) Ordenanza Nº 188-2009-MDI, Reglamento del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo del Distrito de Independencia o) Ordenanza Nº 0227-2011-MDI, Reglamento de Audiencias Públicas de Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de Independencia p) Ordenanza Nº 248-2011-MDI, Aprueba el Plan de Desarrollo Local Concertado (Actualizado) del Distrito de Independencia al 2021 q) Ordenanza Nº 266-2012-MDI, Aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad distrital de Independencia. r) Acuerdo de Concejo Nº 157-2012-MDI, Aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) de la Municipalidad Distrital de Independencia Artículo 8º. - Principios Rectores Los principios rectores del Proceso del Presupuesto Participativo, son: a) Competencia.- Los proyectos de inversión priorizados durante el proceso, deben responder a las competencias de la Municipalidad Distrital de Independencia. b) Programación.- Los proyectos de inversión que se propongan y se prioricen en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, deben responder a los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Independencia al 2021. c) Coordinado.- Las instituciones públicas o privadas que desarrollan actividades en el distrito, deben armonizar, articular o realizar acciones conjuntas, a fi n de evitar duplicidades en el gasto. d) Concertado.- Los problemas, soluciones o potencialidades de desarrollo de ámbitos en el Distrito deben ser concertados en el marco del Proceso del Presupuesto participativo Basado en Resultados. e) Sostenibilidad y Multianualidad.- La priorización de los proyectos de inversión, debe tomar en cuenta la efectiva disponibilidad de recursos y la sostenibilidad de su fi nanciamiento, incluido los gastos que requiera su mantenimiento, con un horizonte multianual. f) Igualdad.- Las organizaciones de la sociedad tienen las mismas oportunidades para intervenir y participar sin discriminaciones de carácter político, ideológico, religioso, racial o de otra naturaleza, en los procesos de planifi cación y presupuesto participativo g) Flexibilidad.- El proceso debe tener la capacidad de adaptarse a situaciones coyunturales. h) Participativo.- El proceso debe contener mecanismos de participación de la sociedad civil. i) Transparencia.- Los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales son objeto de difusión por los medios posibles de información, a fi n de que la población pueda tener conocimiento de ellos j) Con igualdad de Oportunidades y Equidad de Género: El proceso debe incidir en atender a los sectores vulnerables de la población, y debe haber equidad de género, evitando la exclusión de cualquier sector de la población. k) Respeto a los Acuerdos.- La participación de la sociedad civil en los presupuestos de los gobiernos regionales y gobiernos locales se fundamenta en el compromiso de cumplimiento de los acuerdos o compromisos concertados. CAPITULO III PRINCIPALES ROLES DE LOS ACTORES Y RESPONSABLES DE LAS LINEAS ESTRATEGICAS EN EL PROCESO Artículo 9º.- Principales Roles de los Actores del Proceso del Presupuesto Participativo De conformidad con lo establecido en el Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, los principales roles de los Actores del Proceso del Presupuesto Participativo, son los siguientes: